;

Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)  (Leído 19309 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado Machini

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2041
  • Registro: 04/12/14
  • Verba volant, scripta manent.
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #100 en: 12 de Abril de 2018, 08:28:07 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Por tercera vez viendo los vídeos de uned Baleares, es la única forma que veo para avanzar; si alguien tiene los casos que los cuelgue por aquí. Gracias
Si con los casos te refieres a los ejercicios: lectura activa!

Traduttore, traditore.

Desconectado Juan75

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 530
  • Registro: 13/07/09
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #101 en: 27 de Abril de 2018, 23:50:57 pm »
Cómo lo lleváis chavales.
“Si viniera a la Tierra ahora mismo un extraterrestre y viera esto se fundiria” Sr Mora, refiriéndose a los supuestos sujetos y exentos y a la vez sujetos en el itp, se me caen las lagrimas de reír. Las mejores videoclases de la uned.
"quotquotel mayor peligro no es apuntar demasiado alto y fracasar; sino apuntar demasiado bajo y alcanzar nuestro objetivo"quotquot

Desconectado monikakalo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 736
  • Registro: 17/06/11
  • Respice post te! Hominem te esse memento!
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #102 en: 05 de Mayo de 2018, 14:01:25 pm »
Pues conforme lo explica el Sr. Mora se ve todo bastante claro, luego te pones a hacer los ejercicios de la plataforma y es cuando ves que no tienes ni puñetera idea y de que el exámen ya está ahí y vas a ser carne de cañón. Menudo cambio del primer cuatrimestre a éste.

Desconectado Juan75

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 530
  • Registro: 13/07/09
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #103 en: 06 de Mayo de 2018, 13:24:17 pm »
Vaya tela el artículo 69.. qué ganas de enredar; y de ese tipo hay varios. Estoy haciendo anotaciones al margen para no olvidarme
"quotquotel mayor peligro no es apuntar demasiado alto y fracasar; sino apuntar demasiado bajo y alcanzar nuestro objetivo"quotquot

Desconectado emlo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1194
  • Registro: 24/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #104 en: 09 de Mayo de 2018, 12:00:32 pm »
Si alguien se ha animado a ir resolviendo los casos de reserva y quiere echarme una manita resolviendo este:

Unos consumidores (no empresarios ni profesionales) residentes en Islas Canarias utilizan unos servicios prestados por vía electrónica por una empresa establecida en Madrid. Están sujetas esas prestaciones al IVA?

Entiendo que al no ser empresario se gravarán en el lugar de residencia del mismo (el cliente). Pero no sé como justificarlo con el articulado. El art. 69 Dos enumera unos servicios que no son los del caso concreto, con lo q debo quedarme con lo q dice el apartado UNo. 2º??


(Reserva 2015/16)

Desconectado emlo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1194
  • Registro: 24/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #105 en: 09 de Mayo de 2018, 12:07:33 pm »
Me autorespondo:

Creo que va la cosa por el art. 70. 4º. Con lo que deduzco que no están gravados con el IVa??








Desconectado Nandae

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 930
  • Registro: 27/09/10
  • Urrarrum
    • El rincón de Ali
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #106 en: 09 de Mayo de 2018, 12:38:01 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Me autorespondo:

Creo que va la cosa por el art. 70. 4º. Con lo que deduzco que no están gravados con el IVa??

El 70.4º dice que se entienden prestados en TAI "Los prestados por vía electrónica cuando el destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que éste se encuentre establecido o tenga su residencia o domicilio habitual en el territorio de aplicación del Impuesto."
Pero Canarias no es TAI (3.2.1ª.b)
El 69.2 dice que no se entienden en TAI los servicios que enumera, prestados a destinario no empresario o profesional, salvo que el destinatario esté en Canarias, Ceuta o Melilla.
O sea, que si el destinatario está en Canarias, entiendo que sí está en TAI en este caso.
Con lo cual yo me quedaría con el 69.Uno.2º "2.º Cuando el destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que los servicios se presten por un empresario o profesional y la sede de su actividad económica o establecimiento permanente desde el que los preste o, en su defecto, el lugar de su domicilio o residencia habitual, se encuentre en el territorio de aplicación del Impuesto."
O sea, que si empresario en TAI y destinatario en TAI, como parece de lo que se deduce del 69.2, sí estarían gravados con IVA.

