Hola SFG. En Melilla hay mucho funcionario. Si tú lo eres, pelea el tema de la notificación. A la administración se le exige un mínimo de actividad indagatoria a la hora de realizar las notificaciones cuando no puede localizar al sujeto pasivo del tributo, y con los funcionarios lo tienen especialmente fácil.
En cuanto a si tienes la obligación de pagar el IBI del año 2009 habiendo vendido el inmueble en 2008, la respuesta es no. El IBI lo tienen que pasar a quien figure como titular el uno de enero de cada año. Y tú hiciste escritura, se pagaron los impuestos correspondientes y se inscribió en el Registro durante el 2008. ¿No?
Soy funcionaria en excedencia de la Admón. Central pero estatutaria interina en Andalucía, no se si eso es suficiente para que me puedan localizar.
Y si, hice escritura pública ante notario en abril de 2008, pagué los impuestos (el de plusvalía con un poco de retraso, a principios de 2009 por fallo mío, tras darme cuenta y contactar con ellos) y se inscribió en el Registro durante 2008.
Por lo visto no es un error infrecuente de la CCAA de Melilla. He hablado con ellos y me han dicho que les envíe por email un Recursos de Devolución de Ingresos Indebidos y que en unas 3 semanas lo resuelven.
Otra pregunta: ¿es suficiente presentar recurso por email? Creo que no, y voy a mandarlo certificado y con acuse de recibo
Gracias