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Autor Tema: Servidumbre de Paso + Problema  (Leído 867 veces)

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Servidumbre de Paso + Problema
« en: 16 de Enero de 2023, 23:56:28 pm »
Tengo un terreno por el cual pasa un vecino por mi terreno por un camino que se dejó en su momento para que pudiera acceder a su propiedad.

Hará unos meses me dijo que tenía que registrarlo en el registro de la propiedad la servidumbre de paso. Yo me negué, ya que el hace uso de ese paso sin ningún problema. Es más, la entrada está abierta. Nunca le he negado el paso.

Pues ahora me manda un burofax que tengo que registrarlo en el registro de la propiedad o sino me denuncia.

Mencionar que el terreno es heredado de mi abuelo y siempre ha estado ese paso y nunca ha existido problema.

No sé si hago lo correcto negándome pero creo que si registro, el vecino pueda apropiarse de mi terreno o tenga algún tipo de derecho.

También quiero saber si me niego a registrarlo que repercusiones puedo tener.


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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #1 en: 17 de Enero de 2023, 13:36:57 pm »
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Tengo un terreno por el cual pasa un vecino por mi terreno por un camino que se dejó en su momento para que pudiera acceder a su propiedad.

Hará unos meses me dijo que tenía que registrarlo en el registro de la propiedad la servidumbre de paso. Yo me negué, ya que el hace uso de ese paso sin ningún problema. Es más, la entrada está abierta. Nunca le he negado el paso.

Pues ahora me manda un burofax que tengo que registrarlo en el registro de la propiedad o sino me denuncia.

Mencionar que el terreno es heredado de mi abuelo y siempre ha estado ese paso y nunca ha existido problema.

No sé si hago lo correcto negándome pero creo que si registro, el vecino pueda apropiarse de mi terreno o tenga algún tipo de derecho.

También quiero saber si me niego a registrarlo que repercusiones puedo tener.

Buenos días compañer@!!!!

Que ganas tengo ya, de acabar el Máster y poner en su sitio a la gente  *toca h-u-e-v-o-s * como tu vecino. ;D
No tiene ningún sentido que el susodicho te reclame nada mediante burofax, ya que la servidumbre se reclama cuando el
predio sirviente, en este caso el tuyo, se niega a permitir el paso al predio dominante, el del *pajarraco *ese que tienes de vecino.

A mi juicio, tu vecino  * ha ido de listillo, con burofax incluido * , pero mira tanto mejor para ti, porque puedes devolvérsela.
El artículo 564 del CC dice lo siguiente:

*El propietario de una finca o heredad, enclavada entre otras ajenas y sin salida a camino público, tiene derecho a exigir paso por las heredades vecinas, previa la correspondiente indemnización.

Si esta servidumbre se constituye de manera que pueda ser continuo su uso para todas las necesidades del predio dominante estableciendo una vía permanente, la indemnización consistirá en el valor del terreno que se ocupe y en el importe de los perjuicios que se causen en el predio sirviente.

Cuando se limite al paso necesario para el cultivo de la finca enclavada entre otras y para la extracción de sus cosechas a través del predio sirviente sin vía permanente, la indemnización consistirá en el abono del perjuicio que ocasione este gravamen.*

De lo que explicas, deduzco que el individuo en cuestión  *no te ha pagado nunca por usar tu servidumbre *, así que a por él.

-Primer paso : Averigua el valor real de tu terreno, mide los metros que tiene concretamente el caminito por el que tu vecino pasa
alegremente y de gratis, y divide precio/ metros , y ahí tienes lo que te ha de pagar  *su señoría* , pues según el art, 564,
te tiene que abonar el valor del terreno que te ocupe para poder pasar, esa es la primera parte de la indemnización que debes
recibir, la otra parte es por los perjuicios que te ocasione el hecho de no disponer plenamente de esa parte de tu propiedad,
es decir, tu puedes reclamar que en ese terreno de paso, tenías intención de plantar patatas, o trufas que son más caras... ;D ,
o incluso si la anchura lo permite hacerte una piscina olímpica, todo eso que querías hacer y no puedes, forma parte de la
indemnización por los perjuicios ocasionados en tu propiedad al dejar el paso abierto.

