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Autor Tema: ¿Se puede vender por debajo del precio del mercado?  (Leído 14431 veces)

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Desconectado valle90

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¿Se puede vender por debajo del precio del mercado?
« en: 15 de Enero de 2012, 18:31:36 pm »
Tengo un piso, el cual está demasiado viejo y prácticamente imposible de vender.
Pero me han ofertado 30.000 €  y me encuentro que su valor catastral es de 60.000 €  :D ni en el 2006 lo vendería por ese precio.

Me han dicho que si escrituro por debajo de ese precio me llevo una multa segura de Hacienda, pero es que es ilógico cuando incluso la tasación del banco es inferior a 30.000 €.

¿Qúe me aconsejáis?
¿A qué gastos me enfrento?


Desconectado Juaniz

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Re:¿Se puede vender por debajo del precio del mercado?
« Respuesta #1 en: 15 de Enero de 2012, 18:42:23 pm »
Vender, sí puedes vender por el precio que libremente pactes con el comprador, otra cosa es que ese precio sea tomado como base a la hora de abonar los correspondientes tributos de la operación, los cuales habrán de ser tomados del valor catastral.
Un amigo mío ha vendido su casa que adquirió hace cinco años y lo ha hecho perdiéndole dinero. Como te imaginarás la plusvalía generada en la operación ha sido negativa, pero no le ha quedado más remedio pues es el precio de mercado y además le urgía vender.

Saludos

Desconectado Drop

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Re:¿Se puede vender por debajo del precio del mercado?
« Respuesta #2 en: 15 de Enero de 2012, 18:54:42 pm »
Muy mal debe de estar.

Haz fotos del piso para que se vea su deterioro, por dentro y por fuera. También, busca pisos similares en Fotocasa o El idealista, imprime el listado. Y quédate con copia de la tasación. Así si te dicen algo puedes, al menos, intentar recurrir. 

En la Consejería de Hacienda de tu Comunidad Autónoma, o en la Delegación de Hacienda, te pueden informar del precio teórico de venta.

En aquello que rebaje el precio teórico, que creo que es dos veces (aproximadamente: depende del municipio) el valor catastral, el comprador puede verse abocado, en una declaración complementaria, a pagar el importe restante del impuesto de transmisiones por ese valor.

Me da la impresión de que el problema lo tendría, si acaso, el comprador, no el vendedor.

No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado JustoDerecho

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Re:¿Se puede vender por debajo del precio del mercado?
« Respuesta #3 en: 16 de Enero de 2012, 13:24:28 pm »
Ya que estamos en un foro de estudiantes de Derecho, propongo aplicar un poco de criterio crítico.
Si hablamos de "precio de mercado" y nuestra economía es de mercado (CE art. 38), puedes vender al precio que a tí te parezca. Evidentemente hablo de legalmente, es decir, sin chanchullos de dinero no declarado. La Comunidad Autónoma para establecer el impuesto de transmisiones patrimoniales te hará una revisión, siempre y cuando el "valor de venta" varíe respecto al "valor real", en un 20% o más. A partir de aquí es cuando la voracidad administrativa estimula al incumplimiento del respeto a la libertad. Conforme a la economía de mercado, si el Estado quiere hacer valer que algo tiene un precio mayor al que se está vendiendo, debería hacer un retracto y adjudicárselo, de lo contrario, debe aceptar tu valor de escritura y modificar a la baja los precios de mercado. Esta revisión, que con seguridad te harán, es recurrible, aunque dada la desviación del 50% difícilmente ganaría, aunque juegas con la baza de la crisis y la situación del mercado mobiliario.
La Ley del Catastro es una ley lamentable pues acumula todo tipo de incongruencias, partiendo del sistema que siguen para hacer las valoraciones. El valor catastral es un valor de mera referencia y en ningún caso tiene que ser un valor de mercado calculado conforme a los bandazos de una economía errática. Debería ser el último valor que figure en documento público y no debería modificarse hasta que el inmueble no volviera al mercado, es decir, hasta la siguiente compraventa.
No obstante, el cálculo del valor catastral tiene un coeficiente corrector en virtud del estado de la vivienda, de manera que si ésta está deteriorada el valor catastral se reduce. Esto de nuevo es otra estupidez porque promueve la mala conservación y el aspecto externo de penuria, penalizando al hombre que encala anualmente su fachada, valga de ejemplo. Pero esto te permite reclamar ante la Oficina del Catastro el valor que han asignado a tu vivienda y así poder ajustarlo al que tu manejas.
A todo este absurdo se une la actuación gubernamental a la hora de tomar medidas recaudatorias. La Ley del Catastro impide modificar el valor catastral antes de los cinco años de la última ponencia de valores, y sin embargo el Gobierno por decreto lo modifica anualmente en una disposición adicional de la Ley de acompañamiento a los presupuestos generales, actuación esta que desconocemos la mayoría de los españoles, pero que sufrimos. Aún peor resulta esta medida en el nuevo Gobierno de supuesto corte más liberal, porque se ha estrenado subiendo el valor catastral de forma generalizada (con lo que lo de "mercado" demuestra que le importa un comino) para un mero incremento en la recaudación del IRPF,  ya que en el IBI el tipo impositivo lo deciden los ayuntamientos, a los que ciertamente les allana el camino para encontrar una justificación a este impuesto.
En definitiva, que tienes opción para reclamar si es que quieres vender, o subir el precio y no vender.
Un cordial saludo

