Creo que si no me equivoco esta pregunta es del tema 12, Gestión tributaria, no entraría en examen, aunque a mi ya me dio la curiosidad y lo miré, en el libro dice que hay dos motivos para realizar la comprobación, una sería ya presentada la autoliquidación etc y hay discrepancias, la segunda cuando no conste declaración que sería el caso, y la administración ponga de manifiesto la obligación de hacerla. Pero me ocurre igual que a ti, no tengo claro aunque deduzco que estaría finalizado el plazo y por lo tanto estaría en periodo de prescripción pero... a ver si alguien nos lo puede aclarar mejor. Un saludo!