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Autor Tema: preescrito de multa  (Leído 1487 veces)

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Desconectado rakuten

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preescrito de multa
« en: 16 de Diciembre de 2015, 13:21:10 pm »
Hola, me multaron por una tenencia de marihuana minima que habia en el coche y ni era mia, ademas fue un registro totalmente ilegal ya que estaba con el coche parado donde mi novia hablando con ella, bueno pues he recurrido todo por haber hasta el recurso de alzada y nada, me dicen que tengo que pagar y eso que era una minima cantidad, 0,72g y bueno he mirado fechas y cuando me mandaron el acuerdo de iniciacion fue el 02/06/2015 sin contar lo que tarde a cogerla y hoy me llego el remitido resolucion recurso alzada a fecha 4/12/1015, puedo hacer algo? pasaron los 6 meses, no deberia haber preescrito, que puedo hacer. gracias


Desconectado zuspi

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Re:preescrito de multa
« Respuesta #1 en: 18 de Diciembre de 2015, 16:54:25 pm »
Voy a confesarte que contestarte no es porque justamente vaya en sintonía sobre lo que opino de tu exposición del caso.

Pero exclusivamente mirando la parte jurídica, creo que desconoces muy profundamente del procedimiento sancionador administrativo.

Confundes prescripción con caducidad, confundes instruccción con impugnación.
Confundes un caso práctico, con una justificación de los hechos que no pinta bien.

Puestos al caso, y que conste por seguir el aspecto práctico del tema y que pudiera interesar a algun compañero, cometar:

Cuando un Agente de la autoridad ejerce una postestad de su competencia, sus hechos denunciados suponen una presunción de veracidad, aunque esta no es absoluta, ya que permite la prueba en contra. Es algo como que quien tiene que demostrar su inocencia es el denunciado (inversión de la carga de la prueba), y no puede ser de otra forma, porque si tuviese el mismo valor lo manifestado por el denunciado que el denunciante, nunca se podria ejercer la llamada autotutela de la administración.
Si esta el hachis en el coche  y no era tuya ni de tu novia, di a la administración el autor de la infracción y ya está porque las infracciones son para los autores.
Que el registro de un coche es ilegal, no se nuevamente de donde sacas esta información. Los agentes de la autoridad en el cumplimiento de su deber, puede realizar las actividades de investigación que consideren necesarias, siempre con los limites legales correspondientes, donde no cabe la arbitrariedad.Que hayan detectado la droga, es una evidencia de que había indicios para realizar esta actividad de registro de un vehículo.
En cuanto a la prescripción, depende del tipo de falta que sea (leve, grave...). Caso de ser leve habría que estar a lo dispuesto en la ley de seguridad ciudadana. No obstante, recordarte que estos plazos se interrumpen cuando la administración se dirige hacia el denunciado, y que por tanto estos supuestos plazos no se habrían cumplido ya que al parecer te ha dado tiempo para presentar recurso de alzada.
Y finalmente, no hay prescripción en los medios de impuganción. Habrá silencio, o inactividad y como mucho, el término al que te refieres pueda parecerse mas a la caducidad que tampoco viene al caso, tal y como lo expones.

En definitiva, si no quieres que te denuncien mira quien se monta en tu coche y asegurate de que no te dejen droga, porque luego se hace muy dificil evitar la sanción. Por cierto si no pagas, probablemente te embarguen alguna cuenta o bien.

Un saludo a todos los foreros.


Desconectado mnieves

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Re:preescrito de multa
« Respuesta #2 en: 18 de Diciembre de 2015, 19:59:45 pm »
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Hola, me multaron por una tenencia de marihuana minima que habia en el coche y ni era mia, ademas fue un registro totalmente ilegal ya que estaba con el coche parado donde mi novia hablando con ella, bueno pues he recurrido todo por haber hasta el recurso de alzada y nada, me dicen que tengo que pagar y eso que era una minima cantidad, 0,72g y bueno he mirado fechas y cuando me mandaron el acuerdo de iniciacion fue el 02/06/2015 sin contar lo que tarde a cogerla y hoy me llego el remitido resolucion recurso alzada a fecha 4/12/1015, puedo hacer algo? pasaron los 6 meses, no deberia haber preescrito, que puedo hacer. gracias

El plazo para resolver el procedimiento de la Ley 1/1992 es el mismo que el de la LRJPAC, seis meses, el primer día del cómputo para contar ese plazo es aquél en que se dictó el acto, es decir, no el día que recogiste la notificación; el dies ad quen o plazo en que se da por finalizado el procedimiento y el cómputo para la caducidad del mismo, es aquél en que recoges la notificación de la resolución con la sanción, es decir, en ese plazo de seis meses tal y como yo he contado los plazos se considera el plazo total de resolución.

