Es que no estamos hablando de cláusulas abusivas, sino de inciso legal "salvo que se disponga otra cosa"
Además de que eso de "abusiva" tendría que determinarse...no por el hecho de decir aquí que esto o lo otro es abusivo, realmente lo es.
Los pactos y acuerdos són válidos siempre que no sean contra legem (no es lo es, de hecho se permite legalmente), contrarios a lo moral o orden público (tampoco), con vicios del consentimiento (no consta en el expediente); y en derecho privado rige la libertad de pactos (autonomía de la voluntad y vinculación por actos propios).
Un saludo.
PD: las mayúsculas para iniciar escrito, tras punto, nombres propios o para resaltar algo...pero ya está. Gracias.