Para empezar no queda claro si ha habido denuncia o demanda, son dos cosas totalmente distintas. Si hubo denuncia puede caerte una multa pero ésta va en proporción a los ingresos que tengas, y si no los tienes, la cuota día-multa será la mínima, de hecho en el correspondiente juicio de faltas te preguntarán por tu capacidad económica en vista a establecer la cuantía de la multa. Si no se paga la multa se sustituye por un arresto de un día por cada dos cuotas impagadas.
Si es una demanda es un tema civil, el juez podrá condenar a una cantidad para indemnizar al demandante. En este caso si no pagas se procede a la exacción por la vía de apremio, es decir, te embargarán. Si el embargo resulta negativo porque no tienes bienes sobre los que realizar formal traba de embargo podrán reclamarte el importe si vienes a mejor fortuna durante varios años.