Una vez tengas bien claras esas cantidades, y tira de largo, que ya habrá tiempo de rebajarlas, pues te acercas al registro de
la propiedad, y preguntas  *sin registrar nada de momento * lo que te vale el registro de la servidumbre en escritura pública e
infórmate también si al ser un derecho real, te van a clavar o no impuestos anuales adicionales por registrarlo como servidumbre,
suma todas las cantidades, y el total de todos esos gastos * se lo metes a tu vecino como perjuicios también *
Una vez hayas hecho todo ésto, redactas un burofax * de respuesta * al susodicho y le dices lo siguiente:

Buenos días * pajarraco* jjajajajaa  bueno lo de pajarraco mejor no lo pongas ..y expones:

Tiene usted razón, la servidumbres hay que registrarlas.
Por ese motivo me pongo en contacto con usted, para convenir fecha y hora, para que ambos nos personemos en el registro y se
realice la pertinente inscripción.
Así mismo aprovecho para informarle que conforme el artículo 564 del CC, usted debe abonarme una indemnización por el uso
continuado de mi propiedad, dentro de la cual se incluyen los perjuicios que llevo soportando durante largo tiempo, al no poder
disponer libremente de la parte de mi terreno, que usted usa.
Las cantidades que usted debe abonarme en el momento que realicemos la pertinente inscripción, son las siguientes:

-Y aquí le metes *el oro y el moro*  ;D ;D ;D ;D ;D

Y sigues:

Además como usted bien sabe, lleva años haciendo uso de la citada servidumbre , sin abonarme cantidad alguna,
por consiguiente me reservo el derecho a reclamarle también dichas cantidades debidas más intereses.
Finalmente, le indico que si no llegamos a un acuerdo satisfactorio para ambas partes, tengo pensado cerrar completamente el
paso e impedirle a usted su uso, pues no es lógico que usted se dirija a mí con amenaza de denuncia, cuando por mi parte siempre
se le han dado todas las facilidades y ningún impedimento para que transite libremente por la citada servidumbre, un tránsito
que si bien hasta la fecha ha sido gratuito, en adelante y conforme a lo dispuesto en las leyes que así lo regulan, dejará de serlo.

Y si le mandas ésto o algo parecido al susodicho, te digo yo, que ha de venir de rodillas a pedirte perdón.... ;)
Esto que te planteo, básicamente  *es para asustarlo y quitarle la tontería *, si te deja tranquilo, no pases a mayores.
Pero también te digo que * si quieres joderlo * la ley está de tu parte y va a tener que aflojar la pasta por listillo.
Pero es mejor solucionarlo  * de buenas * que el tío se retracte y volváis a la paz anterior, porque andar con denuncias entre
vecinos, es un mal negocio, y más si el tío es un maleje, que está aburrido, como parece, y disfruta jodiendo al prójimo.
También cabe la posibilidad que el pajarraco, quiera que se registre la servidumbre, porque tiene pensado  * ampliar la misma*,
pero bueno, eso nunca se sabe.

De todas formas ahí tienes la información  * para darle un buen zasca * y mi consejo es que después del Zasca, tú ya decides
lo que quieres hacer si hacerle * pasar por caja * o dejar las cosas como están, sin inscribir ni leches, pero bueno, a ver que te
contesta el * listillo * una vez reciba tu respuesta. ;)

Aquí queda mi consejo, y si cualquier compañer@ te puede dar uno mejor, no lo descartes, puesto que a veces meterse en
demandas, no es tan divertido como parece, aparte del gasto que ocasiona, pero considero que debes contestarle el burofax, para
que vea que tú * no te chupas el dedo* , que conoces la ley, y que en resumidas cuentas, si se empecina en obligarte a
registrar, la ley le obliga a él a pagar, no hay otra, y yo creo que por no pagarte un euro, el tío  * hará las paces *.

