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Autor Tema: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado  (Leído 131429 veces)

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Desconectado AdAstraPerAspera

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #100 en: 18 de Julio de 2008, 02:55:56 am »
A mí, francamente, me parece estupendo que se quiera aumentar el nivel de conocimientos de los futuros abogados.

Ahora bien, hago la siguiente reflexión:
Primero. Si pretenden que los abogados pasen unas prácticas después de obtener el grado (¡qué mal suena lo de grado!) he de deducir, cabalmente, que prejuzgan que en las Facultades de Derecho no hacemos ningún tipo de práctica, o bien que la que hacemos no es "adecuada". Entonces...¿no sería más fácil modificar lo necesario en los Planes de Estudio?

Segundo. No seáis tan ilusos como para creer que la práctica es lo más importante. He tenido muchos profesores brillantes, que ejercen como abogados, notarios, jueces, asesores fiscales, etc., que nos han dicho expresamente que con una buena teoría haces una buena práctica. Obviamente, concurrir en el mercado con otros (compañeros, jefes, clientes, etc.) te aporta un extra: intuición, capacidad de diálogo, sentido de la oportunidad, etc. que difícilmente podrás aprender en un libro o de un profesor. Simplemente porque son actitudes no aptitudes. Y como tales, intransferibles subjetivamente.

Tercero. Todo lo que sea mejorar debemos valorarlo positivamente. El gran prestigio de cuerpos como los notarios, registradores, jueces, etc. no está tanto en su conocimiento jurídico (todos habréis tenido, a buen seguro, profesores que no son ni doctores ni catedráticos con un gran conocimiento jurídico y cultura general) sino que está desplazado más bien a su saber hacer. Nosotros, como profesionales que vamos a ser (o sois), debemos buscar con todas nuestras ansias llegar a la excelencia, tanto intelectual como personal.

Cuarto. Prejuzgáis el sistema que se va a implementar en el futuro y lo califícáis de elitista, como perseguidor de una nobleza de estado "abogacil". Pues bien, a mi entender, no creo que vaya a ser así. Como previsiblemente habrá menos estudiantes y, por consiguiente, licenciados, habrá más disponibilidad presupuestaria para conceder becas y demás ayudas públicas. Obviamente, las becas no solucionan todos los problemas que plantea la realidad, pero al menos son un buen paliativo.


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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #101 en: 22 de Julio de 2008, 00:41:41 am »
creo que el derecho es una carrera que se ha consolidado como eminentemente teorica y se ha cometido un error al no integrar practicum en la carrera..
la finalidad absurda de esta ley es la de disminuir los colegiados?pues el que quiera serlo lo sera o no?
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Desconectado AdAstraPerAspera

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #102 en: 29 de Julio de 2008, 18:03:42 pm »
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creo que el derecho es una carrera que se ha consolidado como eminentemente teorica y se ha cometido un error al no integrar practicum en la carrera..
la finalidad absurda de esta ley es la de disminuir los colegiados?pues el que quiera serlo lo sera o no?

Sobran licenciados en Derecho, es una verdad irrefutable. El mercado no puede absorber tanta oferta, y con ello conseguimos que se devalúe nuestro título (peores condiciones laborales, lo que incluye peores sueldos, jornadas de 12 y más horas, falta de escrupulos y ética profesional, intrigas, etc.).

La posible solución pasa por que eleven el nivel de la Selectividad (que la apruebe más de un 80% es sintomático de que en vez de seleccionar, "deselecciona"); que hagan clases teóricas más sustanciosas (para que un catedrático me lea un libro paso de ir a clase...); y que en los últimos cursos, momento en el que se tienen conocimientos teóricos suficientes, se hagan prácticas tuteladas.

Que se cambie la forma de evaluación; es totalmente irracional que un 7 y un 8.5 sean notables sin más. Debería de adaptarse un sistema que refleje la verdadera composición de conocimientos, como en los másters: el 80% mediocre, y el 20% excepcional.

