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Autor Tema: Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales  (Leído 6875 veces)

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Desconectado Alex__

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Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« en: 20 de Febrero de 2016, 00:47:17 am »
Buenas noches:

    En el proceso de la liquidacion de gananciales de un matrimonio. ¿Es posible incluir la deudas pendientes de compesar entre el matrimonio? por ejemplo, plazas de la hipoteca, préstamos entre ellos, etc.

Gracias

Saludos


Desconectado widowson

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #1 en: 20 de Febrero de 2016, 11:42:00 am »
Buena pregunta. La semana pasada en mi despacho nos lo impidieron en una liquidación de gananciales. El lunes te cuento con más detalle.
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Desconectado Alex__

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #2 en: 20 de Febrero de 2016, 12:32:45 pm »
Gracias widowson, espero tus noticias

Desconectado zuspi

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #3 en: 20 de Febrero de 2016, 15:52:15 pm »
La compensación en ganaciales esta prevista en el código civil, no hay ningún problema, si dos personas tienen creditos y deudas respectivamente.Es mas es lo mas habitual, siempre hay cosas tuyas y mias, etc... Si no fuese así existirían numerosas comunidades de bienes tras las separaciones y litigios por disconformidad con el reparto y esa no es la realidad.
Lo que no se puede compensar es la pensión alimenticia de los hijos, porque son de tercera persona y no de los padres.
Un saludo.

Desconectado Alex__

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #4 en: 20 de Febrero de 2016, 16:25:48 pm »
Gracias zuspi, entiendo que en el inventario de la liquidacion de los ganaciales de u matrimonio se pueden incluir las deudas que hayan pendientes entre los conyuges debidamente acreditas.

Saludos

Desconectado zuspi

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #5 en: 20 de Febrero de 2016, 17:34:10 pm »
Es así, y no puede ser de otra forma. Imaginate todas las separaciones que hay y que no se pueda compensar, sería un follón. De otra parte, si no hay compensación como se haría, un solución mucho mas compleja seguro.

Un saludo, si te hace falta el articulo del código civil, dímelo pero será fácil encontrarlo sabiendo lo que buscas.

Desconectado Alex__

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #6 en: 20 de Febrero de 2016, 17:50:21 pm »
Si por favor, indicame que artículo o artículos son.

Gracias

Desconectado widowson

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #7 en: 20 de Febrero de 2016, 19:31:41 pm »
Yo, nunca diría en derecho "es así y no puede ser de otra manera" porque luego te llevas sorpresas en los tribunales.
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Desconectado MaríaLex

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #8 en: 03 de Marzo de 2016, 14:08:13 pm »
En efecto, no está tan claro.
En principio cuando el código civil habla de compensaciones lo está haciendo referido a deudas propias de los cónyuges con la sociedad de gananciales. Las deudas privadas de cada uno con el otro es ajena a la masa ganancial y a las operaciones particionales

Desconectado widowson

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #9 en: 03 de Marzo de 2016, 19:49:40 pm »
Exacto compañera.
Yo tengo ahora mismo delante los dos casos. Uno en que han admitido las deudas de uno de los cónyuges con el otro y otro en el que dicen que las deudas de uno con el otro son ajenas a la liquidación de gananciales y han de ir en otro procedimiento.
Como siempre, el derecho no son matemáticas y hay cosas que están sujetas a interpretación.
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Desconectado Alex__

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #10 en: 06 de Marzo de 2016, 13:07:21 pm »
Gracias widowson por tu respuesta,

   El caso es que un cónyuge pagó parte de la reforma y del ajuar de una vivienda privativa del otro conyuge y ahora al hacer la liquidación quiere compensarlo. Entiendo que hay que meterlo en la liquidación y a ver que pasa.

Saludos

Desconectado widowson

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #11 en: 06 de Marzo de 2016, 13:11:24 pm »
Si, yo lo metería y si te lo admiten, bien.
En este caso entiendo que se pagó con dinero ganancial, por tanto es una deuda de uno de los cónyuges con la sociedad de gananciales. En este caso sí que sería de aplicación. No es de uno de los cónyuges con el otro sino de uno con la sociedad ganancial.
¿o lo hicieron antes de que estuviera constituida la sociedad ganancial?
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Desconectado Alex__

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #12 en: 06 de Marzo de 2016, 16:27:23 pm »
Alguna de las deudas se generaron después de que hicieran separación de bienes aunque seguían casados y otras son de antes de casarse que es cuando empieza la sociedad de gananciales. ¿Meterías estas deudas en el inventario?

