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Autor Tema: saltarse un semáforo en rojo  (Leído 13496 veces)

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Desconectado Esther2424

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saltarse un semáforo en rojo
« en: 09 de Febrero de 2007, 00:11:34 am »
Hola me llamo Esther
Tengo un problema, el Lunes he recibido una carta certificada de una multa.En la misma se me anunciaba la retirada de 4 puntos del carnet de conducir.Yo soy la dueña del coche pero quien lo conduce es mi pareja.
En dicha multa alegan que se ha saltado un semáforo en rojo. el semáforo funciona por botón, es decir, que solo se pone en rojo cuando pasan los peatones, por lo cual me parece muy raro que eso haya sido verdad.
La multa la ha puesto u policia local.
La recibí el lunes pero es del día 24 de octubre del 2006.
Me gustaría saber si puedo hacer algo. He ido a la poicia y me han ducho que no tienen fotografía.
Gracias.
Atentamente Esther


Desconectado IESUS

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #1 en: 09 de Febrero de 2007, 00:26:34 am »
Puedes adjuntar la multa? Está fundamentada?, que pone en la multa, tienen que seguir un procedimiento, la interposición de una multa tiene que ajustarse a unos plazos, tendrimos que ver lo que dice el escrito que te envían.De todas formas esto se estudia en dERECHO ADMINISTRATIVO : Si no se ajusta a un proceddiemiento es nula d epleno derecho, hay que ver la notificación.
DA MIHI FACTUM, TIBI DABO IUS

Desconectado Esther2424

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #2 en: 09 de Febrero de 2007, 19:33:24 pm »
Hola Iesus. Muchas gracias por contestar.Se lo agradezco mucho.
La multa dice:
Visto el artículo 3 del R d 320/194, de 25 de febrero, en relación con el artículo 36 de la ordenanza de circulación y mobilidad, en los cuales se establece el procedimiento sancionador se incoará de oficio por la autoridad competente que tengan conocimiento de los hechos que puedan constituir infracción  a los preceptos del texto articulado de la ley sobre tránsito, circulación de vehículos de motor o seguridad viaria o mediante denuncia formulada por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia y seguridad del tránsito.
Teniendo en cuenta los artículos 5,12 y  siguientes del real decreto mencionado, en el cual se regula el contenido de las denuncias hechas de circulación, eso como la instruccón y posteriores fasesprocedimentalesa seguir en la tramitación de las respectivas denuncias.
Considerando que el artículo 44 de la Ordenanza de Circulación y mobilidad prevee los supósitos en que aparte de la sación económica se pueda resolver la propuesta de suspención del permiso o licencia de conducción.
Nº de denuncia:X
Fecha y hora de la infracción:24/10/2006
Lugar de la infracción:X
Agente denunciante:X
Matrícula, marca y modelo del coche:X
Nombre, apellidos y DNI del presunto infractor:X
Domicilio:X
Artículo infringido: 146.a)1 del Reglamento General de Circulación. No respetar el conductor del vehículo una luz roja de un semáforo.
Importe de la MULTA:150 EUROS
pUNTOS:4 PUNTOS

Desconectado zarapito

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #3 en: 18 de Febrero de 2007, 23:17:46 pm »
Hola, mira desde lo que se de esto, la cuestión es que la palabra del agente local , tiene presunción de validez.
Pero a su vez si el agente presenció la infracción , debe comunicarte el motivo/motivos por los cuales no detuvo al vehículo ( por ejemplo dándole el alto) y así comunicar la posible infracción al conductor ( no al propietario) ya que este tipo de infracción a diferencias de otras las comete el conductor no el propietario del vehículo.
Así mismo si en el boletín de la denuncia el conductor no la ha firmado , en el apartado de la firma del infractor se debe incluir la firma de un testigo que los agentes que actúan en pareja suelen poner a sus compañeros, como testigos de la infracción.
También es importante la descripción que haga el agente del peligro que se hubiese causado con la conducción y la posibilidad de saltarse el semáforo en rojo.
En resumen y sin extenderme demasiado.

