Trabajar y estar ocupado es un derecho fundamental de la personalidad. La normativa de jubilación a lo que se refiere es a cuándo se puede cobrar la prestación de jubilación, cuánto corresponde si se jubila antes etc...no que pasada la edad, la persona no pueda seguir trabajando hasta el último de sus días.
Un saludo.
Amén
Creo que hace unos meses sacaron una orden de hacienda EHA creo que se llama. Establece que si quieres seguir trabajando por tu cuenta tras jubilarte tienes que pagar el seguro de autónomo o algo así.
No me hagan mucho caso.
Tengo un amigo jubilado (70 años) que no le afecta porque ya venía ejerciendo una profesión antes de esa orden.
Pero si fuera recién jubilado creo que le hubiera afectado.
A ver si alguien sabe lo que dice la citada orden de hace unos meses.
En cualquier caso no recuerdo que atacara la libertad de seguir trabajando, pero quita ciertas prerrogativas anteriores. Una orden consecuencia de la crisis.
Es curioso porque creo que varios de los cambios normativos han sido instrumentados por los que sabían lo que iba a ocurrir......
El resto del colectivo es obediente : insolidario, ajeno a medidas sociales reales, mezquino, etc.