Finalmente, antes de salir a la "jungla", un examen práctico en el que se resuelva un supuesto real (desde que el cliente viene a nuestro despacho a pedir consejo, hasta que abandona el juzgado tras recurrir, en su caso).

Sólo así elevaremos a un nivel aceptable nuestra profesión. Lo demás es autocomplacencia y lloriqueo.

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #103 en: 06 de Agosto de 2008, 22:41:15 pm »
totalmente de acuerdo
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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #104 en: 17 de Septiembre de 2008, 20:14:02 pm »
Muy bien expuesto IUS,  te lo aseguro, cuando me colegié en le 1990, para que te hagas una idea  en Zaragoza me dieron el numero 7300  , los médicos les daban entonces el 10000, crearon lo del médico de familia   y todos colocados pero en  la administración.
Que hacían  a los miembros de nueva incorporación entonces   pues  sinceramente  era humillante,  el curso de asistencia la detenido para mi era gratis y para los demás,  la siguiente promoción 6000 euros, así, el de familia , trabajo etc, todos un dineral que tendrían que pagar seguramente los pa dres de los nuevos alumnos, y el caso es que en zaragoza seguía habiendo muchos abogados.
Te daban las clases profesionales con 20 años de experiencia  y daban pena de verdad, fue entonces la profesora María Dolores les dio un una clase de civil a los  veteranos y no sabían por dónde salir, era abrumadora. Los profesionales llamados abogados no sabían ni hablar y mucho menos la teórica se había olvidado. Recuerdo cuerdo a Gloria LABARTA con seis pasantes para hacerle las separaciones , no he visto a una tan torpe en mi vida. Mi compañera flamante Licenciada  por la Universidad de Zaragoza con un año de pasantía  no sabía ni las fuentes del derecho, todo esto es cierto, pues ya lleva 20 años de ejercicio,  toda una esperta, y no sabia ni hacer un escrito. En aquellos tiempos estaba haciendo también el doctorado con el profesor SERRANO GOMEZ que veo que ha colocado al hijo  en la mejor situación posible dadas las circunstancias , de todas maneras una persona que de penal dejaba con la boca abierta a los  futuros doctorandos, que eran jueces fiscales militares de lata graduación y el quesuscribe, se lo sabía todo.
Pero en fin la cruda realidad se impuso no se trataba de saber mucho derecho, sino de tener clientes y estuve un año de colegiado en la actualidad trabajo en la administración desde los 20 años y hay sigo, me quede como no ejerciente  y aún les tuve que pedir la venia apara llevarme la separación que gracias  a la procuradora me dijo que había cambiado la ley  y era todo oral, pues aun así con humildad me salió  muy digno. He llevado contenciosos vía sindical, defensa  de administrados, pero de lo que vivo es de mi condición de funcionario, sino te mueres de hambre, sino tienes contactos  no hay clientes, se los llevan los mismos.
Por eso un a Ley  QUE DISCRIMENE, YA LES VALE, BASTANTE DISCRIMINACIÓN  ES LA SER MENOS PUDIENTE Y TENER CLIENTES, SI ERES HIJO DE PAPA NO HAY PROBLEMA TE BUSCARAN LAS AMISTADES UN HUECO, SINO A OPOSITAR LOS MEJORES HAHACERSE JUECES NOTARIOS SECRETARIOS ETC. ESO HAN ECHO LOS QUE YO CONOZCO.-
Hoy en día  no figuro no como no ejerciente porque también hay que pagar ya veremos que pasa cuando  decida hacer algo.-
Pero en fin

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #105 en: 26 de Septiembre de 2008, 13:48:50 pm »
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Lili lo que dices de Alemania ¿qué significa, que la carrera son tres años de estudio más dos de prácticas? ¿sabes las asignaturas?