No sé si acierto pero es rebuscadillo, no?
Urrarrum

Desconectado emlo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1194
  • Registro: 24/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #107 en: 09 de Mayo de 2018, 13:24:35 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El 70.4º dice que se entienden prestados en TAI "Los prestados por vía electrónica cuando el destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que éste se encuentre establecido o tenga su residencia o domicilio habitual en el territorio de aplicación del Impuesto."
Pero Canarias no es TAI (3.2.1ª.b)
El 69.2 dice que no se entienden en TAI los servicios que enumera, prestados a destinario no empresario o profesional, salvo que el destinatario esté en Canarias, Ceuta o Melilla.
O sea, que si el destinatario está en Canarias, entiendo que sí está en TAI en este caso.
Con lo cual yo me quedaría con el 69.Uno.2º "2.º Cuando el destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal, siempre que los servicios se presten por un empresario o profesional y la sede de su actividad económica o establecimiento permanente desde el que los preste o, en su defecto, el lugar de su domicilio o residencia habitual, se encuentre en el territorio de aplicación del Impuesto."
O sea, que si empresario en TAI y destinatario en TAI, como parece de lo que se deduce del 69.2, sí estarían gravados con IVA.

No sé si acierto pero es rebuscadillo, no?

Coincido contigo pero claro se aplica la regla general o la especial? Creo que si lo especifica en el art. 70 puede que sea esa la respuesta.

No tengo ni idea.

Desconectado Nandae

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 930
  • Registro: 27/09/10
  • Urrarrum
    • El rincón de Ali
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #108 en: 09 de Mayo de 2018, 13:41:42 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Coincido contigo pero claro se aplica la regla general o la especial? Creo que si lo especifica en el art. 70 puede que sea esa la respuesta.

No tengo ni idea.

Si saliera en el examen, yo no pondría ni general ni especial, lo diría tal cual citando los artículos como lo he puesto antes y haciendo hincapié en el 3.2.1º.b de territorialidad. Pero eso soy yo, que me está costando un egg esto del IVA.
Urrarrum

Desconectado emlo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1194
  • Registro: 24/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #109 en: 09 de Mayo de 2018, 16:46:44 pm »
En todo caso poner supuestos de este estilo con hora y media de duraciòn es demencial...

Desconectado ByFlash

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 325
  • Registro: 19/04/09
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #110 en: 09 de Mayo de 2018, 19:44:25 pm »
Emlo, el localizador de prestación de servicios de la AEAT, cita los artículos 70 uno 4º y 70 dos 4º. Si el servicio se presta efectivamente en el TAI, sujeto al IVA. Si no se presta efectivamente en el TAI, entiendo que este es el caso, no está sujeto al IVA sino al IGIC.

Dejo el enlace para trastear.
Un saludo.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado emlo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1194
  • Registro: 24/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #111 en: 10 de Mayo de 2018, 09:40:06 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Emlo, el localizador de prestación de servicios de la AEAT, cita los artículos 70 uno 4º y 70 dos 4º. Si el servicio se presta efectivamente en el TAI, sujeto al IVA. Si no se presta efectivamente en el TAI, entiendo que este es el caso, no está sujeto al IVA sino al IGIC.

Dejo el enlace para trastear.
Un saludo.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Muchas gracias!

Ahora le echo un vistazo.  ;)

Desconectado Fala68

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 617
  • Registro: 24/09/10
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #112 en: 21 de Mayo de 2018, 19:17:57 pm »
Hola compañeros. Quien puede aclarar este ejercicio?
Un tenedor ha donado todo su negocio a uno de us hijos. Entre los bienes transmitidos figura la plena propiedad del inmueble donde está situada la tienda.
a) ¿Queda la transmisión del negocio o de algún de sus elementos sujeta al IVA o al impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas?

- Yo entiendo que la actividad empresarial no está sujeta a IVA, pero no me queda claro todo el inmueble. art.7.1-

b) ¿Puede el hijo deducir las cuotas de IVA que ha soportado su padre en el mes anterior a la donación y que éste no había deducido?

Gracias
Saludos
Tomás

Desconectado matias1

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 4513
  • Registro: 27/01/10
  • 12 de Julio-viernes para todos!!
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #113 en: 21 de Mayo de 2018, 19:50:10 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola compañeros. Quien puede aclarar este ejercicio?
Un tenedor ha donado todo su negocio a uno de us hijos. Entre los bienes transmitidos figura la plena propiedad del inmueble donde está situada la tienda.
a) ¿Queda la transmisión del negocio o de algún de sus elementos sujeta al IVA o al impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas?

