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Autor Tema: "parada" paso de peatones sin bajarse del coche  (Leído 7320 veces)

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Desconectado pericoelviajero

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"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« en: 14 de Noviembre de 2013, 10:06:57 am »
Hola!

esta mañana al llevar al niño al colegio detuve el coche en el paso de peatones mientras mi marido sacaba el niño del asiento trasero

mientras ello, un policia local de muy malas maneras se acerco gritando que no podia parar el coche y que me fuese

me cogio la matricula y me dijo que me iba a denunciar. 

Todo ello no tardó mas de 30 Segundos.  Y estoy muy preocupada

pueden denunciarme si no he parado o estacionado el coche en el coche en el paso de peatones ?

que puedo alegar?

la verdad que es indignante el comportamiento de algunos policias locales


Desconectado El Macias

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Re:"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« Respuesta #1 en: 14 de Noviembre de 2013, 21:14:42 pm »
       Pienso que te podrían denunciar perfectamente ; es más considero que todos los que "aparcáramos" en un paso de peatones debíamos de ser sancionados .
       30 segundos tuyos , otros treinta míos , otros treinta de otro y así hasta que se quiera y la utilidad del paso de peatones se queda en "cojones"(por lo de la rima) . La mayoría sabemos lo que se forma en la puerta de los colegios y la mayoría de A.M.P.A.S. y Consejos Escolares solicitan a los Ayuntamientos la presencia de policías locales tanto a la entrada como a la salida para tratar de evitar no solo el caos sino alguna desgracia .
       Sin tratar de justificar el mal comportamiento que pudiera tener el policía ; si que debo de decirte que fue tu mal comportamiento el que dio pie a su inapropiado comportamiento .
       Espero que no te sancionen y sobre todo espero que sepamos comportarnos en la puerta de los colegios .

Desconectado Iker014

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Re:"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« Respuesta #2 en: 15 de Noviembre de 2013, 07:16:29 am »
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Hola!

esta mañana al llevar al niño al colegio detuve el coche en el paso de peatones mientras mi marido sacaba el niño del asiento trasero

mientras ello, un policia local de muy malas maneras se acerco gritando que no podia parar el coche y que me fuese

me cogio la matricula y me dijo que me iba a denunciar. 

Todo ello no tardó mas de 30 Segundos.  Y estoy muy preocupada

pueden denunciarme si no he parado o estacionado el coche en el coche en el paso de peatones ?

que puedo alegar?

la verdad que es indignante el comportamiento de algunos policias locales
Vayamos por partes.
En primer lugar con la denuncia. ¿Te debe multar por estacionar en un paso de peatones? NO. ¿Te puede multar? SI
Repasemos la posible infracción cometida. Según las definiciones que establece el Anexo I de la Ley de Seguridad Vial (RDL 339/1990). No has realizado un estacionamiento, pues no has pasado los dos minutos y el conductor no ha abandonado el mismo.
66. Detención. Inmovilización de un vehículo por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir algún precepto reglamentario.
67. Parada. Inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor pueda abandonarlo.
68. Estacionamiento. Inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o de parada.

Pero si has parado en un paso de peatones. Tu conducta constituye una infracción al art. 94.1 j) del Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003).
Artículo 94 Lugares prohibidos
1. Queda prohibido parar:
...///...
j) En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones


En cuanto a la actitud del Policía, partiendo de la base de que no estaba allí, y me refiero a tu descripción de los hechos, por supuesto que no es la adecuada. Pues ha sido una actuación esteril, no ha servido para nada positivo. Pues no ha conseguido lo principal, que es informate y hacerte ver lo reprobable de tu conducta. Si, si, porque te quejas de la actitud del policía, pero no enjuicias la tuya, que eres la que cometes la infracción y paras en un paso de cebra, obstaculizando el tráfico rodado y el paso de peatones, y en una hora de máxima afluencia y peligrosidad como es la de la entrada o salida de escolares en un colegio. Ves la paja en el ojo ajeno, pero no la viga en el tuyo.

Además me sumo a lo dicho por El Macias: sin justificar al policía, tu comportamiento fue el origen, así como espero que no te sancionen y que todos sepamos comportarnos en el tráfico.

Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado mnieves

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Re:"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« Respuesta #3 en: 17 de Noviembre de 2013, 21:56:15 pm »
Hola

Coincido con el compañero, no es indignante la conducta del policía, la es la de la persona que comete la infracción, y después se queja.

No obstante, tienes algo a tu favor, no se considera igual de "grave" la parada que el estacionamiento, y así, a pesar de que el RDLeg lo recoge en su art. 39.1 como conducta prohibida

No soy capaz de realizar unas alegaciones, ni mínimas siquiera, no al menos en este caso, puesto que  el legislador no da un mínimo y un máximo para que el infractor pueda, al menos, aludir al principio de proporcionalidad, sino que ajusta la cuantía de la sanción a la infracción cometida, no hay argumento ni en pro por el administrado ni a favor por la Administración, en el supuesto de "querer ser magnánimo el funcionario que tramite el procedimiento".

Pero, en fin, vamos con algo.

La norma que prima por encima de la apuntada por el compañero es el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así que presta atención a lo que escribo a continuación.

1.- El art. 65 de la norma reseñada recoge (le voy a dar al copia/pega porque si no me va a llevar tiempo), 3. Son infracciones leves las cometidas contra las normas contenidas en esta Ley y en los Reglamentos que la desarrollen que no se califiquen expresamente como graves o muy graves en los apartados siguientes. En particular es falta leve no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley.

Vamos con las calificadas como leves, y que llevan aparejada una sanción de hasta 100 euros, es en la única calificación que podemos argumentar el principio de proporcionalidad en la sanción, y por otro lado, y esto es lo más importante, no aparece el paso de peatones, de forma concreta, no se alude a ello, y ahí está la posibilidad de alegaciones y "tu defensa" -otra cosa es que yo si fuese a quien tocase argumentase lo que yo sé, no me gusta que se estacione, por no llegar unos minutos antes, y además depende de lo cerca que esté el paso de peatones del colegio, porque podría pasar un niño en un pis pas,  >:(,- pero sigo,

Te pego el art. del apartado de la parada en las zonas que están consideradas actualmente como prohibidas para parar y calificadas como "graves", está en el apartado 4 del mismo artículo.

d) Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.

¿Cómo desarrolla lo anterior el Reglamento?

El art. 94 dice esto:

Artículo 94 Lugares prohibidos

1. Queda prohibido parar:

a) En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal «Túnel».
b) En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
c) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
d) En las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos, o en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
e) Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación.
f) En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
g) En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.
h) En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.
i) En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.
j) En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones (artículo 39.1 del texto articulado).

¿Qué es lo que hace que ese apartado j) haga que la infracción sea leve?

Esto, el apartado 3 del mismo precepto,

3. Las paradas o estacionamientos en los lugares enumerados en los párrafos a), d), e), f), g) e i) del apartado 1, en los pasos a nivel y en los carriles destinados al uso del transporte público urbano tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.d) del texto articulado.

Ahí tienes el argumento dónde basar tus alegaciones, independientemente de que ese librito que llevan todos los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad, de la relación codificada indique infracción y sanción, es algo interno, con lo cual, prevalece la lex superior.

Suerte si te llega algo, y espero que no lo vuelvas a hacer, porque echar por tierra lo que he escrito, desde luego yo, LO HECHO.

Desconectado mnieves

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Re:"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« Respuesta #4 en: 17 de Noviembre de 2013, 22:00:02 pm »
up, perdón por la falta de ortografía, y encima con mayúscula, estaba pensando en hacer, lo siento, como si no estuviese la H,  :-[

Desconectado mnieves

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Re:"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« Respuesta #5 en: 17 de Noviembre de 2013, 22:04:19 pm »
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       Pienso que te podrían denunciar perfectamente ; es más considero que todos los que "aparcáramos" en un paso de peatones debíamos de ser sancionados .
       30 segundos tuyos , otros treinta míos , otros treinta de otro y así hasta que se quiera y la utilidad del paso de peatones se queda en "cojones"(por lo de la rima) . La mayoría sabemos lo que se forma en la puerta de los colegios y la mayoría de A.M.P.A.S. y Consejos Escolares solicitan a los Ayuntamientos la presencia de policías locales tanto a la entrada como a la salida para tratar de evitar no solo el caos sino alguna desgracia .
       Sin tratar de justificar el mal comportamiento que pudiera tener el policía ; si que debo de decirte que fue tu mal comportamiento el que dio pie a su inapropiado comportamiento .
       Espero que no te sancionen y sobre todo espero que sepamos comportarnos en la puerta de los colegios .

