;

Autor Tema: OPOSICIONES SUBGRUPO A1 XUNTA DE GALICIA  (Leído 1600 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado FGONABE

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 372
  • Registro: 11/10/10
OPOSICIONES SUBGRUPO A1 XUNTA DE GALICIA
« en: 18 de Junio de 2011, 20:46:15 pm »
Me gustaría saber vuestra opinión sobre esta convocatoria, que está causando muchísimo revuelo en Galicia.

Se trata de un proceso de consolidación de empleo, a través del procedimiento de concurso-oposición, para la cobertura de 45 plazas de personal funcionario del subgrupo A1 (4 de las cuales por el cupo de personas con discapacidad).

Os resumo un poco el tema, poniendo en negrita los extractos de la convocatoria:

PRIMER EJERCICIO

Primer ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de ciento veinte (120) preguntas tipo test, más tres (3) de reserva, con cuatro (4) respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que sólo una de ellas será la correcta.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 10 puntos. El número total de respuestas acertadas para obtener esta puntuación mínima vendrá dada por el número total de respuestas acertadas que tenga el/la aspirante que quede clasificado en la posicion número cuatrocientos cincuenta (450) en una escala establecida entre el aspirante de más respuestas acertadas y el de menos.


Resulta que a este ejercicio se presentaron menos de 450 personas, con lo que el tribunal decidió poner la nota de corte en 1 pregunta correcta (sobre el total de 120). Creo que se presentaron sobre 400 personas, suspendiendo 1 y aprobando el resto.

SEGUNDO EJERCICIO

Segundo ejercicio, de carácter eliminatorio, constará de dos pruebas:

-Primera prueba: los/las aspirantes deberán desarrollar por escrito un (1) tema, a elegir entre dos (2) obtenidos mediante sorteo por el tribunal de entre los que forman el contenido del programa que figuran en la parte especial del anexo I-B de esta orden.

-Segunda prueba: los/las aspirantes deberán realizar por escrito un supuesto práctico de desarrollo, que versará sobre las materias de la parte general del programa que figura como anexo I-B de esta convocatoria. Para el desarrollo de este ejercicio los/las aspirantes podrán servirse de los textos legales sin comentarios, excluyéndose los libros de consulta. No se considerarán comentarios las notas de vigencia, las meras referencias cruzadas a otras normas o a sentencias, siempre que no contengan ningún otro análisis.

Posteriormente los/as aspirantes serán convocados oportunamente para la lectura de las dos pruebas en sesión pública ante el tribunal, que lo calificará valorando los conocimientos, la claridad, el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su exposición.


A las lecturas de este examen se presentaron sobre 260 personas. Dado el bajísimo nivel de los exámenes (sin duda a raíz del aprobado "general" del primer ejercicio), el tribunal optó por aprobar solo a +-65 personas, calificando con notas que no dan para aprobar a otras tantas personas (por lo de mínimo 4 puntos en el primer ejercicio y 10 en la suma de los 2) y el resto fueron calificadas como “NP” (no puntuadas). Estos últimos exámenes eran de gente que solo puso su nombre y los títulos de los temas, desarrolló un tema que no preguntaban o lo contestado no tenía entidad suficiente ni siquiera para ser puntuado.

Resulta que muchos/as de los/as interinos/as que se presentaron al proceso, y que por cierto tenían muchos puntos en la fase de concurso, suspendieron este ejercicio.

Ante este supuesto, nos encontramos con lo siguiente

- Las personas que suspendieron el segundo ejercicio (la mayor parte de ellas interinas) dicen que la actuación del tribunal no se ajustó a la convocatoria ya que según la misma tenían que pasar el ejercicio obligatoriamente 250 personas. Esto supondría que las personas que no fueron ni siquiera puntuadas por el tribunal o que sacaron un 0 en alguno de los ejercicios, pasarían a tener 10 puntos y el resto de las notas se irían adaptando a este nuevo sistema de puntuación. De esta forma, al aprobar practicamente todas las personas que se presentaron al ejercicio, creo que todas las plazas serían para interinos/as una vez sumados los puntos de la fase de concurso. Los/as suspensos/as alegan casi unicamente la vulneración de la base de la convocatoria por parte del tribunal.

- Las personas aprobadas (entre las que me encuentro yo), logicamente, están de acuerdo con la actuación del tribunal ya que un aprobado “general” (o casi) va en contra de los principios constitucionales de mérito y capacidad en el acceso a la función pública, y además consideramos que la resolución del tribunal no contradice la polémica base de la convocatoria. Poro tra partes sis e hiciera un nuevo aprobado “general” en este ejercicio resulta que en principio todas las plazas serían ocupadas por interinos/as y no aprobaría nadie sin puntos por antigüedad en la fase de concurso, con lo cual se vulneraría nuestro derecho constitucional de acceso a la función pública en condiciones de igualdad. También alegamos que el hecho de que haya personas que puedan sacar la plaza sacando 1 acierto en el primer ejercicio (en un test de 120 preguntas) y teniendo un 0 en el segundo (que se convertiría e nun 10 con la nueva puntuación) haría que el procesos electivo no existiera realmente. Entre las personas aprobadas nos encontramos personas no interinas y personas interinas.

Os dejo un enlace a la convocatoria del proceso selectivo:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

También os dejo enlaces a noticias de prensa sobre este asunto, ya que los/as interinos/as suspensos/as ya se han empezado a mobilizar:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

No puedes ver los enlaces. Register or Login

La pregunta es, pues, ¿cómo veis este asunto?

Gracias por vuestras respuestas.