Yo tampoco he recibido nada; además todas las resoluciones han de ir acompañadas de la correspondiente motivación. Si simplemente se trata de argumentar por qué no es correcta la situación de asimilada, nada más.
No olvidemos que nuestro plazo empieza a correr, (tic-tac, tic-tac) y aunque tenemos hasta finales de mes, es fundamental exponer en la próxima alzada la ausencia de motivación de la resolución de la Comisión; la cual debería haberse recibido de forma prudente en pocos días posteriores a la misma.
Deberíamos preparar un recurso conjunto y certificar el envío un día antes de que expire el plazo, aduciendo que aún teniendo mas que fundamentos de derecho para defender nuestra posición, nos ha sido imposible llevarla a cabo, porque es sencillamente imposible rebatir los argumentos esgrimidos por el equipo docente en la Comisión de Revisión por inexistentes. Partimos de una injerencia sobre principio de seguridad jurídica, y de un error formal que en mi opinión invalida la decisión adoptada a propósito de la situación de "alta especial".
Debemos estar ojo avizor, que el tema no es baladí.
Un abrazo compañeros y no olvidéis que el título del correo electrónico era: "COMUNICA RESOLUCIÓN", ¿Qué resolución?, no conozco una resolución sin FUNDAMENTOS DE DERECHO, solo nos comunican la parte dispositiva, NO PORQUE NO. Y cuando abres el archivo adjunto, dice "EN BREVE RECIBIRÁ MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO, COPIA DEL ACTA DE RESOLUCIÓN COMPLETA..."
Ánimo tenemos una vía de carácter formal para atacar, que quizá el propio equipo incluso pueda llegar a dejar abierta para no admitir su error. Todo podría ser.