Bueno, ya nos dirás como va el asunto, me has hecho recordar  * mis tiernos inicios con Derecho Romano * ;)

Un saludo y suerte. ;)

COGITATIONIS POENAM NEMO PATITUR.

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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #2 en: 17 de Enero de 2023, 18:42:33 pm »
Muchas Gracias Dikaios por tú gran respuesta.

Me gustaría preguntarte otra cosa.

La indemnización de daños ocasionados ¿se lo tendría que pedir mensual o anual?.
Como ya he explicado nunca me he negado a que pase y pero tengo la duda de que si me denuncia salga ganando por querer ir a registrar la servidumbre.

Gracias


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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #3 en: 18 de Enero de 2023, 21:47:04 pm »
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Muchas Gracias Dikaios por tú gran respuesta.

Me gustaría preguntarte otra cosa.

La indemnización de daños ocasionados ¿se lo tendría que pedir mensual o anual?.
Como ya he explicado nunca me he negado a que pase y pero tengo la duda de que si me denuncia salga ganando por querer ir a registrar la servidumbre.

Gracias

Buenas tardes!!!!

De nada.

Primeramente te recomiendo  *que no te empecines en el vil metal * ;)
Se trata de asustarlo y dejar las cosas como están, ese sigue siendo el mejor consejo que puedo darte.
Dicho ésto, paso a mostrarte nuevamente mi opinión.

La forma de actuar de tu vecino  * es rara, extraña, no lo veo normal, la verdad *...¿Qué le habrás hecho ? ;D ;D ;D ;D
Respecto a lo que planteas de *si me denuncia, él salga ganando por querer ir a registrar la servidumbre.*....pues más bien, todo lo
contrario, saldrá perdiendo, porque si hay registro, él estará obligado a pagarte la indemnización que se fije.
La única ganancia, es que en su finca, se le anotará el derecho que tiene de paso sobre la parte de tu terreno destinada a servidumbre,
y punto pelota, pero es que ese derecho ya lo tiene ahora y además gratis...ajajajjajajaa.
Y en el supuesto hipotético de que tú mañana vendes tu parcela y el nuevo propietario cierra el paso, el pajarraco siempre podrá
solicitar  *amistosamente volver a pasar * o denunciar para que se registre la servidumbre que se le pudiese negar, y estaríamos
en las mismas,  *el día de la marmota ha llegado * ;D ;D ;D

Respecto al modo de cobro o cantidad mensual, anual, diario o vaya usted a saber, lo normal es que se llegue a un acuerdo entre
ambas partes, pero mucho me temo que tú vecino no está pensando en pactar nada.
Creo, aún a riesgo de equivocarme, que quizás él o un futuro comprador de su parcela tiene pensado entrar con un tractor o con
maquinaria agrícola voluminosa, para acceder a la misma, y sus intenciones son ampliar el camino o acondicionarlo mejor, a saber,
de ahí que se quiera asegurar * la futura obra * y la validez de la misma...pero en caso de que eso suceda, también tendría el
pajarraco que contribuir económicamente a dicha obra, así que sigo sin entender realmente sus intenciones.......

Vamos que o tu vecino es tonto de remate, o le está asesorando alguien más tonto incluso que él.....jajajjajaaja
O quizás el tonto soy yo...... ;D ;D ;D ;D porque no alcanzo a dilucidar el benéfico que el pajarraco pueda obtener, denunciándote
a ti, más allá de lo anteriormente expuesto...

De hecho lo normal es que personas en tu misma situación, dejen pasar a sus vecinos, sin objetar nada,
sin haber dinero de por medio, se suele actuar de buena fe por ambas partes, en la línea que tú has contado, si tu abuelo dejaba
pasar ya anteriormente por tu propiedad y tú sigues permitiendo el paso, no encuentro objeto que fundamente la denuncia,
pues denunciamos cuando se nos priva de un derecho y en este caso, tú vecino ya tiene el derecho de paso concedido, ahora
bien si le hace ilusión * tener dicho derecho por escrito * , pues nada que te denuncie....

