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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020  (Leído 5426 veces)

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Desconectado Paquinpa

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #40 en: 03 de Septiembre de 2020, 10:56:00 am »
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Le he mandado un correo al tutor y el entiende que es una tasa.... :-\ :o :-\ :o :-\ :o Ahora bien, yo por todo lo que he mirado...ni tasa ni precio público....prestación patrimonial :o :o :o

Esa pregunta me tocó a mi también y me dejó patinando. No me acuerdo de lo que puse pero tasa no era


Desconectado Alfonso83

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #41 en: 03 de Septiembre de 2020, 11:31:48 am »
Estas fueron mis 15 preguntas. Pongo en negrita la que yo marqué:

1.- Los precios públicos:

a) Por regla general no pueden superar el coste del servicio.
b) Por regla general deben cubrir al menos el coste del servicio.
c) Por regla general no pueden superar el 90% del coste del servicio.

2.- Las tasas:

a) Pueden exigiste por la utilización de cualquier tipo de bienes cuya titularidad corresponde a una Administración pública.
b) Pueden exigirse por la utilización privativa del dominio público.
c) Pueden exigirse por la simple utilización del dominio público, aunque no sea privativa ni suponga un aprovechamiento especial de aquel.

3.- Las prestaciones patrimoniales de carácter público:

a) Son una de las especies de tributo.
b) Con un ingreso público.
c) Son una de las modalidades de las tasas.

4.- Según el Tribunal Constitucional español, el principio de igualdad en material tributaria:

a) Agota su contenido en el principio de capacidad económica.
b) Es un mero principio programático.
c) Se enciende como prohibición de discriminaciones arbitrarias.

5.- ¿Puede un Decreto-Ley habilitar a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para modificar un tributo?

a) Sí, cualquiera que sea el alcance de la modificación.
b) No está claro, pues carecemos e un pronunciamiento expreso del Tribunal Constitucional.
c) Sí, pero siempre que se trate de modificaciones poco profundas o relevantes.

6.- En material financiera y tributaria requiere autorización por Ley Orgánica:

a) Aquellos tratados en los que se atribuya a una institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución.
b) Todos los tratados internacionales que afecten a esas material sin excepción.
c) Exclusivamente aquellos tratados internacionales que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública española.

7.- Los términos empleados en las normas tributarias:

a) No se deben interpretar aplicando los criterios establecidos en el art. 3.1 del Código Civil.
b) Se entenderán conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda.
c) Se entenderán de acuerdo a su significado jurídico definido por otras ramas del Derecho.

8.- Las liquidaciones se se practiquen por expedientes que declaren la existencia de un conflicto de aplicación de norma tributaria:

a) Incluirán liquidación de intereses de demora.
b) Pueden dictarse sin previo informe favorable de la Comisión consultiva.
c) No incluirán intereses de demora pero sí propuestas de sanción.

9.- ¿Puede una Comunidad Autónoma establecer un tributo sobre una material reservada legalmente a las Corporaciones Locales?

a) No.
b) Sí, peor tiene que establecer medidas de compensación.
c) Sí, sin condición algunas.

10.- Imagines un impuesto autonómico que grave los servicios de alojamiento prestados por los hoteles, pensiones o casas de huéspedes radicados en la Comunidad Autónoma. La Ley señala que no exige el impuesto a los servicios de alojamiento en zonas rurales económicamente poco desarrolladas . ¿Cómo calificaría esta última figura?

a) Exención tributaria.
b) Beneficio fiscal rogado.
c) Supuesto de no sujeción.

11.- La normativa diferencia entre cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial. ¿Cuál de ellas constituye el objeto de la obligación tributaria principal o, en otras palabras, cuál cuantifica la aportación total del contribuyente al sostenimiento de los gastos públicos a través del tributo de que se trate?

a) La cuota diferencial.
b) La cuota íntegra.
c) La cuota líquida.      Esta es la que más dudas me surge.

12.- ¿En qué casos de responsabilidad puede esta extenderse también a las sanciones impuestas al anterior sujeto pasivo?

a) Esto nunca es posible por el principio constitucional de personalidad de la pena.
b) Solo en el caso de colaboración en la comisión de la infracción tributaria.
c) Puede darse tanto en supuesto de responsabilidad solidaria como de responsabilidad subsidiaria.