Son tres años  obligatorios y a partir de ahí te puedes presentar al Primer "Staatsexamen" que se convoca dos veces al año. Pueden darse diferencias según el "Land". Durante los primeros tres años se dedican a los dos grandes bloques, Derecho Privado y Derecho Público que comprenden las asignaturas troncales como Civil, Mercantil, Penal, Administrativo y Constitucional pero no necesariamente Historia del Derecho , Romano o Teoría. En algún momento se elige una asignatura para profundizar en el examen que puede ser una optativa como Tributario o Financiero.
En todo caso hay  mucho menos asignaturas, mucho menos exámenes, sino trabajos que hay que entregar puntualmente y casos prácticos que realizan continuamente.
Normalmente la gente requiere un cuarto año para prepararse al examen general durante el cual puede impartirse clases en academias privadas o en la facultad.
Creo que no hay un límite de tiempo para presentarse a es te examen. Una vez aprobado el gran examen puede solicitarse la plaza para comenzar los dos años de prácticas.
Es una verdadera   y muy completa formación del jurista: con periodos obligatorios en un juzgado civil, penal, varios meses en la fiscalía y otros en la administración. Una vez cumplido estos periodos que son renumerados por el "Land", sigue la formación en bufetes de abogados a libre elección.
A los dos años la formación práctica está completada y el aspirante puede   presentarse al Segundo "Staatsexamen”, eminentemente práctico y tras el cual se obtiene el Título de "Volljurist"  que otorga la aptitud para ejercer ( y sólo entonces) como abogado, juez, fiscal, notario, ....

Con este panorama creo que no podemos quejarnos de la reforma.
Abogada Icamalaga

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #106 en: 30 de Septiembre de 2008, 23:29:46 pm »
Oye una pregunta:

Y no es posible que te convaliden las prácticas si llevas unos cuantos años trabajando en un despacho?
Porque sería estupendo!
Y si no puede ser, DESDE AQUI LANZO MI PROPUESTA!!!!!!!!

A ver, los que estamos trabajando ya un tiempo y estamos hartos de ver contratos y demás por qué no se convalida? deberían mirarlo...

Por favor que alguien diga algo!

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #107 en: 04 de Octubre de 2008, 20:13:18 pm »
El problema es que no estoy de acuerdo prácticamente con nadie, ni de los partidarios, ni de los detractores.

Yo, que me licenciaré (si Dios quiere) en diciembre, sé muy bien que no sé casi nada de leyes. Y no sé casi nada de leyes, porque en la carrera sólo se aprenden teorías exóticas y extravagantes que recuerdan vagamente a las leyes. Soy muy aficionado al Derecho, por eso he padecido más que gozado esta carrera.

Ahora bien: creo que el Gobierno es el menos indicado para legislar sobre Educación. Siempre que lo hace, lo hace mal: ahí están las Taifas del fracaso escolar, todo ello brillante.

No: no se quieren asumir las malas obras en este país, siempre la culpa es del otro.