Ten en cuenta que la servidumbre se inscribe en tu propiedad, en la propiedad del pajarraco, solo se anota  *el derecho de paso
que tiene sobre la servidumbre que haya inscrita en tu propiedad * , así que si tú no quieres voluntariamente ir a inscribir nada, pues blanco y en botella  * el derecho de paso sobre nada, es nada * jajaajajajaj ;D ;D ;D ;D
Mañana mismo cierras el acceso y entonces que te denuncie pero con razón!!!!! ;D ;D ;D

Es que parece todo una película de Cantinflas, ;D te va a denunciar para conseguir hacer valer un derecho que ya tiene concedido,
y que además tú puedes demostrar que lleva ejerciendo dicho derecho de paso ininterrumpidamente y sin oposición alguna....
Por muchas vueltas que le doy, no alcanzo a comprender la utilidad de la futura denuncia contra ti, más allá de hacer trabajar
un poco al encargado del Registro y tocarte simultáneamente a ti las narices.
En fin, misterios insoldables de la humanidad. ;D

Un saludo, suerte y espero que tu vecino recapacite. ;)






COGITATIONIS POENAM NEMO PATITUR.

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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #4 en: 18 de Enero de 2023, 23:38:12 pm »
Muchísimas Gracias POR LA INFORMACIÓN.

Me ha servido de gran ayuda.

Le mantendré informado jejeje

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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #5 en: 19 de Enero de 2023, 19:38:08 pm »
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Muchísimas Gracias POR LA INFORMACIÓN.

Me ha servido de gran ayuda.

Le mantendré informado jejeje

Buenas tardes, de nada.

Y lo dicho,  asústalo muuuuchoooooo * en el buen sentido de la palabra, es decir en el económico *  ;D ;D ;D
porque la denuncia, es un jaleo, conlleva un perito tasador de fincas rurales para la indemnización y todo eso,
y en resumen, gasto de tiempo y dinero, que a fin de cuentas, se podría evitar.

Usa  * tu encanto personal * y habla con él, insístele en que si hay denuncia de por medio, los dos vais a salir  perdiendo,
y que él tendrá que pagar por algo que siempre ha tenido gratis.  ;D

Por supuesto, no dejes de informar por aquí como acaba el asunto,
el cual espero que lo resuelvas satisfactoriamente y a tu favor.

Un saludo y a por ello. ;)

COGITATIONIS POENAM NEMO PATITUR.

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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #6 en: 19 de Enero de 2023, 20:08:08 pm »
Si. Lo he puesto en manos de un profesional en la materia y le he enseñado lo que me indicaste.

Por cierto, esta mañana he llamado a dos registros de la propiedad y en los dos me han dicho, que no estoy obligado a registrar nada (es voluntario) y que si lleva usando el paso mucho tiempo no es lógico que te "obligue a firmar" con la amenaza de una posible denuncia de no hacerlo.

Leí que, como tiene declarado el Tribunal Supremo en numerosas sentencias, cuando existen signos ostensibles e indubitados de servidumbre de paso y su apariencia exterior, se le atribuye una publicidad equivalente a la inscripción en el registro de la propiedad, aunque no resulte del Registro la existencia de la servidumbre.

En fin.. Ye te iré informando.

Muchísimas Gracias.

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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #7 en: 20 de Enero de 2023, 12:37:15 pm »
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Si. Lo he puesto en manos de un profesional en la materia y le he enseñado lo que me indicaste.

Por cierto, esta mañana he llamado a dos registros de la propiedad y en los dos me han dicho, que no estoy obligado a registrar nada (es voluntario) y que si lleva usando el paso mucho tiempo no es lógico que te "obligue a firmar" con la amenaza de una posible denuncia de no hacerlo.

Leí que, como tiene declarado el Tribunal Supremo en numerosas sentencias, cuando existen signos ostensibles e indubitados de servidumbre de paso y su apariencia exterior, se le atribuye una publicidad equivalente a la inscripción en el registro de la propiedad, aunque no resulte del Registro la existencia de la servidumbre.

En fin.. Ye te iré informando.

Muchísimas Gracias.

Buenos días compañer@!!!!

