Hola, tengo una duda con relación a estos apuntes (si voy encontrando fallos os lo iré comunicando aquí), en el tema:
Reglamentos ilegales: recurso directo e indirecto (página 22):
Veo que en el recurso indirecto dice: "a diferencia del directo, no está sujeto a plazos", por lo que supongo que el directo sí tiene plazos pero no lo he reflejado, no sé si alguien podría comprobarlo si tiene el libro (yo no lo tengo ya).
He contrastado con dos apuntes distintos desde el principio para asegurarme que están completos (es que la asignatura tela !!!), y en el de Ius-Uned dice que el directo se ha de interponer en el plazo de dos meses (de dos meses desde cuando?, no lo dice), y me extraña que me haya saltado yo ese dato tan importante ( no sé si con tanta reedición del libro se queden datos detrás).
En el de César Álvarez tampoco refleja ningún plazo.
Gracias por vuestra respuesta.
Saludos.
Alqui.