Desconectado widowson

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #13 en: 06 de Marzo de 2016, 18:02:56 pm »
si hay separación de bienes, no es constante sociedad ganancial, por tanto es otra cosa.
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Desconectado abogado M

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #14 en: 06 de Marzo de 2016, 18:29:32 pm »
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Alguna de las deudas se generaron después de que hicieran separación de bienes aunque seguían casados y otras son de antes de casarse que es cuando empieza la sociedad de gananciales. ¿Meterías estas deudas en el inventario?

   Si ya hicieron separación de bienes, ¿De qué liquidación de gananciales estás hablando que hacen ahora?
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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #15 en: 06 de Marzo de 2016, 19:08:58 pm »
De todos los bienes que adquirieron estando casados en régimen de gananciales abogadodemafioso.

Por ejemplo, estando casados y después de hecha la separación de bienes uno de los cónyuges pago gran parte de ajuar doméstico y la rehabilitación de una vivienda privativa del otro cónyuge.
¿Puedo esto incluirse en la liquidación de gananciales?

Desconectado abogado M

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #16 en: 06 de Marzo de 2016, 19:24:14 pm »
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De todos los bienes que adquirieron estando casados en régimen de gananciales abogadodemafioso.

   Pues es que esos bienes ya habrán quedado repartidos en la separación de bienes. ¿Qué reparto pretendes hacer ahora otra vez con ellos?

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Por ejemplo, estando casados y después de hecha la separación de bienes uno de los cónyuges pago gran parte de ajuar doméstico y la rehabilitación de una vivienda privativa del otro cónyuge.
¿Puedo esto incluirse en la liquidación de gananciales?

   1º.- Es imposible pretender hacer una liquidación de gananciales cuando se tiene el régimen de separación de bienes. No hay ningún bien ganancial. Todo se repartió al hacer la separación de bienes.

   2º.- Ese pago al que te refieres, puesto que se hizo bajo el régimen de separación de bienes, se considera una liberalidad de un cónyuge en favor del otro. Y punto pelota.
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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #17 en: 06 de Marzo de 2016, 20:37:35 pm »
Cuando este matrimonio hizo la separación de bienes no liquidó la sociedad de gananciales, seguían teniendo bienes comunes que ahora liquidan (vivienda, ajuar doméstico, etc.)
Las dudas vienen en que forma parte de la sociedad de gananciales y que no. Si el ajuar comprado por un cónyuge (cuando ya estaban en separación de bienes) que está en la vivienda privativa del otro cónyuge debe incorporarse al inventario de la liquidación.

Desconectado abogado M

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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #18 en: 06 de Marzo de 2016, 21:28:40 pm »
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Cuando este matrimonio hizo la separación de bienes no liquidó la sociedad de gananciales, seguían teniendo bienes comunes que ahora liquidan (vivienda, ajuar doméstico, etc.)

   Perfecto. Pero eso ya no es una liquidación de bienes gananciales porque la sociedad de gananciales ya no existe. Si en la separación de bienes se dijo algo así como "este bien es para fulano y el otro es para mengana", pues no hay problema, el bien es de quien dice la separación de bienes que es. Si el bien no se adjudicó enteramente a uno de los cónyuges en la separación, estamos ante una comunidad pro indiviso y ahora lo que se quiere hacer es una liquidación de un bien que pertenece a ambos. Se vende, cada uno recibe su parte y ya está.

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Las dudas vienen en que forma parte de la sociedad de gananciales y que no. Si el ajuar comprado por un cónyuge (cuando ya estaban en separación de bienes) que está en la vivienda privativa del otro cónyuge debe incorporarse al inventario de la liquidación.

   No hay ninguna duda sobre lo que forma parte de la sociedad de gananciales. NADA forma parte de la sociedad de gananciales porque dicha sociedad dejó de existir. Ese ajuar y el resto del dinero es una liberalidad de un cónyuge en favor del otro. Se lo regaló. Y punto pelota.
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Re:Compensacion de deudas en la liquidación de gananciales
« Respuesta #19 en: 06 de Marzo de 2016, 21:33:21 pm »
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Jojojojojo licenciado en derecho dice, y no sabe la diferencia entre el régimen económico matrimonial de  separación de bienes y una liquidación de gananciales.
Si es que no se puede ser más tonto.
El limpiamesas del juzgado, que no sabe lo que son unas capitulaciones, parece.

   Y tú, leguleyo, no dejes de escribir cosas como esta, que es bueno que todo el mundo te cale. ¿Quién es el que no es capaz de distinguir conceptos básicos de Derecho de Familia? Tú, que te sacaste la carrera tirando de pinganillo en el examen. Por eso escribes las sandeces que escribes.
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