Desconectado RosaNicolas

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Re:¿Se puede vender por debajo del precio del mercado?
« Respuesta #4 en: 03 de Febrero de 2012, 12:35:55 pm »
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Ya que estamos en un foro de estudiantes de Derecho, propongo aplicar un poco de criterio crítico.
Si hablamos de "precio de mercado" y nuestra economía es de mercado (CE art. 38), puedes vender al precio que a tí te parezca. Evidentemente hablo de legalmente, es decir, sin chanchullos de dinero no declarado. La Comunidad Autónoma para establecer el impuesto de transmisiones patrimoniales te hará una revisión, siempre y cuando el "valor de venta" varíe respecto al "valor real", en un 20% o más. A partir de aquí es cuando la voracidad administrativa estimula al incumplimiento del respeto a la libertad. Conforme a la economía de mercado, si el Estado quiere hacer valer que algo tiene un precio mayor al que se está vendiendo, debería hacer un retracto y adjudicárselo, de lo contrario, debe aceptar tu valor de escritura y modificar a la baja los precios de mercado. Esta revisión, que con seguridad te harán, es recurrible, aunque dada la desviación del 50% difícilmente ganaría, aunque juegas con la baza de la crisis y la situación del mercado mobiliario.
La Ley del Catastro es una ley lamentable pues acumula todo tipo de incongruencias, partiendo del sistema que siguen para hacer las valoraciones. El valor catastral es un valor de mera referencia y en ningún caso tiene que ser un valor de mercado calculado conforme a los bandazos de una economía errática. Debería ser el último valor que figure en documento público y no debería modificarse hasta que el inmueble no volviera al mercado, es decir, hasta la siguiente compraventa.
No obstante, el cálculo del valor catastral tiene un coeficiente corrector en virtud del estado de la vivienda, de manera que si ésta está deteriorada el valor catastral se reduce. Esto de nuevo es otra estupidez porque promueve la mala conservación y el aspecto externo de penuria, penalizando al hombre que encala anualmente su fachada, valga de ejemplo. Pero esto te permite reclamar ante la Oficina del Catastro el valor que han asignado a tu vivienda y así poder ajustarlo al que tu manejas.
A todo este absurdo se une la actuación gubernamental a la hora de tomar medidas recaudatorias. La Ley del Catastro impide modificar el valor catastral antes de los cinco años de la última ponencia de valores, y sin embargo el Gobierno por decreto lo modifica anualmente en una disposición adicional de la Ley de acompañamiento a los presupuestos generales, actuación esta que desconocemos la mayoría de los españoles, pero que sufrimos. Aún peor resulta esta medida en el nuevo Gobierno de supuesto corte más liberal, porque se ha estrenado subiendo el valor catastral de forma generalizada (con lo que lo de "mercado" demuestra que le importa un comino) para un mero incremento en la recaudación del IRPF,  ya que en el IBI el tipo impositivo lo deciden los ayuntamientos, a los que ciertamente les allana el camino para encontrar una justificación a este impuesto.
En definitiva, que tienes opción para reclamar si es que quieres vender, o subir el precio y no vender.
Un cordial saludo
Lástima que esto no sea el facebook para poner un "me gusta"!  :)

Desconectado velypereira

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Re:¿Se puede vender por debajo del precio del mercado?
« Respuesta #5 en: 03 de Febrero de 2012, 23:43:45 pm »
Ese problema yo lo he sufrido como compradora. Se me ofreció una casa con una pequeña finca por un precio muy bueno pero que tratándose de un pueblo y una casa que sólo tenía las paredes exteriores tampoco era ningún regalo. Pagué los correspondientes impuestos y al cabo de unos meses me llegó una carta de Hacienda reclamándome una cantidad superior porque estimaban que el valor de lo comprado era superior al declarado, y os puedo asegurar que en escritura se reflejó exactamente el precio pagado.