Yo en el práctico del primer parcial observo apropiación indebida porque aunque se desconozca si estaban casados o no, he puesto que asimilo el acceso a la herencia yacente que tiene Pura, como un depósito o custodia, ya que debería velar por la integridad de la misma ya que, además, no es difícil saber que no se puede desheredar a un hijo (salvo en casos determinados) por lo que, podría conocer la irregularidad de la herencia. Esto, según yo creo, hace que deba custodiar la misma con diligencia, de ahí mi respuesta...
A parte también observo un delito de alzamiento de bienes, ya que, al no decirle la señora al del banco que José ha fallecido, hay ánimo de ocultar tal hecho, para posteriormente mover la herencia yacente hacia sus cuentas (y la de sus hijas) creando en la cuenta de José apariencia de insolvencia de cara a una posible reclamación de herencia por parte de las hijas.
Espero no haber patinado demasiado jajaja