Pero claro, una cosa es que la carrera no sea suficiente y, otra muy distinta que el Gobierno quiera "arreglar" el problema a su manera. ¿Y quién daría esos cursos complementarios? ¿Garzón?
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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #108 en: 06 de Octubre de 2008, 17:45:53 pm »
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Muy bien expuesto IUS,  te lo aseguro, cuando me colegié en le 1990, para que te hagas una idea  en Zaragoza me dieron el numero 7300  , los médicos les daban entonces el 10000, crearon lo del médico de familia   y todos colocados pero en  la administración.
Que hacían  a los miembros de nueva incorporación entonces   pues  sinceramente  era humillante,  el curso de asistencia la detenido para mi era gratis y para los demás,  la siguiente promoción 6000 euros, así, el de familia , trabajo etc, todos un dineral que tendrían que pagar seguramente los pa dres de los nuevos alumnos, y el caso es que en zaragoza seguía habiendo muchos abogados.
Te daban las clases profesionales con 20 años de experiencia  y daban pena de verdad, fue entonces la profesora María Dolores les dio un una clase de civil a los  veteranos y no sabían por dónde salir, era abrumadora. Los profesionales llamados abogados no sabían ni hablar y mucho menos la teórica se había olvidado. Recuerdo cuerdo a Gloria LABARTA con seis pasantes para hacerle las separaciones , no he visto a una tan torpe en mi vida. Mi compañera flamante Licenciada  por la Universidad de Zaragoza con un año de pasantía  no sabía ni las fuentes del derecho, todo esto es cierto, pues ya lleva 20 años de ejercicio,  toda una esperta, y no sabia ni hacer un escrito. En aquellos tiempos estaba haciendo también el doctorado con el profesor SERRANO GOMEZ que veo que ha colocado al hijo  en la mejor situación posible dadas las circunstancias , de todas maneras una persona que de penal dejaba con la boca abierta a los  futuros doctorandos, que eran jueces fiscales militares de lata graduación y el quesuscribe, se lo sabía todo.
Pero en fin la cruda realidad se impuso no se trataba de saber mucho derecho, sino de tener clientes y estuve un año de colegiado en la actualidad trabajo en la administración desde los 20 años y hay sigo, me quede como no ejerciente  y aún les tuve que pedir la venia apara llevarme la separación que gracias  a la procuradora me dijo que había cambiado la ley  y era todo oral, pues aun así con humildad me salió  muy digno. He llevado contenciosos vía sindical, defensa  de administrados, pero de lo que vivo es de mi condición de funcionario, sino te mueres de hambre, sino tienes contactos  no hay clientes, se los llevan los mismos.
Por eso un a Ley  QUE DISCRIMENE, YA LES VALE, BASTANTE DISCRIMINACIÓN  ES LA SER MENOS PUDIENTE Y TENER CLIENTES, SI ERES HIJO DE PAPA NO HAY PROBLEMA TE BUSCARAN LAS AMISTADES UN HUECO, SINO A OPOSITAR LOS MEJORES HAHACERSE JUECES NOTARIOS SECRETARIOS ETC. ESO HAN ECHO LOS QUE YO CONOZCO.-
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Pero en fin
Abilio: leo que sabes bastante de la realidad del mundo laboral del derecho, yo he visto por ahí que la mitad de los licenciados en derecho trabajan de administrativos, he incluso he conocido un caso de un funcionario que volvió de la excendencia en la que trabajaba en un despacho de abogados porque se trabajaba más y en peores condiciones. Claro que también sé de otro que se montó un despacho por su cuenta y le va bien. ¿De verdad está tan negro el futuro laboral? ¿para qué me va a servir la carrera? si es para colgar el título o trabajar de administrativo no me interesa porque ya he estado haciéndolo y puedo hacerlo sin carrera. Gracias por tu respuesta de antemano.
El cielo estaba tan estrellado, tan luminoso, que mirándolo no podía uno menos de preguntarse: ¿pero es posible que bajo un cielo como éste pueda vivir tanta gente atrabiliaria y caprichosa? Fiódor Dostoyevski.

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #109 en: 06 de Octubre de 2008, 22:47:37 pm »
Es que si vas en plan de comerte un pastel: ¡olvídate! Derecho es una carrera vocacional. Y a mí me gustará gane más o menos dinero. Y luego claro: el tema es que una vez que acabas, tienes que estudiar lo que mejor se te dé. Y eso es así hoy, ayer y siempre.

Y te recomiendo los discursos de Maquiavelo sobre el clasismo y verás que es así.
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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #110 en: 07 de Octubre de 2008, 19:54:58 pm »
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Es que si vas en plan de comerte un pastel: ¡olvídate! Derecho es una carrera vocacional. Y a mí me gustará gane más o menos dinero. Y luego claro: el tema es que una vez que acabas, tienes que estudiar lo que mejor se te dé. Y eso es así hoy, ayer y siempre.

Y te recomiendo los discursos de Maquiavelo sobre el clasismo y verás que es así.
¿Qué quieres decir con lo de estidiar lo que mejor se te dé?  Si lo dices por oposiciones yo ya aprobé la mía, ahora si es por los masteres, doctorados o el CAD...
El cielo estaba tan estrellado, tan luminoso, que mirándolo no podía uno menos de preguntarse: ¿pero es posible que bajo un cielo como éste pueda vivir tanta gente atrabiliaria y caprichosa? Fiódor Dostoyevski.