He estado muchos años como presidente del A.P.A. (antes se llamaban así), y lo hemos solicitado, y se ha concedido y, bueno, yo no lo he hecho nunca, pero ¿tenemos que ser tan duros sin saber si ya estaban casi todos los niños en el colegio, se llegaba algo tarde, cuántas personas había en aquel momento? No se ha expandido mucho al relatar los hechos, pero ¿le damos la opción a ello? que indique la hora, a cuántos metros estaba el paso de cebra, etc,  ???

Desconectado El Macias

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Re:"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« Respuesta #6 en: 20 de Noviembre de 2013, 16:50:02 pm »
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He estado muchos años como presidente del A.P.A. (antes se llamaban así), y lo hemos solicitado, y se ha concedido y, bueno, yo no lo he hecho nunca, pero ¿tenemos que ser tan duros sin saber si ya estaban casi todos los niños en el colegio, se llegaba algo tarde, cuántas personas había en aquel momento? No se ha expandido mucho al relatar los hechos, pero ¿le damos la opción a ello? que indique la hora, a cuántos metros estaba el paso de cebra, etc,  ???

     Mnieves espero no haberte parecido " duro " . Mi intención era la de hacerle ver que hay veces en las que pudiera parecer que tendríamos razón , pero que no la tendríamos . Las puertas de los colegios son lugares de difícil regularización en las horas de entrada y de salida de los alumnos .
    Trato con esta nueva explicación remediar tu posible animadversión , ya que te tengo en gran estima no solo por tus comentarios , sino por la ayuda que siempre estás dispuesta a dar .
    Un saludo .

Desconectado mnieves

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Re:"parada" paso de peatones sin bajarse del coche
« Respuesta #7 en: 20 de Noviembre de 2013, 20:00:46 pm »
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     Mnieves espero no haberte parecido " duro " . Mi intención era la de hacerle ver que hay veces en las que pudiera parecer que tendríamos razón , pero que no la tendríamos . Las puertas de los colegios son lugares de difícil regularización en las horas de entrada y de salida de los alumnos .
    Trato con esta nueva explicación remediar tu posible animadversión , ya que te tengo en gran estima no solo por tus comentarios , sino por la ayuda que siempre estás dispuesta a dar .
    Un saludo .

Animadversión, ninguna El Macias; si tenéis razón, es así, desde hace unos cuantos años todo el mundo pilla el coche, y no hablo de pueblos tan grandes, sino del mío mismo, como yo digo, "hasta para ir a hacer pis -lo otro suena mal, aunque el refranero es así, al menos en Andalucía-", he visto año tras año como se abarrotaba alrededor del colegio montones de coches, tanto que los que íbamos a pié teníamos que pasar por en medio de ellos, y la cosa no ha mejorado, sino empeorado, nos quejamos, una y otra vez, pero los policías locales, que es sobre todo sobre quien recae "el tener paciencia con tanta palabrería" ya que la GC no tiene competencia en el caso urbano, tienen la gran mayoría de las veces razón, así lo veo, no como tramitadora de esos procedimientos, sino como ciudadana.

Lo que pasa es que se necesita ser una buena instructora -si fuese materia penal, es similar a la posición que ocupa el Fiscal, no el Juez de Instrucción- no sólo para favorecer a la Administración, no con afán recaudatorio, si se infringe la norma tiene que llevar el correspondiente castigo, pero hay personas que no "ven el peligro en las infracciones de tráfico", y bueno, pasa lo que pasa, pero a pesar de esto, somos estudiantes de Derecho, y si tenemos que ser objetivos y nos encontramos frente a una situación de estas características tenemos que entrar a valorar las "causas concurrentes", en caso contrario sí que iría la Admón. a ese afán recaudatorio, aunque al fin y al cabo, es lo que piensa la ciudadanía respecto de las sanciones administrativas.

Creo que de los tres que hemos entrado aquí, quedamos pocos hoy en día, o al menos, yo no los veo, aunque se estudie Derecho, se sea abogado, jajjaj, siempre van a decir no, ¡a la Administración no le pago, lo que quiere es recaudar! ;)