Deberías comprobar que el boletín de denuncia cumple esos requisitos.
Luego una táctica que suele funcionar a veces , como resulta que el conductor no fue identificado, tu como propietaria tienes la obligación legal de responder quién era la persona que conducía,( a no ser que el vehículo lo hubieses denunciado anteriormente como robado)
la táctica en cuestión consiste más o menos ( dependiendo de la unidad familiar) en decir que el vehículo se encontraba en tu casa/domicilio y que las llaves estaban al alcance de x, personas tu las identificas con su nombre, apellidos , d.n.i y domicilio y así cumples con tu obligación legal de identificar al conductor, más adelante la Jefatura de Tráfico decidirá si continúa el expediente ,pero de momento tiene que identificar al conductor, pues tu como propietaria y como conductor no identificado, no has sido la responsable de la infracción, con esto puedes dilatar el procedimiento e intentar que este caduque o prescriba.
Y lo más importante hasta que no sea firme la resolución no tienes que pagar la cuantía económica ni por supuesto se te retiran los puntos.

No se si te habré sido útil .

Saludos.
El amor y la tos no se pueden ocultar.

Desconectado Stong

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #4 en: 19 de Febrero de 2007, 06:32:13 am »
Me imagino, desde mi poco saber, que si el agente de la vigilancia del tráfico no procedió a la identificación del supuesto infractor por las circunstancias que fueran, deberá hacerlo contar en la el boletín de denuncias, de no ser así, salvo que la normativa que afecte a ese procedimiento administrativo, especial y sancionador haya cambiado a ese respecto, puede darse un defecto de forma o que sea nula de pleno derecho. La denuncia debe ir adjuntada a la carta de notificación del organo competente, que en ese caso debe ser uno dependiente de la Jefatura  de Tráfico (Subdelegado de Gobierno creo recordar, por delegación en el Director Provincial de Tráfico, de esto no estoy muy seguro) o en su caso solicitarla.

Al agente de la vigilancia del tráfico no tiene porque firmarle la denuncia en este caso a su compañero o un ciudadano de a pié, pués no precisa un testigo del intento de notificación de la denuncia para que comience a correr los plazos y darse por enterado el supuesto infractor de que ha sido denunciado. Eso se produce en los casos, en los cuales el agente de la vigilancia del tráfico identifica al supuesto infractor y le notifica por ese acto que ha sido denunciado, siendo a la vez intructor el agente, firmando el mismo y un testigo si se negara el conductor a firmar (que no es la aceptación de la denuncia y menos aún de la multa) sino del acto de notificación de la misma y de la iniciación del procedimiento sancionador. Este no es el caso que se plantea, debido a que el vehículo no fué detenido al efecto de identificación y parece ser de lo que entiendo que tampoco fué establecida la causa que motivo la falta de identificación por el agente, que hace algunos años era obligatoria.

Los plazos comienzan a correr a partir de la recepción por el títular del vehículo de la iniciación del procedimiento sancionador, debido a que el agente sólo ha efectuado la denuncia y la imposibilidad de indentificación del conductor impide que la notifique, siendo el órgano competente en este caso de la Administración y debido al tipo de infracción  denunciada de la Administración Estatal. El agente tampoco a señalado en la denuncia el posible peligro producido por la infracción lo que me lleva a pensar que en ese momento no habían peatones con la intención de cruzar la calzada, ni ha solicitado ninguna suspensión del tiempo del permiso de conducir por ello ni tampoco, como es obvio,tampoco  lo ha hecho el órgano competente al no tener base.

Al agente de vigilancia del tráficio, el Estado, le dá la validez de la presunción veracidad de su ratificación en lo que vió, en un acto de fé, salvo prueba fehaciente en contrario, es decir, que la ratificación de lo que el agente diga que ocurrió ante la audiencia del interesado, (escrito de alegaciones) cuando versa palabra contra palabra, salvo pruebas fehacientes en contrario, prevalece la palabra de la institución que tiene como misión y deber velar por la vigilancia del tráfico y el deber jurídico de denunciar las supuestas infracciones que observe.

Sobre lo que dice el compañero de la responsabilidad subsidiaria del propietario del vehículo sobre los hechos que ocurran con el mismo, entre ellos las denuncias de tráfico, y su obligación de auxiliar a la justicia, en este caso administrativa, identificando al supuesto infractor, ante la imposibilidad en concreto de determinar qué persona utilizó el vehículo ni por él ni por los medios de la Administración, existe una sentencia del Supremo al respecto bastante antigüa, pero es eso, un caso concreto, salvo que existieran más con el mismo fondo jurídico (sentencias) y tendrías que llegar a los tribunales, salvo que consigas dilatar los plazos y caduque el procedimiento por la imposibilidad de la adminisración de determinar qué persona conducia el vehículo.

