Además de la ley de propiedad Horizontal, existen otras normas con preceptos imperativos o prohibitivos, desde rehabilitaciones, conservación, actividades y depósitos nocivos-peligrosos, por no decir las famosas Inspecciones de Edificios que le corresponden a los ayuntamientos en virtud de ley o reglamento de los mismos, excepto las suspendidas por el T. Constitucional. La de muros de carga lo están tanto en el codigo civil como en la ley de propiedad horizontal.
La instalación de calderas de gasóleo está regulada en normativa, desde energía, industria o medio ambiente.
Por compentencias:
El ayuntamiento en virtud de legislación estatal o de los reglamentos (ordenanzas) que dicten de las mismas, enlas denominadas ordenanzas de policía o buen gobierno (ruidos, normas de convicencias, etc)
En la Comunidad Autónoma la consejería o dirección general competencial del área, generalmente suelen tener todas las competencias en esta materia de hidrocarburos, también de ruidos en edificaciones, vías. etc
A nivel estatal, el ministerio del área competencial en industria o energía. (información en este caso).
Por último está el Colegio de Administradores de fincas (graduados univesitarios de administración de fincas)
Existen en todas ellas información al ciudadano, tanto telefónica, presencial y dependiendo de lo que quieras denunciar o por denuncia.
El fumar en las zonas privativas está totalmente dentro del derecho del comunero, así como su distensión (fiestas), dentro de los horarios que establezcan las ordenanzas municipales, las legislaciones estatales en su defecto o en aquellos aspectos que no regulen las ordenanzas municipales.
El uso del condominio es legal e incluso la servidumbre en el propio piso para reparaciones de las zonas privativas o del condominio (en último extremo, esta con órden judicial). La responsabilidad ante una caída por pérdida de hidrocarburos en la escalera, posterior al respostar, va a ir sobre los titulares del condominio (copropiedad), si no adoptan las medidas ante la empresa suministradora.
Hay tanta legislación y normativa...
Y también debes ponderar que vives en comunidad social o cultural, aunque no exista comunidad de vecinos constituida, porque la Ley de propiedad Horizontal no es una panacea, deja muchas lagunas abiertas, y bastantes agujeros en mala fe o fraude de ley. Falta por desarrollar aspectos de plazos, vetos de forma por falta de firma del presidente, y como los actos de acuerdos de las asambleas son ejecutivos desde su toma, con independencia de las firmas (veto formal), subsanaciones posteriores, y un sinfín de aspectos extensos de contar, que te pueden hacer la vida imposible con Junta Vecinal o sin ella. Todo ello hay que ponderarlo, en cada aspecto que quieras denunciar antes o después de la constitución de una comunidad vecinal.
Infórmate primero bien en cada administación compentente.