Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: MORDEKAY en 09 de Septiembre de 2021, 16:24:12 pm

Título: Hilo Oficial Penal I Primer parcial 2021/2022
Publicado por: MORDEKAY en 09 de Septiembre de 2021, 16:24:12 pm
Derecho Penal I Primer parcial curso 2021 / 2022

Todo lo relacionado con la asignatura para el Primer parcial del curso 2021/2022

Guía de la asignatura: Derecho Penal I (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=130577.0)

Audioclases: Derecho Penal I: Clases de radio emitidas (audios) (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=119647.0)

Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.

Zona de petición de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0

Zona de subida y descarga de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0

Zona de compraventa de libros: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=20.0

Suscríbete a nuestro canal de YouTube para estar al día Suscríbete

Título: Re:Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: KaMyCHiKo en 13 de Septiembre de 2021, 19:35:34 pm
Hola Queridos compañeros,

Quería haceros una consulta, es sobre un examen de septiembre, lo que ocurre es que ya han cerrado el hilo de septiembre, así que me dirijo aquí, que supongo que tambien os podrá ayudar de cara al año que viene, a ver si podéis arrojarme algo más de luz, por que de esto depende que termine la carrera de una vez por todas, con esta asignatura que es la que mas me ha costado...  ::)

La pregunta era:

Citar
El Sr. E.M. de nacionalidad italiana, es condenado a una pena de prisión de seis años por un delito relacionado con el terrorismo, tras cumplir una parte de dicha condena se le concede el tercer grado. De acuerdo con la regulación de la expulusión como sustitutivo de la pena de prisión. a E.M:

a) Se le expulsará en todo caso durante un periodo de 5 a 10 años
b) No se le podrá expulsar, pues se trata de un ciudadano de la Unión Europea
c) Se le podrá expulsar durante un periodo de 5 a 10 años siempre que se den los requisitos legales.

El tema es, que a mi parecer y según el Art. 89.2 y 89.4 que cito aquí para mayor facilidad:

Citar
2. Cuando hubiera sido impuesta una pena de más de cinco años de prisión, o varias penas que excedieran de esa duración, el juez o tribunal acordará la ejecución de todo o parte de la pena, en la medida en que resulte necesario para asegurar la defensa del orden jurídico y restablecer la confianza en la vigencia de la norma infringida por el delito. En estos casos, se sustituirá la ejecución del resto de la pena por la expulsión del penado del territorio español, cuando el penado cumpla la parte de la pena que se hubiera determinado, acceda al tercer grado o se le conceda la libertad condicional.

-----

4. No procederá la sustitución cuando, a la vista de las circunstancias del hecho y las personales del autor, en particular su arraigo en España, la expulsión resulte desproporcionada.

La expulsión de un ciudadano de la Unión Europea solamente procederá cuando represente una amenaza grave para el orden público o la seguridad pública en atención a la naturaleza, circunstancias y gravedad del delito cometido, sus antecedentes y circunstancias personales.

Si hubiera residido en España durante los diez años anteriores procederá la expulsión cuando además:

a) Hubiera sido condenado por uno o más delitos contra la vida, libertad, integridad física y libertad e indemnidad sexuales castigados con pena máxima de prisión de más de cinco años y se aprecie fundadamente un riesgo grave de que pueda cometer delitos de la misma naturaleza.

b) Hubiera sido condenado por uno o más delitos de terrorismo u otros delitos cometidos en el seno de un grupo u organización criminal.

En estos supuestos será en todo caso de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo.

Resumiendo se condenó a + de 5 años de prisión, por un delito de terrorismo, cumple la condena y le otorgan el tercer grado.

Yo lo veo claro, es la A) por que el enunciado de la propia pregunta ya te da todas las condiciones para cumplirlo, no hay ningun requisito que el Sr. E.M. deba cumplir, por que ya los ha cumplido según el propio enunciado... sin embargo el equipo docente, me indica que es la respuesta C) entonces o esta mal redactadas las respuestas dando lugar a 2 posibles soluciones igual de validas o hay algo que se me escapa, es más cuando respondí la pregunta estaba 99,9% seguro de que era así...

Por favor, a ver si alguien puede arrojarme algo de luz, solo necesito 0,3 puntos en este examen puesto que tengo un 8 en el examen de febrero de la primera parte y según mis calculos tengo un 4,7 en la segunda parte cualquier respuesta que me den por valida me valdría, pero esta además es que estoy convencido de que es correcta, para colmo de males es mi última asignatura y además es la última convocatoria que tengo en Penal I, ya que tengo otra asignatura pendiente para terminar la carrera pero voy a solicitar su compensación, tengo ya ganas de terminar de una vez y esta asignatura me ha arrastrado hasta el final, cada año me matriculaba y aprobaba una parte y suspendía la otra, partes distintas de la propia asignatura cada año, en realidad si hubieran sido semestrales hace años que estarían aprobadas y para mi esta asignatura ha sido dura de pelar...  :D

Un gran saludo para los que empezáis y animo con el comienzo de curso
Título: Re:Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: marmediavilla en 20 de Octubre de 2021, 15:27:51 pm
Hola, no sé si al final el equipo docente te aclaró algo más la cuestión... yo creo que la clave está en el RD240/2007 sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aArtículo 15. Medidas por razones de orden público, seguridad y salud pública. Para expulsar a un ciudadano de la uE no basta con los antecedentes penales.

d) Cuando se adopte por razones de orden público o de seguridad pública, deberán estar fundadas exclusivamente en la conducta personal de quien sea objeto de aquéllas, que, en todo caso, deberá constituir una amenaza real, actual y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad, y que será valorada, por el órgano competente para resolver, en base a los informes de las Autoridades policiales, fiscales o judiciales que obren en el expediente. La existencia de condenas penales anteriores no constituirá, por sí sola, razón para adoptar dichas medidas.