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #111 en: 11 de Octubre de 2008, 19:18:37 pm »
Me refiero a la especialidad jurídica que más te guste...
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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #112 en: 23 de Noviembre de 2008, 14:19:41 pm »
TODOS CONTRA ESTA LEY, TOIDAS LAS UNIVERSIDADES Y FACULTADES DE DERECHO.PLATAFORMA CONTRA LA LEY 34/2006 YA.

INFORME

LEY 34/2006, DE 30 DE OCTUBRE, SOBRE EL ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y PROCURADOR DE LOS TRUBUNALES

Opinamos que es una Ley que discrimina a los estudiantes de Derecho de la UNED, por varios razonamientos jurídico - docentes, y que debe ser modificada, al menos, en su VACATIO LEGIS.

El legislador fundamenta esta Ley haciendo referencia al Art.17.3 CE, “se garantiza la asistencia de abogado…..” y  24 CE “derecho a la tutela judicial efectiva”, así como  a la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial y Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita.

Estos derechos estaban y están tutelados con la actual legislación sobre la colegiación de abogados y procuradores al licenciarse en Derecho, pues para poder ejercer de abogado en TURNO DE OFICIO para la asistencia jurídica gratuita es “condictio sine qua non”  tener una antigüedad de colegiación de 3 años además de asistir a unos cursos de práctica jurídica patrocinados por el Colegio de Abogados correspondiente o por el Consejo general de la Abogacía.
¿Qué diferencia existe entre la situación actual y la que se nos quiere imponer en esta Ley, en beneficio o detrimento de la aplicación de los artículos 17.3 y 24 de la CE de 1978? Ninguna para los ciudadanos que necesiten asistencia jurídica gratuita, mucha para los estudiantes de Derecho.

Dice la Ley, que “la colaboración entre universidades y colegios profesionales es una de las claves del sistema, por ello los cursos de formación requieren un periodo de prácticas profesionales externas”. “La duración de los cursos será de 60 créditos más los créditos necesarios para estas prácticas externas”.

En la UNED, la mayoría de los estudiantes de Derecho somos personas mayores de 25, de 30, de 40 y hasta de 50 años, que trabajamos y estudiamos (por ello estudiamos en la UNED, ese es el espíritu de esta Universidad). Cómo vamos a compaginar nuestro trabajo (jornada partida) con las horas de prácticas externas?

El legislador destaca que esta ley regula dos títulos acreditativos para la aptitud profesional, el título profesional de abogado y el de procurador de los tribunales.

Es que los abogados y procuradores que se licencian y ejercen en la actualidad no están bien preparados? El abogado que se licencia y se colegia como ejerciente, antes ejerce como pasante o se prepara en la escuela de práctica jurídica. Pero los que se quieran colegiar como no ejercientes?, porqué se les aplica de igual manera  esta Ley al ejerciente y al no ejerciente?

La Ley “destaca el establecimiento de un amplio periodo de “vacatio legis”, de modo que no se quiebren las expectativas de los actuales estudiantes de la licenciatura o grado en Derecho”.

Nada más lejos de la realidad; la Ley al establecer una “vacatio legis" de 5 años, vulnera los intereses de, al menos, los estudiantes de Derecho de la UNED, pues en esta Universidad, pocos o ningún alumno cursa en 5 años la licenciatura de Derecho; la media es de 9 a 10 años, por ello es una “ vacatio legis” injusta, discriminatoria y entiendo , que puede vulnerar el Art. 14 CE, en referencia a la igualdad entre las universidades presenciales y la UNED.

Dice la Ley, que las escuelas de práctica jurídica las crean los colegios de abogados y las homologa el Consejo General de la Abogacía, y que estas escuelas para su funcionamiento deberán celebrar un convenio con una universidad pública o privada, para impartir los créditos prácticos que se desprenden de la Ley.