Perfecto, te han asesorado bien, es que la denuncia no tenía ni pies ni cabeza, la verdad...
Yo me ponía en el peor de los casos, suponiendo que tu vecino argumentara que quiere ampliar el ancho del paso, o que
mintiendo dijese que había días que tú no le dejabas pasar....esas cosas que quizás, aunque en falso, podrían dar lugar a denuncia.

Muchas gracias a ti compañer@, primeramente por publicar en el hilo tu caso, y sobre todo por este último email, en el que nos
comentas, que ya hay jurisprudencia del Tribuna Supremo al respecto, en casos similares.
Toda esta información que aportas, va a ser de mucha utilidad a personas que tengan un problema parecido al tuyo. ;)

De hecho si alguien pregunta en el foro, en un futuro algo similar, y * con tu permiso por supuesto * haré un copia y pega
de tú último mensaje, con tu nick, porque sin duda alguna es la mejor respuesta, comprobar que realmente es voluntario el registro, y
buscar jurisprudencia al respecto de casos similares.

Y me dejo de tanto articulado, leyes y demás, que yo solo me complico la vida....jajajjajajajajaj ;D  ;D ;D ;D
Como ves, tú también me has enseñado algo a mí, así que te doy también las gracias por ello.

Por supuesto, ves informando de como acaba finalmente el asunto, pues considero que éste tipo de preguntas son muy interesantes,
porque se aprende mucho por ambos lados.

Un saludo y suerte. ;) ;)



COGITATIONIS POENAM NEMO PATITUR.

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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #8 en: 20 de Enero de 2023, 16:54:22 pm »
Buenas tardes compañero.

Puedes copiar el mensaje, sin problema.
Y sí, como ya te he comentado, ayer hice unas llamadas a varios Registros de la Propiedad de mi Comunidad Autónoma para que me informarán y me comentaron eso, que no estoy obligado a registrar nada, que si ya usa el paso no hay motivo ninguno para registrarlo "es un gasto innecesario" palabras textuales del registrador.

También he visto estas sentencias que dicen:

La Sentencia de 15 Marzo de 1.993 y 17 de Octubre de 2.006 recuerdan: "que las servidumbres no inscritas en el Registro no pueden producir efectos contra terceros, ha sido interpretado por esta Sala en el recto sentido de desposeerlo de imperatividad absoluta y terminante, ya que aunque tal gravamen real carezca de constancia registral, cuando el tercero conoce su existencia, bien por su carácter permanente, como sucede en el caso de autos o bien por haberse acreditado por otros medios, no puede ampararse dicho tercero en tal falta de inscripción expresa (...), pues cuando los signos de la servidumbre son ostensibles, permanenciales y perfectamente exteriorizados, tal apariencia indubitada produce una publicidad en semejanza a la inscripción en el Registro (...)".

(AP Baleares, sentencia de 06-11-2006), cuando los signos de la servidumbre son ostensibles, permanenciales y perfectamente exteriorizados, tal apariencia indubitada produce una publicidad en semejanza a la inscripción en el Registro (SS. 17-5-1927,5-4- 1986y21-12-1990) (STS de 17-10-2006), surtiendo efecto aunque no resulte del Registro la existencia del gravamen (STS de 24-03-1993), exigiendo el Tribunal Supremo para la inoponibilidad de servidumbre no inscrita la existencia de buena fe en el adquirente del fundo sirviente, esto es, la ignorancia del gravamen, ya que en otro caso, no resultaría amparado por la fe pública registral, ausencia de buena fe que existe, sea la servidumbre aparente o no, cuando el tercero tenía conocimiento efectivo de la existencia extrarregistral de la carga real (sentencia de 25 de mayo de 1974), existiendo una consolidada jurisprudencia (sentencias de 20 de diciembre de 1962, 21 de diciembre de 1970, 30 de diciembre de 1975, 29 de mayo de 1979,5 de abril de 1986y12 de diciembre de 1990) según la cual cuando los signos de la servidumbre son ostensibles e indubitados, su apariencia exterior les atribuye una publicidad equivalente a la inscripción y, por tanto, surten efecto contra el adquirente del inmueble aunque no resulte del Registro la existencia del gravamen, que además cuando se demuestra que el adquirente conoció o tuvo motivos racionales para conocer, como ocurre en este caso, antes de perfeccionar su adquisición, que la finca estaba gravada con un derecho de servidumbre, no podrá ampararse en la falta de inscripción, y tal conocimiento existe cuando los signos de una servidumbre sean ostensibles y, por ende, indubitados (sentencias del TS. de 23 de octubre de 1980, 5 de abril de 1986 y 15 de marzo de 1993, disponiendo ésta última que "el Art. 13-1º LH precepto en que se ampara el motivo y a cuyo tenor las servidumbres no inscritas en el Registro no pueden producir efectos contra terceros, ha sido interpretado por la Sala 1ª en el recto sentido de desposeerlos de imperatividad absoluta y terminante, ya que aunque tal gravamen real carezca de constancia registral, cuando el tercero conoce su existencia, bien por su carácter permanente, o bien por haberse acreditado por otros medios, no puede ampararse dicho tercero en tal falta de inscripción expresa (SS. 8-5-47y20-5-92), pues cuando los signos de la servidumbre son ostensibles, permanentes y perfectamente exteriorizados, tal apariencia indubitada produce una publicidad en semejanza a la inscripción en el Registro (Ss. 17-5-27,5-4-86y21-12-90)".