Y además:
. No podrá adoptarse una decisión de expulsión o repatriación respecto a ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, salvo si existen motivos imperiosos de seguridad pública, en los siguientes casos:

a) Si hubiera residido en España durante los diez años anteriores, o:

b) Si fuera menor de edad, salvo si la repatriación es conforme al interés superior del menor, no teniendo dicha repatriación, en ningún caso, carácter sancionador.

Es decir, que hay una norma específica por ser él italiano que establece requisitos legales específicos, por lo que la opción correcta sería la c.

Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: juanarevalo en 02 de Diciembre de 2021, 10:11:10 am
Hola

¿Sabeis donde puedo encontrar exámenes solucionados? Normalmente miro en https://www.daypo.com/  pero no sé si es por mis busquedas o por que no hay, pero apenas encuentro soluciones a los tipo test.

Mil gracias por adelantado.
Un saludo,
Juan
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: medved en 02 de Diciembre de 2021, 10:55:23 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola

¿Sabeis donde puedo encontrar exámenes solucionados? Normalmente miro en https://www.daypo.com/  pero no sé si es por mis busquedas o por que no hay, pero apenas encuentro soluciones a los tipo test.

Mil gracias por adelantado.
Un saludo,
Juan

Buscador Google "daypo penal I UNED". Cientos de preguntas me salen en primer enlace.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: juanarevalo en 02 de Diciembre de 2021, 13:53:38 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Buscador Google "daypo penal I UNED". Cientos de preguntas me salen en primer enlace.

Cierto!
https://www.daypo.com/penal-i-uned-1pp.html#test

Era fallo mio. :)

Mil gracias,
Juan
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: jgarciat en 02 de Diciembre de 2021, 17:01:06 pm
Os recomiendo estudiar los ejemplos que se intercalan en el libro oficial. En mi examen por Avex, cada pregunta tipo test era casi siempre un caso práctico (sencillo). Saqué un 8.5/10.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: Derecho 20 en 09 de Diciembre de 2021, 22:44:07 pm
Hola,,alguién por favor tiene el exàmen derechonpenal 1 avex de febrero de 2021??lo pueden colgar por fi??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: Derecho 20 en 09 de Diciembre de 2021, 22:45:34 pm
Jgarciat me puedes pasar el examen avex primer parcial de febrero 2021??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2020/2021
Publicado por: eortega171 en 10 de Diciembre de 2021, 19:20:32 pm
Derecho 20 mira en estos enlaces y encontrarás examenés en AVEX del primer parcial.

https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129881.0 (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129881.0)

https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129839.0 (https://www.uned-derecho.com/index.php?topic=129839.0)

Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 25 de Enero de 2022, 14:01:27 pm
Hola,,que tal el exàmen de hoy??Fue fàcil. ?  Lo.podeis colgar por fa??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: berni1988 en 25 de Enero de 2022, 14:29:43 pm
Para mi muy asequible para lo que podría ser la materia. Ninguna pregunta a pillar, o te lo sabías o no
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 25 de Enero de 2022, 16:04:22 pm
Hola Berni puedes colgar el exàmen por favor??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: berni1988 en 25 de Enero de 2022, 16:52:19 pm
No se como hacer para colgar el examen. Si me das tu correo te mando fotos del examen sin problema
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 25 de Enero de 2022, 17:16:10 pm
Hola berni gracias mi correo es perezmartinezdavid84@gmail.com
Me lo.puedes enviar por favor..Yo hago el.exàmen la segunda semana
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: keira en 25 de Enero de 2022, 18:04:03 pm
Hola Berni, tu examen de penal I era modelo A o B???
Por compartir respuestas.....Gracias.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: imartinm en 25 de Enero de 2022, 18:15:53 pm
El mío era modelo A. Y coincido, para lo que puede ser esta materia, el examen era asequible.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: berni1988 en 25 de Enero de 2022, 18:39:06 pm
El mío el A tambien
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: lataqui en 25 de Enero de 2022, 18:41:20 pm
Buenas,el mío el A,no están corregidas.
1D
2B
3D
4A
5A
6B
7D
8D
9C
10C
11D
12D
13C
14B
15D
16D
17C
18B
19D
20C
21A
22A
23C
24A
25C
25C
26C
27D
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: lataqui en 25 de Enero de 2022, 19:21:12 pm
Nadie se anima?
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: warlok99 en 25 de Enero de 2022, 20:56:35 pm
Buenas, yo también hice el modelo A, coincido en la gran mayoría.

En la 15 yo puse B y en la 25 B
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: noemi32 en 25 de Enero de 2022, 20:57:29 pm
1.- Si un juez le impone una pena a una persona con el único afán de que la misma no vuelva a delinquir, el fundamento de ese castigo se basa en razones de:

a) Retribución.

(b) Prevención general negativa. c) Prevención general positiva.

d) Prevención especial.