13.- Según la Ley General Tributaria, es sujeto pasivo:

a) Solo quien realiza el hecho imponible.
b) Cualquier sujeto que asuma por ley la posición del deudor tributario.
c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.

14.- Las presunciones legales:

a) Serán iuris tamtum salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
b) Serán iruis et de iure salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
c) Serán iuris tamtum siempre que favorezca al obligado.

15.- Son liquidaciones definitivas:

a) Las que se han practicado previa y completa comprobación inspectora de la totalidad de los elementos determinantes de la obligación tributaria.
b) Todas las practicadas por la inspección de los tributos.
c) Todas aquellas dictadas por los órganos de gestión o inspección siempre que se haya concedido previamente al interesado un trámite de alegaciones.

Desconectado medved

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #42 en: 03 de Septiembre de 2020, 13:30:09 pm »
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Estas fueron mis 15 preguntas. Pongo en negrita la que yo marqué:

1.- Los precios públicos:

a) Por regla general no pueden superar el coste del servicio.
b) Por regla general deben cubrir al menos el coste del servicio.
c) Por regla general no pueden superar el 90% del coste del servicio.

2.- Las tasas:

a) Pueden exigiste por la utilización de cualquier tipo de bienes cuya titularidad corresponde a una Administración pública.
b) Pueden exigirse por la utilización privativa del dominio público.
c) Pueden exigirse por la simple utilización del dominio público, aunque no sea privativa ni suponga un aprovechamiento especial de aquel.

3.- Las prestaciones patrimoniales de carácter público:

a) Son una de las especies de tributo.
b) Con un ingreso público.
c) Son una de las modalidades de las tasas.

4.- Según el Tribunal Constitucional español, el principio de igualdad en material tributaria:

a) Agota su contenido en el principio de capacidad económica.
b) Es un mero principio programático.
c) Se enciende como prohibición de discriminaciones arbitrarias.

5.- ¿Puede un Decreto-Ley habilitar a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para modificar un tributo?

a) Sí, cualquiera que sea el alcance de la modificación.
b) No está claro, pues carecemos e un pronunciamiento expreso del Tribunal Constitucional.
c) Sí, pero siempre que se trate de modificaciones poco profundas o relevantes.

6.- En material financiera y tributaria requiere autorización por Ley Orgánica:

a) Aquellos tratados en los que se atribuya a una institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución.
b) Todos los tratados internacionales que afecten a esas material sin excepción.
c) Exclusivamente aquellos tratados internacionales que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública española.

7.- Los términos empleados en las normas tributarias:

a) No se deben interpretar aplicando los criterios establecidos en el art. 3.1 del Código Civil.
b) Se entenderán conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda.
c) Se entenderán de acuerdo a su significado jurídico definido por otras ramas del Derecho.

8.- Las liquidaciones se se practiquen por expedientes que declaren la existencia de un conflicto de aplicación de norma tributaria:

a) Incluirán liquidación de intereses de demora.
b) Pueden dictarse sin previo informe favorable de la Comisión consultiva.
c) No incluirán intereses de demora pero sí propuestas de sanción.

9.- ¿Puede una Comunidad Autónoma establecer un tributo sobre una material reservada legalmente a las Corporaciones Locales?

a) No.
b) Sí, peor tiene que establecer medidas de compensación.
c) Sí, sin condición algunas.

10.- Imagines un impuesto autonómico que grave los servicios de alojamiento prestados por los hoteles, pensiones o casas de huéspedes radicados en la Comunidad Autónoma. La Ley señala que no exige el impuesto a los servicios de alojamiento en zonas rurales económicamente poco desarrolladas . ¿Cómo calificaría esta última figura?

a) Exención tributaria.
b) Beneficio fiscal rogado.
c) Supuesto de no sujeción.

11.- La normativa diferencia entre cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial. ¿Cuál de ellas constituye el objeto de la obligación tributaria principal o, en otras palabras, cuál cuantifica la aportación total del contribuyente al sostenimiento de los gastos públicos a través del tributo de que se trate?

a) La cuota diferencial.
b) La cuota íntegra.
c) La cuota líquida.      Esta es la que más dudas me surge.

12.- ¿En qué casos de responsabilidad puede esta extenderse también a las sanciones impuestas al anterior sujeto pasivo?

a) Esto nunca es posible por el principio constitucional de personalidad de la pena.
b) Solo en el caso de colaboración en la comisión de la infracción tributaria.
c) Puede darse tanto en supuesto de responsabilidad solidaria como de responsabilidad subsidiaria.