Debes de solicitar la caducidad, porque siendo esa la fecha el plazo ha caducado, por poco, pero ha caducado, y en ese sentido has de solicitar la caducidad, tiempo perdido para el funcionario que haya tramitado el procedimiento, pero es así.

Otra cosa es que como la infracción es grave y el plazo de prescripción es de dos años, pues te volverán a iniciar otro, pero por mucho que te hayan cogido, aunque fuese el culo de un porro en el coche, tenemos el derecho a nuestra defensa, y ése no hay quien nos lo quite; que los funcionarios estén más al quite en lugar de tanta charla, los veo en mi administración, y son los mejores mirados, triste la experiencia pero es así, en la gran mayoría, después cuando una pide trabajo porque no le gusta estar de cháchara ni de mesa en mesa, se burlan los políticos y hasta los compañeros.

¡¡¡¡Da algo de trabajo, solicita la caducidad (recuerda, no ha prescrito, eso es para el plazo de la comisión de los hechos) del procedimiento y así se molestan en tener que iniciar otro!!!!

Saludos

Desconectado mnieves

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Re:preescrito de multa
« Respuesta #3 en: 18 de Diciembre de 2015, 20:02:22 pm »
Bueno todo lo dichos es una parrafada que en tu caso no tiene solución; si lo que has recogido es la resolución del recurso de alzada, qué es lo que vas a reclamar; ya sabes en el coche ni un porro, y si puede ser en tu vida, mejor; no se saca nada bueno de eso, es tirar el dinero, las oportunidades y hasta tu vida.

Desconectado rakuten

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Re:preescrito de multa
« Respuesta #4 en: 22 de Diciembre de 2015, 17:22:13 pm »
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El plazo para resolver el procedimiento de la Ley 1/1992 es el mismo que el de la LRJPAC, seis meses, el primer día del cómputo para contar ese plazo es aquél en que se dictó el acto, es decir, no el día que recogiste la notificación; el dies ad quen o plazo en que se da por finalizado el procedimiento y el cómputo para la caducidad del mismo, es aquél en que recoges la notificación de la resolución con la sanción, es decir, en ese plazo de seis meses tal y como yo he contado los plazos se considera el plazo total de resolución.

Debes de solicitar la caducidad, porque siendo esa la fecha el plazo ha caducado, por poco, pero ha caducado, y en ese sentido has de solicitar la caducidad, tiempo perdido para el funcionario que haya tramitado el procedimiento, pero es así.

Otra cosa es que como la infracción es grave y el plazo de prescripción es de dos años, pues te volverán a iniciar otro, pero por mucho que te hayan cogido, aunque fuese el culo de un porro en el coche, tenemos el derecho a nuestra defensa, y ése no hay quien nos lo quite; que los funcionarios estén más al quite en lugar de tanta charla, los veo en mi administración, y son los mejores mirados, triste la experiencia pero es así, en la gran mayoría, después cuando una pide trabajo porque no le gusta estar de cháchara ni de mesa en mesa, se burlan los políticos y hasta los compañeros.

¡¡¡¡Da algo de trabajo, solicita la caducidad (recuerda, no ha prescrito, eso es para el plazo de la comisión de los hechos) del procedimiento y así se molestan en tener que iniciar otro!!!!

Saludos

muchas gracias, la minima cantidad que habia a saber de cuando seria, yo no fumo y habia leido que podia someterme a unos analisis durante nose cuanto tiempo, pero esto es un pueblo y tampoco es que me haya informado mucho, crei que podia hacer algo por evitarla, lo de la caducidad puedo hacerlo? o cuando recibi la respuesta del recurso de alzada ya no entraba en ese plazo de tiempo,
muchas gracias por aberme contestado

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Re:preescrito de multa
« Respuesta #5 en: 27 de Diciembre de 2015, 22:22:46 pm »
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muchas gracias, la minima cantidad que habia a saber de cuando seria, yo no fumo y habia leido que podia someterme a unos analisis durante nose cuanto tiempo, pero esto es un pueblo y tampoco es que me haya informado mucho, crei que podia hacer algo por evitarla, lo de la caducidad puedo hacerlo? o cuando recibi la respuesta del recurso de alzada ya no entraba en ese plazo de tiempo,
muchas gracias por aberme contestado

Hola

No, la caducidad se puede alegar si no ser resuelve en el plazo que te he comentado, seis meses, siendo el comienzo el día que se dicta el acto de inicio, y el final el día que te llega la resolución del procedimiento imponiendo la sanción.

Si lo que has interpuesto ha sido recurso de alzada a la resolución del procedimiento eso es porque han resuelto en tiempo, supongo.

Hay un artículo en la Ley 1/92, que si como indicas no tomas nada de nada, puede durar poco el "lo llamo tratamiento". el art. 25.2 recoge los supuestos de suspensión de la sanción pecuniaria por un tratamiento de deshabituación en un centro público, que puede ser cualquiera; te hacen unas analíticas, y el personal médico y facultativos que te miren dirán el plazo de curación; no sé si te vendrá bien, lo mínimo que en Huelva pedía la Subdelegación del Gobierno era 1 año, cuando en mis tiempos en el Ayuntamiento, en esos ocho años los tramité, yo no ponía límite, sino el que me aconsejaban; cada dos meses me enviaban el informe de que acudía a las charlas y demás, hasta que se terminaba y archivaba el expediente; en caso contrario de informe negativo, imponía la multa, pues la suspensión podía ser revocada si la medida no se cumplía.

No sé cómo te vendrá, en un Municipio de no más de 20.000 habitantes la norma es claramente discriminatoria (para los que pillen en otro sitio), pues es una infracción grave, y lo máximo que se impone de multa son 150 euros, cuando para tal infracción la sanción tiene un marco abstracto de 300,51 euros a 30.000 euros. Es decir que un porrillo pillado en mi pueblo lo máximo a pagar por la sanción son 150 euros, y en Huelva capital he vista hasta sanciones de 3000 euros, aunque últimamente la Guardia Civil me las enviaba al Ayuntamiento, sólo sancionaban por más de 7 gramos de cannabis, o por otras sustancias psicotrópicas.

Suerte y feliz año, próximo.

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Re:preescrito de multa
« Respuesta #6 en: 28 de Diciembre de 2015, 18:09:16 pm »
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Hola

No, la caducidad se puede alegar si no ser resuelve en el plazo que te he comentado, seis meses, siendo el comienzo el día que se dicta el acto de inicio, y el final el día que te llega la resolución del procedimiento imponiendo la sanción.

Si lo que has interpuesto ha sido recurso de alzada a la resolución del procedimiento eso es porque han resuelto en tiempo, supongo.

Hay un artículo en la Ley 1/92, que si como indicas no tomas nada de nada, puede durar poco el "lo llamo tratamiento". el art. 25.2 recoge los supuestos de suspensión de la sanción pecuniaria por un tratamiento de deshabituación en un centro público, que puede ser cualquiera; te hacen unas analíticas, y el personal médico y facultativos que te miren dirán el plazo de curación; no sé si te vendrá bien, lo mínimo que en Huelva pedía la Subdelegación del Gobierno era 1 año, cuando en mis tiempos en el Ayuntamiento, en esos ocho años los tramité, yo no ponía límite, sino el que me aconsejaban; cada dos meses me enviaban el informe de que acudía a las charlas y demás, hasta que se terminaba y archivaba el expediente; en caso contrario de informe negativo, imponía la multa, pues la suspensión podía ser revocada si la medida no se cumplía.

No sé cómo te vendrá, en un Municipio de no más de 20.000 habitantes la norma es claramente discriminatoria (para los que pillen en otro sitio), pues es una infracción grave, y lo máximo que se impone de multa son 150 euros, cuando para tal infracción la sanción tiene un marco abstracto de 300,51 euros a 30.000 euros. Es decir que un porrillo pillado en mi pueblo lo máximo a pagar por la sanción son 150 euros, y en Huelva capital he vista hasta sanciones de 3000 euros, aunque últimamente la Guardia Civil me las enviaba al Ayuntamiento, sólo sancionaban por más de 7 gramos de cannabis, o por otras sustancias psicotrópicas.

Suerte y feliz año, próximo.

muchas gracias nuevamente, mañana ire a la agencia tributaria a ver si me la fraccionan ya que no veo otra solucion, esto es un pueblo con 5000 habitantes contando los pueblos de alrededor asi que imaginate, nos conocemos todos y como ya dije saben que yo no fumo pero bueno, y la multa como dices a mi me a llegado de 301€.

Muchas gracias y Feliz año.  :)