2.- ¿Cuándo se puede aplicar la eximente incompleta de la legítima defensa?

a) Cuando falte alguno de sus elementos esenciales,
pero concurran todos los no esenciales.
 b) Cuando concurran todos sus elementos esenciales
y falte alguno o algunos de los no esenciales.

c) Cuando concurran todos sus elementos no esenciales, aunque falten todos los esenciales.
d) En ningún caso, ya que la legítima defensa como causa de justificación de doble fundamento, solo puede aplicarse como eximente completa.

3. Miguel, miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, comete un delito de tráfico de drogas. Por estos hechos le imponen penas de multa y prisión y además una sanción administrativa consistente en la expulsión del cuerpo al que pertenecía. Las penas encuentran su fundamento en razones de retribución y prevención, mientras que la sanción administrativa en el mantenimiento de la disciplina y prestigio del cuerpo del que Miguel formaba parte. En este caso, atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional encontramos ante: nos

a) Un caso de bis in idem prohibido.
b) Un caso de ley penal en blanco contraria al
principio de legalidad.
 c) Un supuesto de analogía contrario al principio de legalidad.
d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. -

4.- De acuerdo con la postura que se defiende en el texto básico recomendado, en los delitos de lesiones corporales el consentimiento:

a) Se puede aplicar como causa de justificación o como atenuante.

b) Solo se puede aplicar como atenuante.
 c) Solo se puede aplicar come causa de justificación.
d) Es juridicamente irrelevante.

5.- Carlota quiere matar a su amiga Alejandra y, con esa finalidad, le dispara con un arma el día 13 de
agosto de 2021. Alejandra, de constitución fuerte, fallece una semana más tarde, el 21 de agosto de 2021, un día después de que entrase en vigor una reforma del Código penal que agrava las penas previstas para el delito de homicidio y sus formas. En este caso, teniendo en cuenta lo que expresamente prevé el Código penal, a los efectos de determinar la ley aplicable en el tiempo el delito se considera cometido:

a) El 13 de agosto de 2021.

b) El 21 de agosto de 2021.

c) Tanto el 13 de agosto de 2021, como el 21 de

agosto de 2021.

d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta ya que el Código Penal no contiene ninguna previsión

expresa para determinar la ley aplicable en el tiempo.

6.- ¿Se puede actuar en legítima defensa para defender a un tercero?
a) No, porque la legitima defensa tiene un

fundamento exclusivamente individual.
b) No, porque en ese caso solo cabe apreciar el estado

de necesidad.

c) Si, pero siempre que se trate de salvaguardar

intereses de carácter patrimonial.

d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

7.- Ramón, de nacionalidad chilena, atenta contra el embajador de España en Argentina (el cual tiene consideración de funcionario público español) mientras este impartía una conferencia en dicho país (Argentina). Si se interpone querella ante los tribunales españoles por parte del Ministerio fiscal sin que los hechos hayan sido juzgados en ningún otro lugar, ¿qué principio de los previstos en la legislación española se podría aplicar para que los tribunales españolas pudieran conocer de estos hechos aplicando a tal efecto la ley española?
a) El principio de personalidad pasiva. -

b) El principio de personalidad activa.

c) El principio de territorialidad.

d) El principio real o de protección.

8.- De acuerdo con la postura que se defiende en el texto básico recomendado, las causas de justificación: a) Excluyen la tipicidad y, por tanto, eximen de

responsabilidad penal. b) Excluyen la responsabilidad penal pero no impiden que subsista la responsabilidad civil derivada del hecho ilícito.
e) Atenuan la responsabilidad penal y excluyen la responsabilidad civil derivada del hecho ilicito. d) Excluyen la responsabilidad penal y también la responsabilidad civil derivada del hecho ilícito.

caso, aplicando la teoría de la equivalencia de las

9.- Conforme a la sistemática que se sigue en el texto básico recomendado para preparar la asignatura, señale la afirmación INCORRECTA: a) Solo una acción o una omisión puede ser típica.

b) Solo una acción o una omisión típica puede llegar a

ser antijurídica. c) Solo una acción o una omisión atípica puede llegar a

ser culpable. d) Solo una acción o una omisión típica y antijurídica puede llegar a ser culpable.

10.- Alfredo quiere vengarse de José y para ello ofrece a Alicia, experta en artes marciales, una cantidad de dinero para que le pegue una palizal Alicia cumple el encargo y causa lesiones graves a José. En este caso Alfredo, respecto del delito de lesiones que comete Alicia:

a) Responde como inductor.

b) Responde como cooperador necesario.

c) Responde como autor mediato.

d) Responde como coautor.

11.- Mario dispara y mata a Antonio y es considerado responsable de un delito de homicidio. En este caso: a) Antonio es el sujeto pasivo del delito, pero no el objeto de la conducta.

b) Antonio es el objeto de la conducta, pero no el sujeto pasivo del delito.

す c) Antonio es el objeto del bien jurídico, pero no tiene la consideración de objeto de la conducta ni de objeto

del bien jurídico. d) El sujeto pasivo del delito, el objeto de la conducta y el objeto del bien jurídico coinciden en la persona de Antonio.

