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Autor Tema: POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016  (Leído 14226 veces)

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Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #20 en: 10 de Febrero de 2016, 21:08:52 pm »
Alguien que haya comprobado las preguntas del examen de hoy?. En mi opinión  no ha sido nada fácil.

Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado rubianeli

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #21 en: 10 de Febrero de 2016, 21:14:27 pm »
Ha sido complejillo.

Yo deje tres sin contestar y creo que eso me ha ayudado

Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #22 en: 10 de Febrero de 2016, 21:21:34 pm »
Yo me saturé en el examen, hasta marqué dos mal al pasar las respuestas a la hoja de lectura óptica. No pongo mis respuestas porque sé que tengo varias mal, si apruebo será justa la cosa.
Indico las que creo que puedo tener bien:
1c 2c 3c 4a 5b 6c 7b 8a 9a 11b 14b 15b 19b  20b 21b 22b 23b
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado jmac4-4

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #23 en: 10 de Febrero de 2016, 21:23:50 pm »
Me ha parecido difícil y desproporcionado.
Estoy buscando las preguntas por el libro y algunas ni tan siquiera las encuentro.


Desconectado jmac4-4

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #24 en: 10 de Febrero de 2016, 21:36:44 pm »
la pregunta está bien redactada? Yo creo que es errónea en su planteamiento


Desconectado jmac4-4

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #25 en: 10 de Febrero de 2016, 21:38:21 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
la pregunta está bien redactada? Yo creo que es errónea en su planteamiento


pregunta 3 visado de residencia y trabajo

Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #26 en: 10 de Febrero de 2016, 21:46:23 pm »
En el libro (capítulo 3) pone:
Obtenido el visado, el trabajador extranjero deberá entrar en el territorio español en el plazo de vigencia del mismo que no puede ser superior a tres meses; el visado habilitará al extranjero para la entrada y permanencia en situación de estancia en España (artículo 70. 6 LOEx).
Esta sé fijo que es la C
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado rubianeli

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #27 en: 10 de Febrero de 2016, 21:48:52 pm »
La 1 creo que Es b

Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #28 en: 10 de Febrero de 2016, 21:54:12 pm »
Sí, tienes razón, es una de las que tenía bien y pasé mal a la hoja  :'(
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #29 en: 10 de Febrero de 2016, 22:01:28 pm »
Hola!  Yo tampoco he salido demasiado contenta... :(
En la 1 yo he puesto la C y, realmente, repasando mis apuntes no veo demasiada diferencia entre la prohibición de entrada y el rechazo en frontera... Me lo podéis explicar?

Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #30 en: 10 de Febrero de 2016, 22:17:54 pm »
El rechazo en frontera entiendo que es figura jurídica aplicable sólo en los pasos fronterizos de Ceuta y Melilla. Pero algo de razón llevas porque en una pregunta de exámenes anteriores pone:
Lo normal en el caso de incumplimiento de los requisitos exigidos para la entrada será la  denegación o desautorización de entrada por parte de los funcionarios responsables del control fronterizo. Esta figura se conoce también como:   
A.   Visado Schengen.   
B.   Salida in fine.   
C.   Rechazo en frontera

Y dieron como correcta la C (si te fijas ninguna de las respuestas habla de prohibición de entrada, ni hace referencia a Ceuta y Melilla). De hecho yo dudé, marqué primero en el borrador la b y al pasar a la hoja de lectura marqué la c.
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Desconectado crisaya

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #31 en: 10 de Febrero de 2016, 22:18:57 pm »
Me aventuro a poner algo:
1   B
2   C
3   C
4   C
5   B
6   C
7   B
8   A
9   A
10 A
11 B
12 A
13 C
14 B
15 C
16 C
17 C
18 B
19 B
20 B
21 B
22 B
23 B
24 A
25 C





Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #32 en: 10 de Febrero de 2016, 22:27:07 pm »
Crisaya, la 15 creo que es la B porque pedía la correcta y el bien jurídico protegido de la trata de seres humanos es la libertad y dignidad de las personas.
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado lourdes.bcn

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #33 en: 10 de Febrero de 2016, 22:31:40 pm »
En la 4 habéis puesto la A (rutger) y la C (crisaya)... Pues bien,  para no ser menos yo he puesto la B... Qué sufrimiento de examen!

Desconectado rubianeli

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #34 en: 10 de Febrero de 2016, 22:36:53 pm »
Yo paso por los pelos

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #35 en: 10 de Febrero de 2016, 22:39:56 pm »
Rubianeli, tienes comprobadas las respuestas?

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #36 en: 10 de Febrero de 2016, 22:51:20 pm »
LA 8 creo que es la C (art. 38  4/2000 6. La autorización de residencia y trabajo se renovará a su expiración:  ..c) Cuando el extranjero sea beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #37 en: 10 de Febrero de 2016, 22:55:30 pm »
Las tengo comprobdas por el libro, luego las pongo.

Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #38 en: 10 de Febrero de 2016, 23:32:25 pm »
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LA 8 creo que es la C (art. 38  4/2000 6. La autorización de residencia y trabajo se renovará a su expiración:  ..c) Cuando el extranjero sea beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.

En el libro pone:
"El artículo 38.6 LOEx determina que la autorización de residencia y trabajo se renovará a su expiración si:
(...)
Cuando por la autoridad competente, conforme a la normativa de la Seguridad Social, se hubiere otorgado una prestación contributiva por desempleo (no pues el subsidio por desempleo), por el tiempo de duración de dicha prestación."
Así que creo que la C no puede ser  porque dice  claramente que con subsidio de desempleo no, y sería la A.
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Re:POST OFICIAL INMIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA 2015/2016
« Respuesta #39 en: 10 de Febrero de 2016, 23:41:00 pm »
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En el libro pone:
"El artículo 38.6 LOEx determina que la autorización de residencia y trabajo se renovará a su expiración si:
(...)
Cuando por la autoridad competente, conforme a la normativa de la Seguridad Social, se hubiere otorgado una prestación contributiva por desempleo (no pues el subsidio por desempleo), por el tiempo de duración de dicha prestación."
Así que creo que la C no puede ser  porque dice  claramente que con subsidio de desempleo no, y sería la A.

En la versión consolidada de BOE pone:

«6. La autorización de residencia y trabajo se renovará a su expiración:

c) Cuando el extranjero sea beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.»

¿con qué nos quedamos?