- Yo entiendo que la actividad empresarial no está sujeta a IVA, pero no me queda claro todo el inmueble. art.7.1-

b) ¿Puede el hijo deducir las cuotas de IVA que ha soportado su padre en el mes anterior a la donación y que éste no había deducido?

Gracias

La transmisión del negocio no esta sujeta al IVA de acuerdo con el articulo 7.1º de LIVA. Por otro lado, no resulta aplicable el articulo 7.5 del Impuesto de Transmisiones a la entrega del inmueble, al producirse esta entrega con motivo de una donación. En suma la transmision no queda sujeta ni al IVA ni al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

(hasta aquí contestación del equipo docente)

Opinión mía, que le van a meter un viaje de Impuestos de Sucesiones y Donaciones que no te menees.

Desconectado emlo

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1194
  • Registro: 24/01/11
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #114 en: 22 de Mayo de 2018, 11:14:32 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Opinión mía, que le van a meter un viaje de Impuestos de Sucesiones y Donaciones que no te menees.

 ;D ;D ;D ;D

Desconectado Fala68

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 617
  • Registro: 24/09/10
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #115 en: 22 de Mayo de 2018, 11:55:53 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La transmisión del negocio no esta sujeta al IVA de acuerdo con el articulo 7.1º de LIVA. Por otro lado, no resulta aplicable el articulo 7.5 del Impuesto de Transmisiones a la entrega del inmueble, al producirse esta entrega con motivo de una donación. En suma la transmision no queda sujeta ni al IVA ni al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

(hasta aquí contestación del equipo docente)

Opinión mía, que le van a meter un viaje de Impuestos de Sucesiones y Donaciones que no te menees.
;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D. Gracias por tú respuesta, ahora lo veo claro!!!
Saludos
Tomás

Desconectado Fala68

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 617
  • Registro: 24/09/10
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #116 en: 22 de Mayo de 2018, 13:19:21 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola compañeros. Quien puede aclarar este ejercicio?
Un tenedor ha donado todo su negocio a uno de us hijos. Entre los bienes transmitidos figura la plena propiedad del inmueble donde está situada la tienda.
a) ¿Queda la transmisión del negocio o de algún de sus elementos sujeta al IVA o al impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas?

- Yo entiendo que la actividad empresarial no está sujeta a IVA, pero no me queda claro todo el inmueble. art.7.1-

b) ¿Puede el hijo deducir las cuotas de IVA que ha soportado su padre en el mes anterior a la donación y que éste no había deducido?

Gracias

La solución a la b): Si puede de acuerdo con la subrogación último párrafo 7.1º LIVA en concordancia con el 92 LIVA.
Saludos
Tomás

Desconectado Fala68

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 617
  • Registro: 24/09/10
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #117 en: 22 de Mayo de 2018, 18:48:39 pm »
Este ejercicio se las trae:
Varios médicos han constituido una sociedad anónima profesional. ¿Qué tratamiento tiene esta operación en la imposición indirecta? [Septiembre 2012]
Respuesta Equipo docente:La constitución de una sociedad anónima constituye una operación sujeta al IOS según el artículo 19.1.1.o LIVA, salvo que se trate de una operación de reestructuración (por tratarse, por ejemplo, de una aportación subsumible en el art. 94 TRLIS). Si está sujeta al Impuesto se aplicará la exención prevista en el artículo 45.I.B), 11, TRLITP.
Si los médicos han aportado entregado bienes no dinerarios afectos a la actividad médica a la sociedad, esta transmisión estará sujeta al IVA en virtud de lo previsto en los artículos 4, 5.uno.a) y 8.dos.2.o LIVA. Debería analizarse la posible aplicación a esas entregas de la exención prevista en el artículo 20.uno.24 LIVA, toda vez que la prestación de servicios médicos constituye una operación exenta según el artículo 20.uno.3.o LIVA.

Como lo contestaríais sin tanto rollo, creo que con la segunda parte vale. Sujeta a IVA por  ser una entrega de bienes establecida en el artículo 8.2.2º y yo no veo la exención por ninguna parte.
Gracias
Saludos
Tomás

Desconectado jmmg

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1704
  • Registro: 30/10/08
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #118 en: 22 de Mayo de 2018, 19:24:48 pm »
La exención quiere decir que la sociedad no puede deducirse los IVAs repercutidos por cada de uno de los médicos al dedicarse a una actividad exenta (la prestación de servicios médicos)

Desconectado Fala68

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 617
  • Registro: 24/09/10
Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #119 en: 23 de Mayo de 2018, 11:50:07 am »
OK, gracias
Saludos
Tomás