12.- De acuerdo con lo que expresamente prevé el vigente Código Penal, cuando una persona realiza el hecho delictivo por medio de otro del que se sirve

como instrumento:

a) Es autor del delito.

b) Es inductor del delito.

c) Es cooperador necesario del delito..

d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. -

13.- María y Marta discuten acaloradamente. En un momento determinado Marta, pasando de las palabras a los hechos, golpea a María en la cabeza con un objeto punzante con intención de lesionarla. María comienza a sangrar por lo que es trasladada en ambulancia al hospital. En el trayecto un vehículo no respeta un stop y se choca con la ambulancia. María fallece en el acto a consecuencia del impacto. En este

condiciones:

a) Solo el choque entre el vehículo que no respeta el

stop y la ambulancia es causa de la muerte de María. b) Solo el golpe con objeto punzante que Marta propina a María es causa de la muerte de esta. c) Son causas de la muerte de María tanto el choque. entre el vehículo que no respeta el stop y la

ambulancia como el golpe con objeto punzante que

Marta le propina. -

d) El choque entre el vehículo que no respeta el stop y

la ambulancia es causa de la muerte de María,

mientras que el golpe que Marta le propina es la condición de dicho resultado y carece de relevancia causal.

14.- Si para restringir el alcance de un tipo penal atendemos a qué se pretende proteger con el mismo y frente a qué tipos de ataques, estamos siguiendo: a) Una interpretación teleológico-restrictiva.

b) Una interpretación extensiva acorde con el

principio de legalidad.

c) Una interpretación extensiva contraria al principio

de legalidad.

d) Luna analogia in malam partem.

15.- Los actos preparatorios cuya definición se recoge

en la Parte General del Código Penal: a) Se castigan en relación con todos los delitos de la Parte Especial.

b) Se castigan en relación con determinados delitos de la Parte Especial. c) No se castigan en relación con ningún delito de la

Parte Especial. d) Son la tentativa acabada e inacabada, la conspiración y la proposición.

16.- María y Marta discuten acaloradamente. En un momento determinado Marta, pasando de las palabras a los hechos, golpea a María en la cabeza repetidas veces con un objeto punzante con intención de matarla, siendo esta conducta idónea para causar la muerte. Algunas personas que estaban en las inmediaciones acuden a socorrer a María y la trasladan en un coche al hospital. En el trayecto un vehículo no respeta un stop y se choca con el coche donde se encontraba María. María fallece en el acto a consecuencia del impacto. En este caso, de acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado:

a) A Marta se le puede imputar la comisión de una

tentativa de homicidio.

b) A Marta se le puede imputar la comisión de un homicidio consumado...

c) A Marta no se le puede imputar ni la comisión de una tentativa de homicidio, ni la comisión de un homicidio consumado.
d) La conducta de Marta consistente en golpear a Maria no es causa de la muerte de esta.

a) Imprudencia grave y menos grave.

b) imprudencia leve, menos grave y grave.

c) Imprudencia grave y leve.

d) Imprudencia leve y menos grave.

22.- De acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado:

a) La omisión solo puede tener eficacia

causal en el

ámbito socio cultural.

b) La omisión solo puede tener eficacia causal en el ámbito fisico natural,

c) La omisión no puede tener eficacia causal en ningún caso, ni en el ámbito socio cultural ni en el físico natural.

17.- María Luisa es personal de la Red Nacional de Ferrocarriles españoles y, en virtud de su contrato con esta empresa, desempeña las funciones de guardabarreras del paso a nivel de una de las estaciones de tren de dicha red. En un momento determinado, Maria Luisa no baja la barrera del paso a nivel porque está enviándose mensajes con una amiga

a través de su teléfono y, por este motivo, no cae en la cuenta de que se acerca un tren expreso. Juana, que atravesaba en ese momento la vía, es arrollada por el tren y fallece en el acto. De acuerdo con la postura defendida en el texto básico recomendado, en este caso concurren los elementos de:

a) Un delito de omisión causal y de resultado.

b) Un delito de omisión pura. c) Un delito impropio de omisión o de comisión por

omisión.

d) Un supuesto de ausencia de comportamiento ya que la omisión de María Luisa no es voluntaria.

d) La acción no puede tener eficacia causal en el

ámbito socio cultural.

23.- El error en la persona: a) Es siempre irrelevante.

b) Es siempre relevante.

c) Es irrelevante cuando las personas afectadas sean equivalentes desde el punto de vista de la protección

de los tipos penales.

d) Es irrelevante cuando las personas afectadas no sean equivalentes desde el punto de vista de la protección de los tipos penales.

18.- ¿Cuál de las siguientes teorías no se ha utilizado

para diferenciar el dolo eventual de la imprudencia

consciente?

-a) Teoría del consentimiento. b) Teoría del sentimiento. S

c) Teoría de la probabilidad. d) Teoría individualizadora.

19.- La norma, como elemento de la ley penal en sentido a) Solo puede tener naturaleza de mandato.

técnico:

b) Solo puede tener naturaleza de prohibición. c) Es suficiente para considerar que la ley penal es

completa.

d) Puede tener naturaleza de mandato o de

prohibición. -

24.- ¿Qué sucede si una persona desiste cuando no ha consumado el delito que pretendía cometer, pero lo que ha realizado hasta ese momento es constitutivo de un delito consumado diferente? a) Que la persona responde por ese otro delito

cometido. b) Que la persona no responde por ese otro delito ya que queda afectado por el desistimiento.