El que un semáforo con un "botón" se ponga en rojo sin haber personas a su lado es lógico,  debido a que están sincronizados con los demás semáforos, sus ciclos de verde-rojo, y con la densidad del tráfico en las vías en ese momento. La inmensa mayoría de los semáforos que conozco en las poblaciones que frecuento con el "botoncito" es un "engaña bobos", puedes presionar el botón que el ciclo de verde a rojo tarda justamente lo mismo que de no presionarlo (eso lo he comprobado  con un cronómetro). Los semáforos que son peatonales, de botoncito y funcionan con el mismo suelen estar situados en vías en las que la confluencia de cruces con otras vías no haga falta la sincronización de los ciclos de verde a rojo entre ellos o, en su caso, que activen el semáforo inactivo para que se acople a los ciclos de los otros semáforos, pero me imagino que eso dependerá de cada población.

Un dato que yo creo que es importante, a la hora de hacer las alegaciones, el color ambar a los efectos de circulación tiene la misma calificación que el rojo, detener el vehículo como si fuera rojo, salvo la evitación del daño al vehículo y a sus pasajeros que nos precede sino mantiene la distancia y  no siendo una conducta negligente ni temeraria al volante para evitar una colisión por alcance sin poner en peligro a los demás usuarios de las vías, pero el agente tiene su palabra como si fuera un notario ante los hechos ocurridos, dando fé de lo que vió y sino fué eso lo que ocurrió se ratificará en lo que vió.

La otra posibilidad existente es que por el azar se equivocará de vehículo el agente de la vigilancia del tráfico  y ese día no estuviera el vehículo circulando por vía en la que se cometió la  infracción a esa hora de la denuncia en concreto y que el agente tomara la matricula y equivocara un número al transcribirla, pero debe coincidir en ese caso con un vehículo de la misma marca, modelo y color, porque de lo contrario no creo que pospere la alegación por muchos testigos que afirmen que ese día estaba el vehículo en el garaje y diecisiete testigos junto al mismo que lo testifiquen o que un documento legal que demueste que el vehículo no podía estar en ese momento en esa vía. Siempre bajo la base de que hubiese sido una equivocación de trasncripción de la matricula del agente desde su memoria a la papeleta de denuncia y que fuera cierto lo relatado, porque en caso contrario siempre y dado que no existe otro medio, el Estado, dá al que tiene el deber de velar por esa vigilancia del tráfico y no tiene otro medio para demostrarlo el "acto de fé" en la ratificación de lo que observo, ante la audiencia del interesado.


Desconectado Stong

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #5 en: 19 de Febrero de 2007, 09:18:26 am »
Creo que de acuerdo a lo que establece el artículo 62 de la LRJAP y PAC, al no establecerse en la notificación de la denuncia y siendo esta posterior a los hechos, no existiendo fotografía y debiendo consignarse las causas de la falta de identificación del conductor en la denuncia, por el agente de la Policía Local, es NULA DE PLENO DERECHO, siendo además estas causas concretas y preestablecidas en la Ley.

Suerte.

Desconectado rocket73

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #6 en: 28 de Marzo de 2007, 20:49:56 pm »
  Buenas tarde Esther, con todos mis respetos opino que lo que debes hacer  es pagar la multa lo antes posible, (y por tanto perder los puntos que lleva aparejada la infracción), y pensar en lo que has hecho, es decir, te has saltado un semáforo, creando una situación de riesgo para los peatones muy importante. Como mínimo podría s haber ocasionado un accidente en donde sólo hubiera daños materiales, que , al fin y al cabo, se hubieran reparados los vehículos, haciendose cargo las compañías de seguro.
    Pero puestos a imaginar podrías haber atropellado a alguien que en ese momento hubiera ido cruzando por el paso de peatones. Imagina, tú o el resto de personas que han opinado en este hilo, que se cambia la situación, y eres tú la que vas paseando por dicho lugar, o alguien muy querido por ti, y un desalmado no respeta un semáforo y provoca un accidente, un atropello. Seguramente te gustaría que pagara duramente por la infracción. Pues en tú caso es lo mismo.
   Vamos a dejarnos de buscar la forma de evitar ser sancionados por una infracción de tráfico que supone un gran peligro para el resto de personas. Vamos a dejarnos de seguir cometiendo infracciones y fraudes de ley; asumemos nuestros actos, nuestros errores y fallos: si te has saltado un semáforo y te han pillado apechuga con ello, y la próxima vez ten más cuidado, los demás no tenemos porque pagar tus negligencias.
  Sinceramente hay que tener la cara muy dura para pedir consejo o ayuda para evitar una sanción de este tipo. Pero más poca educación (vial) tiene el que te sigue el rollito y te de ideas de lo que tienes que hacer para ello.
  Por todo ello, yo te aconsejo que pagues la multa, y que renuncies al carnet de conducir por un tiempo, ya que eres un peligro para los demás, que  encimas pretendes evitar la sanción pidiendo consejos aquí. Pero no sólo tú, sino todos aquellos que te lo han dado.

