Estimad@s, quisiera compartir con vosotros un caso cercano referente a civil, mas concretamente relacionado con una legítima.
Es de aplicación el derecho foral catalán por ser la persona afectada de vecindad civil catalana.
Persona que queda viuda hace unos 9 años, según presunto testamento otorgado por marido difunto, todavía no conozco detalles de tal testamento, se otorga el disfrute del usufructo de la vivienda conyugal, a la viuda superviviente,sin hijos en común,supuestamente que la propiedad es de los herederos por parte del marido.
Pasado el tiempo la viuda superviviente, enferma de alzheimer y necesita medios económicos para hacer frente al gasto de una residencia puesto que con su pensión, no cubre el gasto mensual.
La pregunta sería:
Puede la viuda reclamar la legítima de conyuge superviviente?
Puede la viuda obligar a vender la propiedad usufructuaria para satisfacer la deuda?
Sería posible un embargo llegado el caso para cubrir la deuda del 25% de legítima que según Código Civil Catalán le correspondería?
En fin todo un reto con los plazos casi cumplidos y rozando las prescripciones.
Gracias y seguimos.