(c) Que la persona responde por ese otro delito cometido, pero en grado de tentativa. d) Que la persona responde solo por la tentativa del

delito que decidió no consumar, pero no por el otro

delito cometido ya consumado.

25.- La legítima defensa es un tipo de justificación de resultado cortado:

20.- La competencia de la Corte Penal Internacional: a) Es universal. b) Es preferente respecto de la que pueda ostentar el

Estado con jurisdicción sobre el asunto. c) No es universal y es complementaria de la de los Estados.

d) Puede extenderse a cualquier delito grave, por mucho que el mismo no pertenezca al Derecho Penal internacional.

a) Por lo que su apreciación exige que el sujeto que actúa consiga la efectiva consecución del resultado de salvación que persigue.

b) Por lo que su apreciación no exige que el sujeto que / actúa consiga la efectiva consecución del resultado de

salvación que persigue.

c) Por lo que estamos ante un tipo congruente. d) Por lo que carece de elementos subjetivos.

21.- El vigente Código penal distingue en su articulado

entre:

PREGUNTAS DE RESERVA: SOLO TENDRÁN VALIDEZ EN CASO DE QUE EL EQUIPO DOCENTE ANULE ALGUNA DE LAS 25 ANTERIORES (si se anulase solo una de las 25 preguntas anteriores tendría validez la pregunta número 26; en caso de que se anulasen dos, tendrían validez tanto la pregunta número 26 como la número 27).
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: lataqui en 25 de Enero de 2022, 21:00:31 pm
Sí,las puse sin seguridad y ahora en frío las leo y creo que están mal,me he permitido arriesgar.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: warlok99 en 25 de Enero de 2022, 21:03:26 pm
En la 6 conteste D, ya que si se puede defender a un tercero pero no veía ninguna de las respuestas correctas.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 25 de Enero de 2022, 21:20:17 pm
Warlook99 en la6  14 y 16 que pusiste??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: warlok99 en 25 de Enero de 2022, 21:46:04 pm
En la 14 y 16 puse A pero no sé si serán correctas.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: imartinm en 25 de Enero de 2022, 23:15:18 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Buenas,el mío el A,no están corregidas.
1D
2B
3D
4A
5A
6B
7D
8D
9C
10C
11D
12D
13C
14B
15D
16D
17C
18B
19D
20C
21A
22A
23C
24A
25C
25C
26C
27D

Coincido en todas menos en esas yo he puesto 14A, 15B, 16A
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: keira en 26 de Enero de 2022, 17:53:46 pm
lataqui, estoy de acuerdo con tus respuestas excepto en las siguientes: 
3A, 12A y 13A. Las demás igual que las tuyas.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: NakimurAstur en 27 de Enero de 2022, 08:49:26 am
Algunas discrepancias:

6-D. En efecto, se puede actuar mediante legítima defensa para con un tercero pero no SIEMPRE que se trate de salvaguardar el interés patrimonial.
14-A. Siguiendo el criterio de la adecuación social.
15-B. "Así, se castiga: En la parte especial:  1- Determinados actos preparatorios como delitos autónomos: 2- Algunos delitos de apología en sentido estricto".
16-D ¿?. Esta es la que potencialmente veo más impugnable. No cabe duda que la D es correcta (la conducta de Marta NO es la causa de la muerte de María, eso es indiscutible), aunque quizás la A también pueda serlo, no lo sé.
18-D. Al menos en mis apuntes, están mencionadas las 3 primeras teorías. No la individualizadora.
25-C. Copio-pego un ejemplo igual en mis apuntes:

Ejem: * La legitimación de defensa o el estado de necesidad justificante son tipos de justificación de resultado cortado--> el tipo
EXIGE ACTUAR para defender la persona o derecho propios o ajenos de una agresión ilegítima (en el 1er caso) o para evitar un mal
propio o ajeno mayor que el que se causa (en el 2do)
 · Pero el tipo objetivo NO EXIGE en ninguno de los dos la efectiva consecución de los resultados de salvación del bien o la
evitación del mal cuya persecución sin embargo SI INTEGRA el tipo subjetivo
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: NakimurAstur en 27 de Enero de 2022, 08:51:19 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Algunas discrepancias:

6-D. En efecto, se puede actuar mediante legítima defensa para con un tercero pero no SIEMPRE que se trate de salvaguardar el interés patrimonial.
14-A. Siguiendo el criterio de la adecuación social.
15-B. "Así, se castiga: En la parte especial:  1- Determinados actos preparatorios como delitos autónomos: 2- Algunos delitos de apología en sentido estricto".
16-D ¿?. Esta es la que potencialmente veo más impugnable. No cabe duda que la D es correcta (la conducta de Marta NO es la causa de la muerte de María, eso es indiscutible), aunque quizás la A también pueda serlo, no lo sé.
18-D. Al menos en mis apuntes, están mencionadas las 3 primeras teorías. No la individualizadora.
25-C. Copio-pego un ejemplo igual en mis apuntes:

Ejem: * La legitimación de defensa o el estado de necesidad justificante son tipos de justificación de resultado cortado--> el tipo
EXIGE ACTUAR para defender la persona o derecho propios o ajenos de una agresión ilegítima (en el 1er caso) o para evitar un mal
propio o ajeno mayor que el que se causa (en el 2do)
 · Pero el tipo objetivo NO EXIGE en ninguno de los dos la efectiva consecución de los resultados de salvación del bien o la
evitación del mal cuya persecución sin embargo SI INTEGRA el tipo subjetivo


