Estimado "abogadodemafioso":
Yo personalmente inicié la carrera en la presencial en el 92 (Plan del 53), aunque previamente me había diplomado en Empresariales en la Escuela Universitaria de Valencia. Ya en la presencial funcionaba el tema de que un parcial no se guardaba para el curso siguiente. Ni tan solo se guardaba para Septiembre. En el mundo universitario, esto es lo primero que tiene que saber un alumno.
Más tarde, me volví a enganchar en el 2000 en la Uned en Derecho y ya funcionaba el tema de que si aprobabas un parcial y suspendías el otro, no te guardaban la nota para el año siguiente.
En el 2009, al volverme a enganchar (esta vez si para terminar de una vez la licenciatura), comprobé que seguían el mismo metodo, apruebas un parcial y a Septiembre tan solo vas con el parcial suspendido. Pero si suspendes uno de ellos, al año siguiente vas con toda la asignatura.
En casi todos los programas de las asignaturas y en las guias, se especifica claramente el tema.
Por tanto, puede haberte dicho una trabajadora de secretaría lo contrario, pero ten claro que lo publicitan en todas las guias y programas, además de que es un parametro básico del estudiante universitario, y no del estudiante de derecho, sino de cualquier universidad.
No conozco ninguna universidad que aprubes un parcial y al año siguiente vayas con el que te queda pendiente (salvo alguna universidad privada, o temas de convalidaciones o conversión en grado, como por ejemplo la asignatura de Civil I de Grado con Civil IV de Licenciatura, que te guardan un parcial).
Saludos.