Se desprende de estos artículos y de esta Ley, que está hecha a la medida de los colegios de abogados y procuradores, no a la medida de Universidades, estudiantes y los posibles tutelados por la Asistencia Jurídica (las personas). La homologación en todo caso de toda la docencia y prácticas debería ser competencia de los Ministerios de Educación y de Justicia, no de los colegios de abogados y procuradores.

Según la Ley los títulos profesionales regulados en esta norma no serán exigibles a quien ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores, como ejercientes o no ejercientes, en el momento de entrada en vigor de la Ley.

Entiendo, que no se puede tratar del mismo modo al ejerciente que al no ejerciente; el no ejerciente no ejerce como profesional de la abogacía o procura, por ello no debería serle exigido el título profesional.

Quienes en el momento de la entrada en vigor de esta Ley se encontraran en posesión del título universitario de licenciado o de grado de Derecho dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor (31/10/2011), para proceder a colegiarse, como ejerciente o no ejerciente, sin que les sea exigible la obtención de los título profesionales que en ella se regulan.

Si a un alumno de la UNED en septiembre de 2011 le queda una asignatura para poder licenciarse, y se presenta al examen extraordinario de fin de carrera de Diciembre, se le vulnerarán sus derechos, pues la ley entra en vigor el 31 de octubre de 2011.

POSIBLES MODIFICACIONES DE LA LEY

1.- Que si algún artículo de esta Ley vulnera el  derecho fundamental a  la igualdad u otra norma tipificada en la CE de 1978, sea modificado.

SOBRE LA VACATIO LEGIS

1.- Que la Ley no se aplique con carácter retroactivo (in malan partem) para todos aquellos estudiantes de Derecho que ya estuvieran matriculados el 31 de octubre de 2006. (fecha de su publicación en el BOE)

2.- O que, la  Ley se aplique a los estudiantes que se matriculen en el curso 2011, que es su entrada en vigor.

3.- O, que la vacatio legis tenga un periodo de 9 años; este si que sería “un amplio periodo de “vacatio legis” de modo que no se quebraran las expectativas de los actuales estudiantes de la licenciatura  o grado de Derecho”, entrando en vigor en  2015, año en el que se extinguen los planes de estudios actuales y solamente estará en vigor el  plan de Bolonia , (GRADO, MASTER Y DOCTORADO).

Estas son algunas consideraciones que aportamos como estudiantes de Derecho de la UNED.

Pensamos que otros compañeros y profesionales pueden aportar más razonamientos jurídicos y docentes, por ello os hacemos llegar este documento para que lo estudiéis, (del mismo modo que el articulado de la Ley) apoyéis y aportéis todo lo que nos pueda beneficiar como estudiantes de Derecho de la UNED.

En Alcalá de Henares a 1 de diciembre de 2007.

MIEMBROS DEL CONSEJO DE ALUMNOS DE DERECHO DE LA UNED
DA MIHI FACTUM, TIBI DABO IUS

Desconectado ccalvo

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #113 en: 25 de Febrero de 2009, 15:50:44 pm »
Estoy totalmente en contra de esta nueva Ley.
Si la finalidad es mejorar la preparación de los futuros ejercientes ¿Porque solamente se aplica a la licenciatura de Derecho y no a todas las demás carreras universitarias?
Además cuando obtienes un titulo certificado por una Universidad quiere deceir que ya tienes los conocimientos necesarios. Con esta Ley se duda de la formación que imparten las Universidades.
Si se considera que esta formación es insuficiente mejorense los planes de estudios o añadanse práctuicas obligatorias durante el proceso de formación como ocurre en otras carreras (un médico o una enfermera tienen prácticas obligatorias pero nadie les vuelve a evaluar una vez obtenido su título para ver si puieden o no ejercer).
Esta es una medida que solamente favorece a aquellos que vayan a percibir las tasas para poder hacer estos exámenes (no hace falta decir quien) y a aquellos que se dediquen a prepararlos.

