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Autor Tema: Dejar pasar Pension alimentos hijo con 23 años  (Leído 2153 veces)

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Desconectado pedromadrid

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Dejar pasar Pension alimentos hijo con 23 años
« en: 13 de Febrero de 2019, 11:51:30 am »
Hola quisiera vuestras respuestas a lo siguiente:

Desde los 4 años de edad he pasado cada mes la pensión a un hijo que enenero cumplio 23 años. El mismo no trabaja ni estudia, viene en localidad distinta a la que vivo yo.
En la Sentencia de Divorcio en concordancia con el Convenio regulador, el Juez de familia dice que pagare a mi ex la pensión hasta que este cumpla ma mayoria de edad o se independice economicamente.
Se que generalmente hay que solicitar revisión mediante abogado y procurador, pero si dejas de pagar mensualmente, previo aviso a la ex, a traves de mi hijo y sabiendo lo que dice el Codigo Penal al respecto, lo cual no entiendo como el "Abandono de familia" no lo han pasado a Civil en vez de Penal como han hecho con otros delitos.

Espero vuestras opiniones, experiencias, etc.

Muchas gracias.

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Desconectado aestevez38

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Re:Dejar pasar Pension alimentos hijo con 23 años
« Respuesta #1 en: 15 de Febrero de 2019, 19:15:17 pm »
Hola Pedromadrid:
     Siempre que quieras realizar cualquier modificación, por pequeña que sea, respecto a lo establecido en la sentencia de divorcio en concordancia con tu Convenio regulador, tienes que instar MODIFICACIÓN DE MEDIDAS ante el juzgado que llevó tu divorcio, en unión de abogado y procurador. No sé si ya eres graduado, porque en ese caso tú mismo puedes ejercer de abogado (puedes ver la explicación en mi post ¡PRIMERA SALIDA AL RUEDO!) , pero obligatoriamente precisas de procurador.
     NUNCA, repito NUNCA realices modificaciones por tu cuenta, por mucho que se lo comuniques y aparentemente esté de acuerdo tu ex: el juez es el único habilitado para realizar las modificaciones y hasta que no tengas la resolución judicial no puedes por tu cuenta "mover ficha".
     Respecto hasta cuándo tienes que pasarle la manutención para tu hijo, lo mejor es que compruebes la jurisprudencia más actualizada para ver cómo está cambiando la cuestión.
     Pide también opinión a algún abogado de familia.
     En la actualidad el hecho de que tu hijo ni estudie ni trabaje ya ya tenga 23 años es motivo suficiente para dejar de pagarle la manutención, pero existe una pequeña pega en el Convenio que firmaste ya que en él indicas que le dejarás de pagar la manutención cuando sea independiente económicamente y ahí el tema depende bastante de la interpretación del juez .
     Otra actuación por tu parte puede ser instar al juzgado para que indague la vida laboral en la Seguridad Social y  también que indague si está apuntado en la oficina de solicitud de empleo, porque al vivir en localidad distinta a la tuya quizás carezcas de toda la información respecto a su verdadera situación actual.
     Espero haberte servido de ayuda, por lo menos para que puedas ir vislumbrando con qué opciones cuentas.
     ¡Suerte!

Desconectado aestevez38

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Re:Dejar pasar Pension alimentos hijo con 23 años
« Respuesta #2 en: 15 de Febrero de 2019, 19:49:02 pm »
Hola de nuevo Pedromadrid:
     Dándole vueltas a lo que expone tu convenio regulador, al darse una disyuntiva para dejarle de pasar la manutención a tu hijo O ES MAYOR DE EDAD O ES ECONÓMICAMENTE INDEPENDIENTE, ten en cuenta que al haberse dado la circunstancia de LA DE LA MAYORÍA DE EDAD ya se habría cumplido uno de los requisitos para la extinción de la manutención. Pero lo mejor es que compruebes si efectivamente pone que se dé alguna de las dos circunstancias y no las dos.
     En el caso de que efectivamente sólo fuera necesario uno de los requisitos y al haberse dado ya, OBLIGATORIAMENTE tienes que dirigirte al juzgado para instar LA MODIFICACIÓN DE MEDIDAS DEFINITIVAS para que se extinga la obligación del pago de la manutención.
     Espero haberte ayudado.
     Un saludo

Desconectado pedromadrid

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Re:Dejar pasar Pension alimentos hijo con 23 años
« Respuesta #3 en: 16 de Febrero de 2019, 00:58:12 am »
Muchas gracias. Efectivamente se ha dado la mayoría de edad. Sobre abogado y Procurador lo se, pero es todo gasto y donde vive esta bastante lejos para hacer contrato en esa localidad. Se está tipificado, pero en el caso ella denunciará, al vivir otra Comunidad bastante distante, además de valorar el Juez los pagos realizados, y siempre que se cumplan los dos meses consecutivos o cuatro alternos, me gustaría saber experiencias actuación policial o judicial.
Gracias por tus respuestas.
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