Buenas tardes,
Me sorprende que se hubiese hecho, ya sea de manera conjunta o judicial, un arreglo tan genérico sin hacer referencia a las fechas verano-invierno, vacaciones, días festivos, etc. Aún así, personalmente, lo interpreto al igual que usted... pues siempre se mira por el beneficio del menor haciendo uso de "su horario" y no el de los adultos, con lo que el periodo invierno-verano coinciden tanto para el menor como en los adultos. Cosa distinta si hablaramos de las vacaciones, que se haría referencia a las del menor (3 meses) y no a la de los adultos.