13.- Según la Ley General Tributaria, es sujeto pasivo:

a) Solo quien realiza el hecho imponible.
b) Cualquier sujeto que asuma por ley la posición del deudor tributario.
c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.

14.- Las presunciones legales:

a) Serán iuris tamtum salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
b) Serán iruis et de iure salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
c) Serán iuris tamtum siempre que favorezca al obligado.

15.- Son liquidaciones definitivas:

a) Las que se han practicado previa y completa comprobación inspectora de la totalidad de los elementos determinantes de la obligación tributaria.
b) Todas las practicadas por la inspección de los tributos.
c) Todas aquellas dictadas por los órganos de gestión o inspección siempre que se haya concedido previamente al interesado un trámite de alegaciones.

me coinciden 7 y las mismas respuestas (recordar de nuevo que no hay modelos A, B o C ni plantillas por tanto). saludos y suerte.

Desconectado Jaalce

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #43 en: 04 de Septiembre de 2020, 12:54:57 pm »
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Estas fueron mis 15 preguntas. Pongo en negrita la que yo marqué:

1.- Los precios públicos:

a) Por regla general no pueden superar el coste del servicio.
b) Por regla general deben cubrir al menos el coste del servicio.
c) Por regla general no pueden superar el 90% del coste del servicio.

2.- Las tasas:

a) Pueden exigiste por la utilización de cualquier tipo de bienes cuya titularidad corresponde a una Administración pública.
b) Pueden exigirse por la utilización privativa del dominio público.
c) Pueden exigirse por la simple utilización del dominio público, aunque no sea privativa ni suponga un aprovechamiento especial de aquel.

3.- Las prestaciones patrimoniales de carácter público:

a) Son una de las especies de tributo.
b) Con un ingreso público.
c) Son una de las modalidades de las tasas.

4.- Según el Tribunal Constitucional español, el principio de igualdad en material tributaria:

a) Agota su contenido en el principio de capacidad económica.
b) Es un mero principio programático.
c) Se enciende como prohibición de discriminaciones arbitrarias.

5.- ¿Puede un Decreto-Ley habilitar a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para modificar un tributo?

a) Sí, cualquiera que sea el alcance de la modificación.
b) No está claro, pues carecemos e un pronunciamiento expreso del Tribunal Constitucional.
c) Sí, pero siempre que se trate de modificaciones poco profundas o relevantes.

6.- En material financiera y tributaria requiere autorización por Ley Orgánica:

a) Aquellos tratados en los que se atribuya a una institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución.
b) Todos los tratados internacionales que afecten a esas material sin excepción.
c) Exclusivamente aquellos tratados internacionales que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública española.

7.- Los términos empleados en las normas tributarias:

a) No se deben interpretar aplicando los criterios establecidos en el art. 3.1 del Código Civil.
b) Se entenderán conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda.
c) Se entenderán de acuerdo a su significado jurídico definido por otras ramas del Derecho.

8.- Las liquidaciones se se practiquen por expedientes que declaren la existencia de un conflicto de aplicación de norma tributaria:

a) Incluirán liquidación de intereses de demora.
b) Pueden dictarse sin previo informe favorable de la Comisión consultiva.
c) No incluirán intereses de demora pero sí propuestas de sanción.

9.- ¿Puede una Comunidad Autónoma establecer un tributo sobre una material reservada legalmente a las Corporaciones Locales?

a) No.
b) Sí, peor tiene que establecer medidas de compensación.
c) Sí, sin condición algunas.

10.- Imagines un impuesto autonómico que grave los servicios de alojamiento prestados por los hoteles, pensiones o casas de huéspedes radicados en la Comunidad Autónoma. La Ley señala que no exige el impuesto a los servicios de alojamiento en zonas rurales económicamente poco desarrolladas . ¿Cómo calificaría esta última figura?

a) Exención tributaria.
b) Beneficio fiscal rogado.
c) Supuesto de no sujeción.

11.- La normativa diferencia entre cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial. ¿Cuál de ellas constituye el objeto de la obligación tributaria principal o, en otras palabras, cuál cuantifica la aportación total del contribuyente al sostenimiento de los gastos públicos a través del tributo de que se trate?

a) La cuota diferencial.
b) La cuota íntegra.
c) La cuota líquida.      Esta es la que más dudas me surge.