25-B***. Disculpen :D
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: warlok99 en 27 de Enero de 2022, 09:21:02 am
NakimurAstur, coincido en todas las que has puesto, menos en la 16, que la verdad es que se las trae la preguntita... Jejej. La pregunta 10 sería la C o la A, como inductor? Yo puse C, auto mediato pero no lo tengo claro...
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Jorgafe en 27 de Enero de 2022, 09:50:30 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
NakimurAstur, coincido en todas las que has puesto, menos en la 16, que la verdad es que se las trae la preguntita... Jejej. La pregunta 10 sería la C o la A, como inductor? Yo puse C, auto mediato pero no lo tengo claro...
La 10 yo creo que es de las más claras. Si usa a otra persona como instrumento es autor mediato, no tengo ninguna duda.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: ivanleoget en 27 de Enero de 2022, 10:41:41 am
Yo discrepo. Es el mismo caso que contratar un sicario. En la lección 14 se indica que al instrumento le falta el dolo u otro elemento subjetivo del tipo de lo injusto y no actúa antijurídicamente al estar amparado por causa de justificación, además de no actuar culpablemente o tener su culpabilidad disminuida. Es decir, el instrumento no tiene dominio funcional del hecho, el inducido sí.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: warlok99 en 27 de Enero de 2022, 11:04:35 am
Exacto, el tema es la cantidad de dinero que recibe... Por eso dudé y creo sinceramente responde como inductor.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: imartinm en 27 de Enero de 2022, 23:12:25 pm
La 10 y la 12 son vasos comunicantes.

No me atreví a contestar la 10. Todos estamos estamos entre la A) y la C). Yo me hubiera decantado por la A) como lo hice en la 12 por la D).

El enunciado de la 12 me generó muchos menos problemas, y estuve a punto de marcar la A en la 10 pero la dejé en blanco,

La línea entre inductor y autor mediato es tremendamente fina. Para los que hayan elegido la C en la 10, entiendo que el concepto de autor mediato no existe, está demás, porque cada vez que se encargue un delito a alguien, será inductor y nunca nunca autor mediato.

La diferencia es fina, pero la hay. Es el dolo, el elemento subjetivo. Para que nos entendamos, la inducción es un elemento psicológico en el que en esencia no hay remuneración o prenda por hacer el delito, sino realización de un objetivo. En la autoría mediata el autor inmediato no tiene dolo, sino remuneración, al menos en este caso. Le pagan por pegar una paliza como si le pagaran por freir chorizos. Sé que la línea es muy fina pero el que maneja los hilos del curso causal el que "está detrás" es el autor mediato.

El inductor, convence. El autor mediato, paga.

En cuanto a la 16, yo contesté A. Y contesté A porque nos pregunta "según el manual" y recuerdo que uno de los ejemplos del manual, en referencia a la ruptura del curso causal uno de los ejemplos era el de un envenenamiento a una persona que se iba luego a su casa y en un cruce era atropellado y moría "antes de que el veneno hiciera efecto". El ejemplo "acusaba" al envenenador de tentativa de homicidio.

El enunciado de este caso nos dice que Marta golpeó en la cabeza con intención de matar y que verdaderamente la conducta era idónea para que el tipo de homicidio se hubiese consumado. Por tanto no hay, claramente imprudencia.

Si María muere en el suelo del piso, o en la ambulancia o en el hospital, nadie hubiera dudado de Homicidio en primer grado. Como cuando se produce el accidente ella está viva, a Marta se le debe imputar tentativa de homicidio, mientras que al que se saltó el Stop, probablemente, Homicidio imprudente.

Al menos esa es mi opinión.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: yolanda.92 en 31 de Enero de 2022, 13:50:57 pm
En el examen de la primera semana.. ¿se repetían preguntas de años anteriores?
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 04 de Febrero de 2022, 10:29:05 am
Buenas, ¿se ha publicado ya la plantilla con las respuestas correctas?
Gracias.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 08 de Febrero de 2022, 20:05:45 pm
Holaa alguién puede por favor poner las respuestas correctas del exàmen de hoy??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 08 de Febrero de 2022, 20:16:32 pm
Buenas tardes penalistas:

Acabo de salir del exámen con un subidón importante  ;D ;D ;D
Me ha resultado bastante idóneo, esto es, siempre que hayas estudiado a conciencia la dificultad ha sido la esperada, digamos en nivel medio-alto.
He contestado un total de 19 preguntas más las reservas, obviando las restantes. Y he aquí mi duda al salir del centro asociado de la UNED, a ver si me podéis iluminar:
Si mal no recuerdo en las instrucciones se indicaban cómo proceder al marcar las respuestas, pero no reparé en si había que indicar las que NO se contestaban; recuerdo haber leído algo sobre a"anuladas" pero vaya, después de lo contento que he salido espero no haberla chafado porque ya os digo, las que no contesté simplemente las dejé sin marcar.
¿Lo he hecho bien?
Gracias por vuestra ayuda camaradas!
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: joangel en 08 de Febrero de 2022, 20:23:32 pm
Yo acabo de salir también de Penal. Si bien había alguna pregunta asequible, la mayoría me han parecido de dificultad tirando a alta. Algunas muy alta.

