Corpus, cuando carga la UIP es porque la cosa se fue de las manos. Gracias a dios, si intervienes algún día en el juicio, veras la grabación completa, y no la basura que te venden.
Ya tienen cuidado UIP y GRS de actuar de manera proporcionada, y tras procurar el dialogo. Y de pacíficos, nada. Aun con el casco quedan cicatrices, te lo puedo jurar.
El día que quemen tu coche, tu portal o te abran la cabeza, acudirás a ellos. Y allí estarán. Puedes estar seguro.
Supongo que hemos visto las cosas desde diferentes lados. Mi experiencia dista mucho de la tuya. Nunca he ejercido violencia ni he apoyado a ningún grupo violento. Cuando voy a las manifestaciones evito estar cerca de cualquier grupo al que observe excesivamente apasionado. Tengo 50 años, un aparatito colocado en el corazón y algo de sobrepeso. Voy siempre a cara descubierta a las manifestaciones; no llevo mochilas. Creo que soy la antítesis del peligro para el orden público. A pesar de ello, he tenido que correr en más de una ocasión delante de la policía, he sido insultado por preguntar la causa por la que se me pedía la identificación o por referirme a la famosa "placa" que nunca está donde debe, una vez hube de subirme a un andamio (tengo 50 años, una intervención cardíaca a cuestas... ) para evitar los golpes, he visto golpear a una chica de 18 años de baja estatura y muy delgada que, con extrema corrección se acercó a pedirle a un antidisturbios que, por favor, dejara de golpear a la gente (lo vi y escuché desde el andamio) y, a continuación, el mismo individuo golpeó con saña a una señora mayor que se acercó a llevarse a la chica. He visto detener "a bulto"; he visto golpear con la porra a personas que ya estaban en el suelo y que resultaban inofensivas... todo eso son comportamientos que nada tienen que ver con el mantenimiento del orden público. Nadie me vende ningún vídeo. Es mi experiencia.
Si alguien me dice... "yo soy miembro de los antidisturbios, siempre llevo mi placa de identificación puesta (tal como exige la Ley), nunca he obedecido órdenes manifiestamente ilegales, las veces que he usado la violencia ha sido con plena legitimidad, contra la persona adecuada y en el grado mínimo posible para la obtención del objetivo perseguido y sin violentar ningún derecho fundamental" pues le diré que es un ejemplo de profesionalidad y alguien en quien todos podemos confiar.
Afortunadamente no he tenido la experiencia de que ningún delincuente me queme nada; espero no tenerla. Es una obviedad que si me ocurre acudiré a la policía y espero que cumpla con su obligación; de igual manera que si me sale una úlcera iré al médico de la Seguridad Social. Pero del mismo modo que el hecho de que el médico me vaya a curar la úlcera en el futuro no le autoriza para amputar arbitrariamente dedos en el presente, tampoco un futuro comportamiento profesional de la Policía (que no pongo en duda) autoriza a ninguno de sus miembros a incumplir las leyes.
En todo caso, no tengo nada en particular contra los funcionarios de policía. Aunque mis experiencias negativas superan las positivas también ha habido de éstas y sobre lo que discuto en este foro son sobre hechos no sobre personas. No creo que el intercambio sobre las opiniones que nos merezcan unas u otras personas contribuya mucho a entendernos. Son valoraciones subjetivas, siempre sesgadas y propicias para interrumpir el diálogo.
Me gustaría saber la argumentación jurídica que permite considerar legal golpear a personas que ejercen su derecho de reunión pacíficamente. El argumento de que hay manifestantes que no son tan pacíficos conduce al absurdo de que mi derecho de reunión está en manos de los actos de terceros. Con ese argumento, media docena de descerebrados podrían impedir sistemáticamente cualquier manifestación. Desde mi punto de vista, cuando un funcionario de policía ejerce violencia innecesaria contra un ciudadano o impide el ejercicio libre de un derecho constitucional está incurriendo en un ilícito penal. No tengo nada que objetar cuando golpea a quien pretende atacarle o quien se niega a obedecer órdenes legítimas de la autoridad, ni tengo nada que objetar a que se impida la continuación o celebración de reuniones en aquellos casos que expresamente prevé la Ley Orgánica del Derecho de Reunión; pero, en otros casos... ¿cómo se justifica tal comportamiento?
Saludos.