12.- ¿En qué casos de responsabilidad puede esta extenderse también a las sanciones impuestas al anterior sujeto pasivo?

a) Esto nunca es posible por el principio constitucional de personalidad de la pena.
b) Solo en el caso de colaboración en la comisión de la infracción tributaria.
c) Puede darse tanto en supuesto de responsabilidad solidaria como de responsabilidad subsidiaria.

13.- Según la Ley General Tributaria, es sujeto pasivo:

a) Solo quien realiza el hecho imponible.
b) Cualquier sujeto que asuma por ley la posición del deudor tributario.
c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.

14.- Las presunciones legales:

a) Serán iuris tamtum salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
b) Serán iruis et de iure salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
c) Serán iuris tamtum siempre que favorezca al obligado.

15.- Son liquidaciones definitivas:

a) Las que se han practicado previa y completa comprobación inspectora de la totalidad de los elementos determinantes de la obligación tributaria.
b) Todas las practicadas por la inspección de los tributos.
c) Todas aquellas dictadas por los órganos de gestión o inspección siempre que se haya concedido previamente al interesado un trámite de alegaciones.


La 13 dan por buena en Alf (el dpto.) la "C"

Desconectado medved

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #44 en: 04 de Septiembre de 2020, 13:02:44 pm »
Estimado alumno:

En primer lugar, le aclaro que la numeración de sus preguntas puede ser distinta de la del resto de sus compañeros.

En segundo, la transcripción de la pregunta que ha hecho en el Foro no es exacta. Puede contrastarlo con su examen a las 24 horas de realizarlo.

La pregunta a la que se refiere tenía esta redacción, la cual es cual correcta y no induce a error alguno:

“Según la Ley General Tributaria, es sujeto pasivo:

a) Solo quien realiza el hecho imponible.

b) Cualquier sujeto que asuma por ley la posición del deudor tributario.

c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.”

Finalmente, la respuesta correcta es la C.

La A es incorrecta pues sujeto pasivo pueden ser el contribuyente (quien realiza el hecho imponible) y el sustituto.

La B es incorrecta pues solo son sujetos pasivos el contribuyente y el sustituto y no cualquier otro deudor como el responsable o el retenedor.

Un saludo

Desconectado Paquinpa

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #45 en: 04 de Septiembre de 2020, 13:07:46 pm »
Acabo de entrar en Avex y ahora pone que el examen se podrá ver en 72 horas, no era hoy cuándo se podría ver la plantilla (a las 48 horas de realizarlo) cuándo cambiaron a las 72 horas?  :'(

Desconectado medved

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #46 en: 04 de Septiembre de 2020, 13:18:34 pm »
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Acabo de entrar en Avex y ahora pone que el examen se podrá ver en 72 horas, no era hoy cuándo se podría ver la plantilla (a las 48 horas de realizarlo) cuándo cambiaron a las 72 horas?  :'(

pues lo han cambiado esta mañana, y parece que durante parte de la mañana de hoy seguía poniendo 48 horas, deduzco de comentarios leídos en alf en otra asignatura.

Desconectado Paquinpa

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #47 en: 04 de Septiembre de 2020, 13:19:31 pm »
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pues lo han cambiado esta mañana, y parece que durante parte de la mañana de hoy seguía poniendo 48 horas, deduzco de comentarios leídos en alf en otra asignatura.

Osea que hoy no veremos la plantilla  :-\ :-\

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #48 en: 04 de Septiembre de 2020, 14:28:37 pm »
De las preguntas que habéis puesto también me coinciden 6 o 7 y en ellas algunas no coincidimos y visto lo visto seguirá habiendo dudas hasta que el ED no de su respuesta... en los precios públicos me sonaba el 90%, en fin que el examen (como otros) se las traía y ni con materiales de apoyo ni con nada...tiempo justo para contestar y  con dudas sobre la respuesta correcta, asi que dadas las circunstancias con un 5 me daré por conforme. Suerte y animo a todos

Desconectado Alfonso83

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #49 en: 04 de Septiembre de 2020, 20:27:14 pm »
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De las preguntas que habéis puesto también me coinciden 6 o 7 y en ellas algunas no coincidimos y visto lo visto seguirá habiendo dudas hasta que el ED no de su respuesta... en los precios públicos me sonaba el 90%, en fin que el examen (como otros) se las traía y ni con materiales de apoyo ni con nada...tiempo justo para contestar y  con dudas sobre la respuesta correcta, asi que dadas las circunstancias con un 5 me daré por conforme. Suerte y animo a todos

El  90% del coste que la entidad local soporte por la realización de las obras o el establecimiento o ampliación de los servicios en el caso de las contribuciones especiales.

