Dice de los que hayan accedido como licenciados pero no hace mencion a los graduados.
En el caso de andalucia los requisitos serian:
Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo por el sistema de acceso libre, para
acceder al Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, deberán reunir los siguientes requisitos:
1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en la Ley 7/2007, de 12 de abril.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
1.3. Estar en posesión de la titulación de licenciado en Derecho o titulación de Grado equivalente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en
posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Letrados
de la Junta de Andalucía.
1.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de personal funcionario, y no poseer la condición de personal funcionario del Cuerpo convocado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber
sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso
al empleo público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas, bastará con que quienes soliciten su participación declaren
en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la Base octava y haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el apartado 3 de la Base Tercera de esta convocatoria.
Como puede observarse en cuanto a titulación si lo hace equivalente pero luego pone un clausula 1.4 cuya interpretación puede tener cierta indeterminación, aunque parece que indica que puedas actuar ante los tribunales, con lo cual.... estaría pidiendo sin pedirlo que tenga el master de la abogacía.
Saludos