  UN saludo y hasta la próxima que espero que no sea de este nivel de caradura. 

Desconectado Stong

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #7 en: 01 de Abril de 2007, 19:56:24 pm »
Buenas tardes, señor rockert73.
Me doy por aludido por la definición que realizó usted de mi de cara dura al seguir el rollito...
"Este es un foro de Derecho", "justamente se debate en este apartado sobre temas jurídicos", "en entorno a los aspectos jurídicos" y "dentro del mutuo respeto", que parece ser que usted olvida, denominándome cara dura, con poca educación vial. Ese hilo lo escribí sin dormir (cerrándoseme los ojos) y tiene algunos fallos, pero en la parte que usted se refiere a "fraude de ley" no lo he apoyado porque soy conciente de que ni el procedimiento caduca ni separa. Desconozco sus conocimientos sobre educación víal en sentido estricto y amplio, pero le puedo asegurar que aún teniendo usted todos los títulos, certificados y diplomas (que posiblemente posea) al respecto, a mi no me da clase y yo no tengo ningún papelito de esos.
Comienza usted este hilo escribiendo (...) con todos mis respetos (...). Y termina diciendo: (...) sinceramente hay que tener cara dura para pedir consejo o ayuda (...) y (...) Pero poca educación (víal) tiene el que le sigue el rollito y te da ideas de lo que tienes que hacer para ello. Por útlimo continua faltando al respeto con su despedida.
Este es un foro de Derecho y por tanto de libertad de opinión, pero en aquella parte en la que usted me define como cara dura, se ha pasado tres pueblos  y utiliza la demagogia para dar clases de ética y moral, cuando mi opinión ha sido entorno al procedimiento sancionador, a las instituciones de vigilancia del tráfico y a la LRJAP Y PAC, con fallos, eso es cierto, de memoria, sin dormir y sin revisar lo escrito.
La pregunta es más sencilla: ¿Debe acatar la sanción sino se ajusta al procedimiento? Si la respuesta es sí, entonces, ¿para que existe el procedimiento?
A mi no me dé clases de ética ni de moral, le puedo asegurar que usted no está a la altura para ello por mucho que lo crea y lo certifiquen mil documentos. Y yo también le voy a dar un consejo: "deje de catalogar a la gente cuando no la conoce personalmente y apoyarse en una clase demagogia"

Fdo:
El que uste define como cara dura.

Desconectado rocket73

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #8 en: 02 de Abril de 2007, 19:48:03 pm »
      Le pido disculpa en aquello que le haya ofendido a usted, y al resto de personas que puedan sentirse aludidas: las cosas mejor con educación. Retiro únicamente el término "caradura" del anterior mensaje, pero mantengo el resto del contenido del mismo. Me tacha usted de demagogo, pues bien, lo acepto sin inconvenientes, pero que sepa usted que las normas están para cumplirlas.


                Reitero mis disculpas, y le mando un saludo

Desconectado Stong

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Re: saltarse un semáforo en rojo
« Respuesta #9 en: 03 de Abril de 2007, 12:14:28 pm »
No acepto sus disculpas.
Mantiene usted mi poca educación víal y seguir el rollito.  Usted no me conoce de nada ni sabe como actúo, simplemente supone y cree, sencillamente.
Sentencia con las palabras "eres un peligro para los demás" a la persona que abrió el hilo, cuando dice claramente que no conduce el vehículo sino su pareja.
Simplemente no le contestaré más, son sus opiniones.