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En principio el derecho de propiedad intelectual garantiza la exclusiva de su comercialización, no de su disfrute a título gratuito.Nadie tiene derecho a beneficiarse económicamente de la propiedad intelectual de otro, pero en principio sí a disfrutar de ella de forma gratuita.
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Pulpo, esto no se sujeta por ningún lado. Lo siento, compañero. El derecho de propiedad -sea o no intelectual- abarca CUALQUIER aspecto de la misma, incluyendo su disfrute, salvo que (como ocurre con ciertas figuras jurídicas tales como el arrendamiento) lo separes. Curiosa propiedad sería esa en la que -de entrada- te escamotean el disfrute o uso.
Por si esto fuera poco, precisamente tratamos de unos "objetos" destinados a proporcionar un disfrute (entendido aquí como un término separado del mero uso) y ahí radica su valor. Si robamos su valor, robamos la misma esencia del objeto. Y repito: yo soy usuario habitual del e-mule, que contrariamente a lo que algunos piensan, sí tiene usos perfectamente legales. Pondré un ejemplo:
Tengo una colección amplia de vinilos por lo que, ya en su momento, pagué una buena suma de dinero. Yo puedo sacar una copia privada de esos vinilos, sin duda, de acuerdo con la actual legislación. Pero me resulta más cómodo obtener dicha copia privada a través del e-mule que iniciar un engorroso proceso de digitalización del equipo estereofónico a mi ordenador. Hasta aquí bien. Incluso entra dentro de lo normal que me cobren un "canon" por el uso de los soportes adecuados para guardar esa copia privada. Pero lo que no admito, y ahí sí estoy de acuerdo con la mayoría de vosotros es que me cobren el dichoso "canon" por un cd (simple ejemplo) para guardar las páginas web que yo mismo hago.