Derecho Civil I: La vecindad civil.
Francisco Javier Jiménez Muñoz.
En España conviven junto al derecho civil de régimen común diferentes derechos forales o especiales con características propias, estos derechos se dan en algunas comunidades autónomas como Galicia, País Vasco, Cataluña o Baleares. Como consecuencia de esta pluralidad de derechos civiles se hace necesario
determinar quienes quedarán sometidos a uno u otro y será la vecindad civil el criterio que lo determine.