Con respecto a dejar preguntas en blanco, sí, era suficiente con no marcarlas.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: juanarevalo en 08 de Febrero de 2022, 20:24:27 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Buenas tardes penalistas:

Acabo de salir del exámen con un subidón importante  ;D ;D ;D
Me ha resultado bastante idóneo, esto es, siempre que hayas estudiado a conciencia la dificultad ha sido la esperada, digamos en nivel medio-alto.
He contestado un total de 19 preguntas más las reservas, obviando las restantes. Y he aquí mi duda al salir del centro asociado de la UNED, a ver si me podéis iluminar:
Si mal no recuerdo en las instrucciones se indicaban cómo proceder al marcar las respuestas, pero no reparé en si había que indicar las que NO se contestaban; recuerdo haber leído algo sobre a"anuladas" pero vaya, después de lo contento que he salido espero no haberla chafado porque ya os digo, las que no contesté simplemente las dejé sin marcar.
¿Lo he hecho bien?
Gracias por vuestra ayuda camaradas!

Creo que la línea de arriba don respuestas normales
Si contestas la línea de abajo de las respuestas, está contestación prevalece (por si quieres corregir)
La casilla de anulada es si  quieres dejar en blanco una pregunta en la que previamente habías marcado algo

Aunque no estoy 100%

Saludos
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 08 de Febrero de 2022, 20:41:12 pm
¡Muchas gracias por responder joangel juanarevalo!

Me quedó más tranquilo pues.. :)

Por cierto, me tocó el modelo B. Y como dice el compañero joangel, había preguntas de complicada solución (al menos a priori).
Me pongo ya a contrastar resultados con el manual y os cuento.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 08 de Febrero de 2022, 20:47:49 pm
Pero alguién puede poner las respuestas que puso para comparar y aclarar dudas por fa?
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 08 de Febrero de 2022, 21:12:02 pm
Hola en el modelo b la pregunta 1 Cuales son las principales diferencias entre el fundamento y fines de la pena y medidas de seguridad cual contestasteis?

La pregunta 22 Que establece el criterio de imputaciòn objetiva de la peligrosidad de la conducta??Cual era la correcta?

La pregunta 13 la de la tentativa cual era la corrrecta??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: PIOLINE09 en 08 de Febrero de 2022, 21:18:35 pm

Examen complicado me refiero al B. Varias preguntas de contestación ambigua, al menos a mi parecer. Suerte!!! y si podéis ir colgando respuestas se agradece
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 08 de Febrero de 2022, 21:29:46 pm
Pioline09 que contestaste en la pregunta 1 en la 13 y 22 del modelo b??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 08 de Febrero de 2022, 22:30:33 pm

Buenas camaradas,
tras contrastar las preguntas con el manual, estas serían, a mi parecer, las correctas:

TIPO B

1.C
2.A
3.B
4.B
5.A
6.A
7.C
8.C
9.C
10.C
11.C
12.C
13.D
14.
15.B
16.D
17.A
18.B
19.A
20.D
21.B
22.A
23.B
24.A
25.C
reservas
26.D
27.A

¡espero que os haya ido bien! mucha suerte penalisters 8)
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Pipas2 en 08 de Febrero de 2022, 22:46:29 pm
De acuerdo en todas menos en la 7 que yo creo que es la respuesta A
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 08 de Febrero de 2022, 22:50:08 pm
Pipas y en la 14 que pusiste??
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Pipas2 en 08 de Febrero de 2022, 22:53:48 pm
En la 14 yo he puesto la C
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 08 de Febrero de 2022, 23:35:40 pm
Pipas estoy de acuerdo en la 17 contigo,,pero en la 7 yo puse la d según la teoria de la equivalencia de las condiciones.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 08 de Febrero de 2022, 23:37:03 pm
Pipas perdôn estoy de acuerdo con la 14 contigo con la 7 discrepo puse la d
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Pipas2 en 08 de Febrero de 2022, 23:49:06 pm
Si quitas la anestesia deja de producirse el resultado de muerte
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 09 de Febrero de 2022, 04:45:30 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Si quitas la anestesia deja de producirse el resultado de muerte

Discrepo. La pregunta se centra en la teoria de la conditio sine qua non, por lo que aunque es la anestesia la que produce el resultado de la muerte, si la mujer no se hubiere fracturado el brazo debido el empujón que le propina el protagonista, ella no habría acudido al hospital. La pregunta nos sitúa en sede de culpabilidad, por lo que me convence más la respuesta referida a que el sujeto no tenía intención de matarla sino de salvarla.

No obstante esta pregunta la dejé sin contestar porque da lugar a debate interno xD.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: joangel en 09 de Febrero de 2022, 06:55:05 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Buenas camaradas,
tras contrastar las preguntas con el manual, estas serían, a mi parecer, las correctas:

TIPO B

1.C
2.A
3.B
4.B
5.A
6.A
7.C
8.C
9.C
10.C
11.C
12.C
13.D
14.
15.B
16.D
17.A
18.B
19.A
20.D
21.B
22.A
23.B
24.A
25.C
reservas
26.D
27.A

¡espero que os haya ido bien! mucha suerte penalisters 8)

Yo estoy de acuerdo con todas excepto la de la anestesia . Yo estaba entre la A y la D.
Espero que os haya ido bien, a ver si salen las plantillas oficiales pronto.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 09 de Febrero de 2022, 10:14:15 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Yo estoy de acuerdo con todas excepto la de la anestesia . Yo estaba entre la A y la D.
Espero que os haya ido bien, a ver si salen las plantillas oficiales pronto.