Desconectado Friedlex

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #50 en: 04 de Septiembre de 2020, 23:09:56 pm »
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Alguien ha tenido la de ingresos a cuenta? No recuerdo el enunciado ni las opciones

Yo tuve una sobre la actividad del empresario, y me daba la opción entre ingreso a cuenta, pago fraccionado o retención. Yo puse pago fraccionado, pero no la tengo todas conmigo.

Y respecto a la de precios públicos, puse que era el precio mínimo debía ser el coste. El tema del 90% es como efectivamente dice el compañero, en caso de contribuciones especiales.

Desconectado joanso

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #51 en: 05 de Septiembre de 2020, 06:26:23 am »
Buenos días: YA se puede ver el examen con las respuestas. A mi entender no ha sido un examen fácil. En mi caso lo he superado. Suerte a tod@s.

Desconectado Starfiona

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #52 en: 05 de Septiembre de 2020, 09:53:33 am »
Una menos, pero en el procedimientos he patinado con un 4.70, como en Junio. :-\

Desconectado stylus666

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #53 en: 05 de Septiembre de 2020, 10:19:45 am »
Ya están disponibles las soluciones a los exámenes! Una pregunta cuando se abre el plazo para reclamar o impugnar las notas; es que hay preguntas y respuestas en financiero 1 que considero que no son correctas, vamos que me gustaría revisar el examen, alguno sabe cómo hacerlo? Es que nunca lo he hecho pero está oportunidad no puedo dejar pasarla, muchas gracias y por supuesto suerte a todos!!

Desconectado JuanGO

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #54 en: 05 de Septiembre de 2020, 10:41:49 am »
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Ya están disponibles las soluciones a los exámenes! Una pregunta cuando se abre el plazo para reclamar o impugnar las notas; es que hay preguntas y respuestas en financiero 1 que considero que no son correctas, vamos que me gustaría revisar el examen, alguno sabe cómo hacerlo? Es que nunca lo he hecho pero está oportunidad no puedo dejar pasarla, muchas gracias y por supuesto suerte a todos!!

Ahora se hace a través de la web: Uned -> Campus estudiante -> Calificaciones -> Revisa tus exámenes

De todos modos tenga en cuenta que a lo mejor aún no se ha abierto el plazo para reclamar.

Un saludo y suerte.
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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #55 en: 05 de Septiembre de 2020, 10:56:25 am »
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Ya están disponibles las soluciones a los exámenes! Una pregunta cuando se abre el plazo para reclamar o impugnar las notas; es que hay preguntas y respuestas en financiero 1 que considero que no son correctas, vamos que me gustaría revisar el examen, alguno sabe cómo hacerlo? Es que nunca lo he hecho pero está oportunidad no puedo dejar pasarla, muchas gracias y por supuesto suerte a todos!!

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #56 en: 05 de Septiembre de 2020, 11:18:46 am »
Si, ya parece que han subido las correcciones en Avex a todos, menos mal, después de lo mal que lo pasé en el examen no sabía cómo iba a aguantar hasta la tarde para que salieran. Una menos  :) el examen me pareció complicado, y se complica más por el tiempo tan justo que hay. Suerte a todos!

Desconectado Alfonso83

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #57 en: 05 de Septiembre de 2020, 11:37:21 am »
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Estas fueron mis 15 preguntas. Pongo en negrita la que yo marqué:

1.- Los precios públicos:

a) Por regla general no pueden superar el coste del servicio.
b) Por regla general deben cubrir al menos el coste del servicio.
c) Por regla general no pueden superar el 90% del coste del servicio.

2.- Las tasas:

a) Pueden exigiste por la utilización de cualquier tipo de bienes cuya titularidad corresponde a una Administración pública.
b) Pueden exigirse por la utilización privativa del dominio público.
c) Pueden exigirse por la simple utilización del dominio público, aunque no sea privativa ni suponga un aprovechamiento especial de aquel.

3.- Las prestaciones patrimoniales de carácter público:

a) Son una de las especies de tributo.
b) Con un ingreso público.
c) Son una de las modalidades de las tasas.

