Constitucional III y IV: La igualdad como valor, como principio y como derecho.
Antonio Torres del Moral.
La Constitución española da a la igualdad un tratamiento como derecho y como principio, el clásico principio jurídico de igualdad ante la ley y el principio político de la igualdad en la ley. La igualdad en la ley admite el trato igual de los iguales y desigual de los desiguales sin incurrir en discriminación, prohibida por la Constitución.