La respuesta correcta es la A, sin duda.

Analicemos con detenimiento la situación:
Hemos de tener claro que estamos ante la teoría de la conditio sine qua non, por lo que las causas van interconectadas. Así, el sujeto empuja a la víctima (acción), por lo que ésta sufre una fractura corporal y es trasladada al hospital; Será en este centro sanitario donde se de el fallecimiento, pero obviamente el sujeto autor del hecho no será responsable porque no lo contemplaba, de ahí a que una de las opciones a respuesta de la pregunta señale la previsibilidad ex ante (ojo porque induce a confusión y el equipo docente es sabedor de ello xD) teniendo en cuenta que la previsibilidad no entra dentro de la teoría de la conditio sine qua non y por lo tanto hemos de censurar esta solución.
De este modo, descartada la respuesta B, pasamos a la que puede parecer más obvia, la D: es evidente que tampoco es válida puesto que la acción del sujeto no es causa principal, sino iniciadora de un hecho X que ha derivado en otra distina, y hemos de insistir que estamos refiriédonos a  la teoría de la conditio sine qua non implicando varias causas interconectadas.
En cuanto a la opción C, respuesta que a simple vista puede parecer demasiado sencilla, resulta confusa porque no dice ninguna mentira: el empujón del autor (acción) no es causa de la muerte de la víctima, en todo caso no es la causa principal, sino que pertenece a una serie interconectada; Y tampoco es equivocado el motivo que alega, puesto que, y siguiendo lo dictado por el enunciado de la pregunta, el autor empuja a la victima con intención de salvarla.
LLegados a este punto, y descartadas las opciones B, D y C: nos queda aplicar el último filtro: las pistas nos la da la opción A en su mismo enunciado citando de manera expresa "exclusivamente", y esta será la clave de la solución: volvemos a la teoría de la conditio sine qua non, esto es, las causas han de estar interconectadas; ¿Ha producido la anestesia el resultado de la muerte? Sí, y ello es independiente de que en un primer momento el sujeto autor haya empujado a la víctima causándole lesiones. El resultado no se habría producido si la anestesia no hubiese fallado, y punto xD.

Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 09 de Febrero de 2022, 16:59:51 pm
Hola Platòn yo creo que la correcta es la d..Si no existiera empujòn no tendría que ir al hospital y no había muero producto de la anestesia ..Todas las condiciones que se fan el enuciado son causa de la muerte según la teoria de la equivalencia condiciones
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Derecho 20 en 09 de Febrero de 2022, 17:03:03 pm
La teoría de la equivalencia de condiciones dice que todas las condiciones producidas de la naturaleza o de la acción humana, son equivalentes y por tanto causas del resultado.

Es la teoria se la equivalencia de condiciones no la teoria sine quanum
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Victor_27 en 09 de Febrero de 2022, 17:54:49 pm
¡Hola!

Yo también hice el examen ayer y me pareció bastante complicado la verdad. Más aún viendo el nivel del resto de asignaturas de segundo. Al final este parcial son 4,5 créditos, igual que Tributario, y más del doble de manual y bastante más dificultad...

¡Mucha fuerza con los exámenes!
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 09 de Febrero de 2022, 18:15:05 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola Platòn yo creo que la correcta es la d..Si no existiera empujòn no tendría que ir al hospital y no había muero producto de la anestesia ..Todas las condiciones que se fan el enuciado son causa de la muerte según la teoria de la equivalencia condiciones

Pues igual tienes razón...
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Platon86 en 09 de Febrero de 2022, 18:18:33 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¡Hola!

Yo también hice el examen ayer y me pareció bastante complicado la verdad. Más aún viendo el nivel del resto de asignaturas de segundo. Al final este parcial son 4,5 créditos, igual que Tributario, y más del doble de manual y bastante más dificultad...

¡Mucha fuerza con los exámenes!

El nivel es alto, pero te aseguro que hasta ahora ninguna de las asignaturas de las que me he examinado este 2º curso ha sido tan dura como Tributario en su 1ª semana.
Han caído como moscas muchísimos alumnos, fue PAM PAM PAM PAM y salir del exámen casi cojeando xDDDD

¡Ánimo a todos y sino ya sabéis que siempre nos quedará Septiembre!
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: Victor_27 en 09 de Febrero de 2022, 19:42:12 pm
Yo lo hice también en la primera semana -me refiero a Tributario-. No sé, lo llevaría mejor preparado imagino jaja.
Título: Re: Hilo Oficial Penal I 2021/2022
Publicado por: joangel en 10 de Febrero de 2022, 10:36:36 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola Platòn yo creo que la correcta es la d..Si no existiera empujòn no tendría que ir al hospital y no había muero producto de la anestesia ..Todas las condiciones que se fan el enuciado son causa de la muerte según la teoria de la equivalencia condiciones

Aquí lo que me hizo dudar es que si no hubiese empujón, habría muerto del disparo, con lo cual tanto si la empuja como si no, la chica muere igual (aunque de distinta forma). Con lo cual la acción de Fernando resulta indiferente para el resultado de muerte.

No obstante quizás simplemente es que me haya pasado de darle vueltas jaja.