Puesto que no entiendo nada de juzgados explico como fue todo:
Somos demandados y nos piden una cantidad mediante un tocho de folios el cual hay que recojer al juzgado.
Los demandantes lo metieron por el juzgado ya que antes por las buenas no consiguieron nada con mi madre, que era la que vendio algo expropiado a estos, y los demandantes pagaron para poder hacerlo suyo, gastos que en primer lugar extrajudicialmente pedian a mi madre y luego judicialmente a los herederos, ya despues del fallecimiento de esta.
Los abogados llegan a un acuerdo y efectuan un acuerdo extrajudicial el cual se firma primero por la demandante y luego por nosotros en el despacho de la abogada.
Yo firmo a nombre del otro codemandado pues no podia personarse y con el visto bueno de la abogada firme a su nombre por el.
La abogada nos dio recibo del dinero que entregamos y en el pone se lo daria a la procuradora, la cual en ese momento no estaba.
No se hizo nada delante del juez, por lo menos ningun codemandado lo hizo, desconozco lo que la parte demandante pudiese o no entregar en el juzgado.
En la escritura de adjudicacion de herencia pone que nos hacemos cargo a partes iguales de la deuda segun consta en el acuerdo que pone fin al proceso judicial, y esto lo firmo tambien quien me dijo q dicho acuerdo lo firmase yo por el. Con esto entonces lo que firma es que esta de acuerdo con ello? Si firma que se hace cargo del pago de su parte, podria ahora pedirme que se la devuelva por cualquier pega que diga que encuentre en el acuerdo , por ejemplo decirme que no ve justeza en ese pago, como pone en el acuerdo, pero que por no ir a juicio lo pagaba?
Cuando prescribe la accion de reclamarme entonces, a los 15 años?, no lo habian bajado a 5?, y desde cuando empieza a contar, desde que se firmo o desde que este codemandado pueda decir se entero?
Y penalmente, si fuera visto como delito no hubiese prescrito ya?, pues eso me a dicho la abogada a la que me fuy a quejar por dejar que firme asi sin mas por otra persona.
Muchas gracias.