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Autor Tema: ¿Se puede heredar después de expropiación?  (Leído 1360 veces)

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Desconectado clewer

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¿Se puede heredar después de expropiación?
« en: 15 de Julio de 2011, 00:53:06 am »

 Les explico mi caso:


Mi padre compra una casa en su nombre  (todo de forma legal , con escritura , registro . ibi , impuestos etc) le expropian la casa a mi padre (por motivos de interés general)
Si mi padre muere la casa la seguiría usando yo (mientras no la tiren abajo) ... y teóricamente se habla de reubicarnos en otra vivienda (como compensación) el día que la echen abajo.

La gran pregunta , si mi padre muere (pongamos 3 años) antes de que le den como compensación la otra vivienda ¿Es cierto que tendría que hacer una adición de herencia
 y por ende  me vendría un recargo por no haber pagado el impuesto de sucesiones en el plazo de 6 meses ?

El problema es que si mi padre muere antes de la hipotética "reubicación" , yo la casa donde habito de momento  no la podria registrar a mi nombre ni pagar ningún impuesto (si mi padre fallece)  ya que esa casa está en un terreno que AHORA MISMO está al nombre del Estado y tendria que esperar a que le diesen esa casa y registrarla al  nombre de mi padre , pero si fallece mi padre , pasan 6 meses  me vendría un recargo del 20% cuando me reubiquen en la nueva casa  dado que eso se consideraría una adición de herencia fuera de plazo.

mi pregunta ¿no hay alguna ley o alguna manera de que no pagar  recargo del 20% en el caso de herencia  cuando hay una expropiación y no se pueda registrar hasta resolver el caso?Por
mucho que yo quisiera pagar el impuesto de sucesiones , si la casa está al nombre del estado , no puedo hacer nada hasta que se resuelva el tema  , y el recargo sería una broma de mal gusto
ya que podría estar entre 20000-40000 euros

Un Saludo.


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Re: ¿Se puede heredar después de expropiación?
« Respuesta #1 en: 15 de Julio de 2011, 09:50:51 am »
Estimado Clewer:

A su pregunta de ¿se puede heredar después de expropiación?, la respuesta es afirmativa,  ya no heredará la finca expropiada pues es del Estado, sino el monto equivalente a dicha expropiación bien efectivo bien una permuta de un bien (el expropiado) bien otra vivienda o bien ambas cosas.

Me imagino que en el expediente de expropiación se habrá valorado los bienes, tanto el expropiado como el que se entregará en su día. Así pues, en el supuesto que su padre fallezca antes de la entrega de dicho bien, tendría y dentro de plazo de 6 meses que presentar y liquidar si procede el impuesto sobre sucesiones.

Tenga en cuenta que se hereda tanto derechos como obligaciones, y en este caso concreto heredaría un derecho (valorado en el expediente de expropiación) de obtener una vivienda por la finca expropiada.

Creo que tendría que liquidar dicho impuesto aunque no tuviere aún el dominio pleno del mismo. No obstante, puede existir prórroga de presentación y liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones, así como excepciones, debe consultar dicha ley. Y sí ocurren los supuestos que comenta, consulte a un abogado.

Saludos,


Saludos,