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Autor Tema: Contencioso-administrativo  (Leído 2060 veces)

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Contencioso-administrativo
« en: 04 de Abril de 2007, 12:03:38 pm »
Creo haber leído en alguna parte, que a pesar de que el artículo 71 de la Ley 29/1998 (LJCA), dice que el tribunal no podrá determinar como habrán de quedar redactados los preceptos de las disposiciones generales, ni el contenido discrecional de los actos anulados, el Tribunal Supremo viene admitiendo, en materia de contatos administrativos lo contrario, cuando existan razones objetivas que se deduzcan de las pruebas aportadas al propio proceso.

La pregunta es si alguien conoce alguna sentencia por la que el tribunal además de anular el acto por ser contrario a derecho, sustituya la voluntad de la administración, y establezca como ha de quedar redactado.