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Autor Tema: Duda Derecho Laborañ  (Leído 1178 veces)

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Desconectado Luisrolu

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Duda Derecho Laborañ
« en: 01 de Marzo de 2020, 20:35:04 pm »
Buenos días compañeros, no sé si esto irá aquí, el caso es que recurro a compañeros del foro para una duda.
Un conocido empezaba sus vacaciones mañana día 2, y hace un rato le llama su jefe y le dice que la persona que iba a cubrir su puesto no puede ir, y que o va mañana a trabajar -él- o se puede dar por despedido. ¿Es legal esto? ¿Es una causa justificada para un posible despido?


Gracias!


Desconectado Horroris_causa

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Re:Duda Derecho Laborañ
« Respuesta #1 en: 01 de Marzo de 2020, 23:17:26 pm »
Hola Luisrolu,

quizás en el foro de debates jurídicos puedas encontrar opiniones más y mejor fundadas que lo que voy a comentar (que a fin de cuentas, soy estudiante y todavía un vainillas en estos pastos que son el Derecho y todavía no he dado Derecho Laboral  ;D ):

- Atendiendo al ET, el art. 38 especifica que las vacaciones se pactan entre las partes (en caso de no existir, se recurre a vía judicial en proceso sumario y preferente) y el trabajador conocerá dichas fechas, al menos, con dos meses de antelación.Entiendo que, contrario sensu, cuando queden menos de dos meses para disfrutarlas, el empresario no debería poder modificarlas salvo, claro está, que haya pacto entre las partes. Aparte de esto, habría que revisar el convenio al que esté adscrito la empresa de tu conocido, por si acaso.

El tema de las vacaciones está bastante en boga, sobre todo, después de la sentencia del TJUE en la que puso coto (por fin) al dogma de que "pierdes las vacaciones que no se disfrutan en el año". Si no recuerdo mal, el TJUE alegó, entre otras causas, que el impedimento de vacaciones por parte del empresario hacia los trabajadores (siendo irrelevante el motivo que alegase el empleador) podía suponer una causa de enriquecimiento injusto, por lo que entiendo que, en caso de llegar a juicio por cualquier motivo, podría alegarse como fundamento de derecho para que el empresario se allanase a la demanda del trabajador, en caso de cursarse.

- Por otra parte, según comentas, y sin tener más información de lo textualmente dicho, circunstancias, etc., además, la actitud del jefe podría ser constitutiva de un delito de amenazas tipificado en el art. 171.1 CP (amenaza condicional de un mal que no constituye delito). Ojo aquí, que la condición de "ir a trabajar porque de lo contrario te despido" entiendo que no es una conducta debida por parte del trabajador, por lo que me encaja en el tipo delictivo. También podría constituir un delito leve de coacciones (art. 172.3 CP).

Falta bastante información y si algo estoy aprendiendo durante las horas de estudio es que el diablo está en los detalles. Pudiera ser que tu conocido esté en periodo de prueba y el jefe le eche por "no superarlo" y, al final, hubiera que recurrir a conciliación o vía judicial, en última instancia.

Dicho esto... como consejo diría tres cosas:

1. Que le asesore un abogado (mejor consejo y guía no va a encontrar).
2. Si no puede permitirse uno, a veces puede ser recomendable tener cierta mano izquierda.
3. Guardar siempre que sea posible documentación escrita (correos, whatsapps, etc.). Nunca se sabe cuándo van a ser útiles.

Espero no equivocarme mucho en lo que he expuesto y, lo más importante, que sea de ayuda. Y lo dicho, lo mejor, ¡consultar con un profesional!

Un saludo.
Advocatus hic pendulum

Desconectado Luisrolu

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Re:Duda Derecho Laborañ
« Respuesta #2 en: 02 de Marzo de 2020, 07:10:57 am »
Gracias por la respuesta!