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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #9 en: 20 de Enero de 2023, 23:06:32 pm »
Buenas noches!!!!

Veo que has hecho los deberes... ;D
Claro, el del Registro tiene toda la razón del mundo.
De todas formas, puedes contestarle el burofax, puesto que habiendo encontrado esa jurisprudencia,
puedes explicarle que tu servidumbre, es tan válida como una servidumbre anotada en el registro.
Quizás de esa manera lo entienda y no interponga la demanda.

Si finalmente se da curso a una demanda, yo creo que el juez, va a ver que tú siempre has obrado de buena fe,
permitiéndole el paso, y en base a eso y si hipotéticamente obliga a la inscripción de la servidumbre,  lo más lógico es que a
* tu vecino molesto * se le condene a pagar dicha inscripción en el registro, puesto que es el que más se va a beneficiar de ella,
entiéndase en una futura venta de su parcela, pues ya constaría en su escritura ese derecho de paso, que ahora no consta,
además de abonarte, previa tasación, la parte del terreno + perjuicios, como ya dijimos anteriormente.

Como dicen algunos por ahí:

*Espera lo mejor, prepárate para lo peor y acepta lo que venga*

Gracias por publicar la jurisprudencia al respecto

Un cordial saludo  ;)





 
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Re: Servidumbre de Paso + Problema
« Respuesta #10 en: 08 de Abril de 2023, 10:42:30 am »
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Tengo un terreno por el cual pasa un vecino por mi terreno por un camino que se dejó en su momento para que pudiera acceder a su propiedad.

Hará unos meses me dijo que tenía que registrarlo en el registro de la propiedad la servidumbre de paso. Yo me negué, ya que el hace uso de ese paso sin ningún problema. Es más, la entrada está abierta. Nunca le he negado el paso.

Pues ahora me manda un burofax que tengo que registrarlo en el registro de la propiedad o sino me denuncia.

Mencionar que el terreno es heredado de mi abuelo y siempre ha estado ese paso y nunca ha existido problema.

No sé si hago lo correcto negándome pero creo que si registro, el vecino pueda apropiarse de mi terreno o tenga algún tipo de derecho.

También quiero saber si me niego a registrarlo que repercusiones puedo tener.

   Si el vecino no tiene otra forma de pasar a su terreno, está claro que existe una servidumbre de paso. El vecino no podrá apropiarse nunca de nada puesto que no es suyo, solo puede pasar por allí. El registro de la propiedad, en lo que ahora interesa, solo cumple una función de dar conocimiento a terceros, no tiene efectos constitutivos. Si no se registra la servidumbre, no pasa nada.

   Otra cosa. Las servidumbres cuestan dinero. Si el otro quiere servidumbre, tiene que pagar por ella.
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!