Yo casi vomito nada más ver el exámen, además no es broma, justo delante de mí había un joven que hacia un olor a sobaco agrio e insoportable, la gente no paraba de quejarse e intentar descubrir quien era el autor de semajante atentado de salud pública. Bueno, la cuestión, primera pregunta, he contestado que las fuentes del derecho internacional se encontraban a nivel interno, comunitario o regional, o convencional, citando normativa interna, reglamentos, y tratatos bi y multilaterales; después la segunda pregunta con trampa me la he saltado con javalina para tratar de responder la tercera sobre el derecho extranjero, estaba nervioso, ansioso, no me concentraba por el olor a caca que impregnaba toda la sala, por fin he podido responder sobre la ley rectora del proceso y que para la ley de enjuiciamiento civil el derecho extranjero debía probarse en su contenido y vigencia, era tratado como "hecho" y no como "derecho", si era introducido en el proceso, el juez, ante la imposibilidad de probarlo por alguna de las partes debia velar por aplicar las pruebas necesarias para su prueba, si bien rige el principio de rogación en derecho procesal, con la citada excepción una vez introducido el derecho extranjero en el proceso. Después la última pregunta, me he limitado a explicar la finalidad de la unión europea de lograr el espacio judicial europeo, la cooperación judicial entre autoridades judiciales y gubernativas de demás rollo. Los casos prácticos mejor no os lo cuento. saludos.