4.- Según el Tribunal Constitucional español, el principio de igualdad en material tributaria:

a) Agota su contenido en el principio de capacidad económica.
b) Es un mero principio programático.
c) Se enciende como prohibición de discriminaciones arbitrarias.

5.- ¿Puede un Decreto-Ley habilitar a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para modificar un tributo?

a) Sí, cualquiera que sea el alcance de la modificación.
b) No está claro, pues carecemos e un pronunciamiento expreso del Tribunal Constitucional.
c) Sí, pero siempre que se trate de modificaciones poco profundas o relevantes.

6.- En material financiera y tributaria requiere autorización por Ley Orgánica:

a) Aquellos tratados en los que se atribuya a una institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución.
b) Todos los tratados internacionales que afecten a esas material sin excepción.
c) Exclusivamente aquellos tratados internacionales que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública española.

7.- Los términos empleados en las normas tributarias:

a) No se deben interpretar aplicando los criterios establecidos en el art. 3.1 del Código Civil.
b) Se entenderán conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda.
c) Se entenderán de acuerdo a su significado jurídico definido por otras ramas del Derecho.

8.- Las liquidaciones se se practiquen por expedientes que declaren la existencia de un conflicto de aplicación de norma tributaria:

a) Incluirán liquidación de intereses de demora.
b) Pueden dictarse sin previo informe favorable de la Comisión consultiva.
c) No incluirán intereses de demora pero sí propuestas de sanción.

9.- ¿Puede una Comunidad Autónoma establecer un tributo sobre una material reservada legalmente a las Corporaciones Locales?

a) No.
b) Sí, peor tiene que establecer medidas de compensación.
c) Sí, sin condición algunas.

10.- Imagines un impuesto autonómico que grave los servicios de alojamiento prestados por los hoteles, pensiones o casas de huéspedes radicados en la Comunidad Autónoma. La Ley señala que no exige el impuesto a los servicios de alojamiento en zonas rurales económicamente poco desarrolladas . ¿Cómo calificaría esta última figura?

a) Exención tributaria.
b) Beneficio fiscal rogado.
c) Supuesto de no sujeción.

11.- La normativa diferencia entre cuota íntegra, cuota líquida y cuota diferencial. ¿Cuál de ellas constituye el objeto de la obligación tributaria principal o, en otras palabras, cuál cuantifica la aportación total del contribuyente al sostenimiento de los gastos públicos a través del tributo de que se trate?

a) La cuota diferencial.
b) La cuota íntegra.
c) La cuota líquida.      Esta es la que más dudas me surge.

12.- ¿En qué casos de responsabilidad puede esta extenderse también a las sanciones impuestas al anterior sujeto pasivo?

a) Esto nunca es posible por el principio constitucional de personalidad de la pena.
b) Solo en el caso de colaboración en la comisión de la infracción tributaria.
c) Puede darse tanto en supuesto de responsabilidad solidaria como de responsabilidad subsidiaria.

13.- Según la Ley General Tributaria, es sujeto pasivo:

a) Solo quien realiza el hecho imponible.
b) Cualquier sujeto que asuma por ley la posición del deudor tributario.
c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.

14.- Las presunciones legales:

a) Serán iuris tamtum salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
b) Serán iruis et de iure salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
c) Serán iuris tamtum siempre que favorezca al obligado.

15.- Son liquidaciones definitivas:

a) Las que se han practicado previa y completa comprobación inspectora de la totalidad de los elementos determinantes de la obligación tributaria.
b) Todas las practicadas por la inspección de los tributos.
c) Todas aquellas dictadas por los órganos de gestión o inspección siempre que se haya concedido previamente al interesado un trámite de alegaciones.

Deciros que de las que puse, en la 5 la correcta es la b), en la 12 es la c) y en la 13 es la c). Las demás son las que puse.

Desconectado pandi

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #58 en: 05 de Septiembre de 2020, 11:51:39 am »
En serio te han dicho tasa? Yo puse tasa y al ver el examen corregido pone que la correcta es precio público. Me podéis decir cómo pedir revisión??

Desconectado Paquinpa

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I (1): Introducción SEPTIEMBRE 2019/2020
« Respuesta #59 en: 05 de Septiembre de 2020, 12:11:14 pm »
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En serio te han dicho tasa? Yo puse tasa y al ver el examen corregido pone que la correcta es precio público. Me podéis decir cómo pedir revisión??

¿Cuál era la pregunta?