Hay que mirar la normativa autonómica. En la CAM la Ley sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. También la nueva Ley de Seguridad Ciudadana.
Según esté regulado, en la vía pública, y salvo en terrazas y veladores de locales autorizados, o, en días feriados de la localidad, NO se puede ingerir alcohol.
La denuncia por agentes, salvo en el caso de que sea por Seguridad Vial y notificada inmediatamente al supuesto infractor, no es inicio del procedimiento, siendo lo preceptivo la notificación de éste, no de la mera denuncia.
Tendrás que esperar a que la Autoridad Instructora proceda a comunicarse contigo, en calidad de interesado/presunto infractor.
Suerte.