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #114 en: 25 de Febrero de 2009, 18:13:07 pm »
La verdad es que este asunto tiene mucha enjundia y seguramente para sacar conclusiones atinadas habría que estudiarlo desde muchos aspectos.
A un licenciado en derecho que se quiera colegiar, por ejemplo en el ICAM (ilustre Colegio de Abogados de Madrid), debe abonar 920 euros en concepto de inscripción, más 290 euros al Consejo General de la Abogacía más 40 euros trimestrales como cuota colegial más decidir si pagas autónomos o Mutualidad de la Abogacía, total un pico, eso sin contar con las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF que evidentemente nutren las arcas del Estado.

Por otro lado está el negocio de los cursos de práctica jurídica; te cuesta a partir de los 2500 euros, en la UNED ya sabemos que es más, pero esa cifra es lo que cuesta en el Complutense; si nos vamos al ICAM un curso de práctica procesal civil de 180 horas te cuesta unos 1800 euros y el Master de Derecho Privado 6000 euros. O sea una PASTA.         Si te vas al CEF apaga y vámanos .........................Pero ¿porqué poner cortapisas al acceso a la profesión de abogado? ¿Quién se beneficia de ello?.
En primer lugar se me ocurre intereses políticos, es sabido, por ejemplo, el feroz deseo de la Sra. Esperanza Aguirre en la privatización del Turno de Oficio. Se me ocurre los intereses un tanto espúreos de las grandes firmas de abogados y de las empresas dedicadas a la formación de abogados: He visto Master de más de 60.000 euros, así las cosas, no me queda otra que pensar que esto es un negocio. Hace unos años se diferenciaba  una persona de otra por una licenciatura, después por un Master, a poder ser en el extranjero y ahora por un Master de varios miles de euros con dos idiomas, y para acceder a eso se necesita PODERIO ECONÓMICO, en realidad  la situación no se diferencia tanto de lo que ocurria hace unas décadas. Aún así no creo que los jóvenes abogados lo hagamos tan mal.

Saludos

Desconectado Hispania

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #115 en: 21 de Marzo de 2009, 04:56:39 am »
Ufff.....!!!, tengo que rematar la "faena"

Un saludo
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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #116 en: 08 de Octubre de 2009, 15:17:44 pm »
Hola a todos:

Quiero dejar constancia de que esta es mi opinión personal acerca de esta Ley y os aseguro que hablo con conocimiento de causa. Pido discuplas por mis palabras si alguien se siente ofendido.

Pues opino que esa Ley la han debido de confeccionar para todos esos niños de papá que sólo por el hecho de tener un padre Abogado con despacho, a las primeras de cambio pueden ejercer la profesión. Porque los que de verdad hemos incado los codos para obtener el título, encima por la UNED, --y por suerte o desgracia--, no tenemos un papá Abogado, no necesitaremos ni más años de estudio ni la práctica exigida por dicha Ley.

Pienso que la profesión de Abogado debería exigir vocación, responsabilidad y mucho interés. Y cualquier otro ingrediente te lo facilitará la experiencia, año tras año de ejercicío.

Un saludo,

Desconectado PATYP

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #117 en: 25 de Noviembre de 2009, 15:29:31 pm »
Hola compañeros:

Acaba de salir: Ley 17/2009 sobre LIBRE acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Importante ver, para saber a donde vamos y que futuro tiene la Ley de acceso a la abogacía, profesiones como la de procurador, etc.

 ;D ;D ;D Parece que por muchos insistan, España, aunque rezagada no se queda atrás de Europa. Será que la evolución hacia el amor puede más que el interés de unos pocos egoístas que no ven más allá, me alegro mucho.

Un saludo.
"quotquotNo tengas más que un solo objetivo: la Justicia; un solo odio: la Esclavitud; más que un solo amor:

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #118 en: 25 de Noviembre de 2009, 17:23:35 pm »
La Ley Omnibus no afecta a los abogados. La colegiación obligatoria está en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #119 en: 26 de Noviembre de 2009, 15:33:32 pm »
 Discrepo, afectará, ¡ya lo verás!. Un saludo.
"quotquotNo tengas más que un solo objetivo: la Justicia; un solo odio: la Esclavitud; más que un solo amor: