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Autor Tema: A las parejas de hecho  (Leído 1768 veces)

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Desconectado UMA

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A las parejas de hecho
« en: 18 de Junio de 2007, 12:35:44 pm »
Hola compañeros! Agradecería enormemente a alguna pareja de hecho que haya por ahí que seguro está muy puest@ en tema, me informase en cuales son las diferencias de derechos y obligaciones con respecto a un matrimonio civil. Como supongo que os pasa a muchos de vosotros estoy terminando y mis amigos me vuelven la cabeza loca con consultas y quiero contestarlas lo mejor posible asi que si alguien me da datos concretos, entre todos vamos practicando, yo mientras seguiré buscando informacion. Enternamente agradecida y un abrazo a todos.


Desconectado UMA

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Re: A las parejas de hecho
« Respuesta #1 en: 19 de Junio de 2007, 12:11:09 pm »
He estado buscando información y he sacado varias conclusiones que si alguien me puede confirmar que sean correctas me ayudaría un monton: pues bien segun he leido el matrimonio civil y la inscripcion como pareja de hecho en el correspondiente registro creado para tal efecto, tienen reconocidos los mismos derechos excepto en el tema de la pension de viudedad y sobre los efectos concretos que produce el matrimonio relativos a la elecccion de un regimen de bienes, separación o gananciales, y sobre los efectos que tiene la ruptura del mismo, como la posibilidad de una indmenización o pension compensatoria, aunque ese tema puede ser solventado acudiendo a un Notario que recoja las estipulaciones que la pareja de hecho quieran formalizar y luego estas pueden quedar reflejadas en el Registro o mediante un contrato privado formalizado por la pareja de hecho. En cuanto a la Ley de parejas de hecho lo que me ha parecido buscando información es que es objeto de regulación distinta segun las Comunidades Autonomas y si alguien me puede aclarar esto me ayudaria enormemente pues mi duda es, existe una regulación estatal y un desarrollo autonomico o unicamente una regulación distinta segun la Comunidad Autonoma donde se quiera uno registrar, cuanto mas leo mas loca me vuelvo! Gracias a todos  de antemano.

Desconectado Pedro.v

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Re: A las parejas de hecho
« Respuesta #2 en: 19 de Junio de 2007, 22:37:42 pm »
Sería interesante saber la Comunidad Autónoma que te interesa, pues las normas aplicables a las parejas de hecho están en su mayor parte dictadas por los Legislativos Autonómicos. A nivel nacional hay algunas, puede citarse como ejemplo el derecho de mantenimiento de arrendamiento de la vivienda que contempla la LAU, y según creo, para otros derechos equiparables a los cónyuges, habría que estar a la jurisprudencia que va sentando el Tribunal Constitucional. Desde luego el derecho de compensación por desequilibrio económico causado por separación o divorcio, es inaplicable según dice la Sala de lo Civil del TS en su sentencia 611/2005.