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Autor Tema: Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)  (Leído 4230 veces)

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Desconectado Cristina11.05

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #20 en: 23 de Octubre de 2020, 12:41:16 pm »
Consejos para aprobar esta asignatura, por dónde es mejor estudiar? En caso de por apuntes cuáles recomendais?


Desconectado Jake

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #21 en: 23 de Octubre de 2020, 12:51:49 pm »
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Consejos para aprobar esta asignatura, por dónde es mejor estudiar? En caso de por apuntes cuáles recomendais?

Yo estoy estudiando desde los apuntes de Swarinka, son unas 130 páginas los veo más que completos, el tema del practicum habrá que verlo.

Desconectado jaylaw

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #22 en: 02 de Noviembre de 2020, 18:23:45 pm »
+1

Desconectado Usía

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #23 en: 04 de Noviembre de 2020, 16:45:52 pm »
Día 4/11/2020 Mensaje de María Begoña Flores González

Queridos alumnos:

Quiero informaros de que, en el Pleno del Consejo de Gobierno de la UNED celebrado el 27 de octubre de 2020, se aprobó el acuerdo, con carácter excepcional, por el que las pruebas finales de la convocatoria ordinaria de febrero de 2021 se realizarán a través del sistema de evaluación en línea mediante la aplicación Aula Virtual de Examen (AvEx) a consecuancia de las exigencias de distanciamiento social impuestas por la pandemia. Este sistema, junto con el de evaluación continua, garantizan un adecuado seguimiento y evaluación del alumnado de la UNED.

Se adjunta un documento con un modelo de examen similar al que se pondrá en febrero integrado por dos casos prácticos. En el citado documento constan asimismo las instrucciones del examen de febrero AVEX.  El examen tendrá una duración de 45 minutos.

Saludos cordiales y mucho ánimo con el estudio de la asignatura!!!


Nuevo modelo de examen, 2 casos prácticos y 45 minutos para resolverlos
No trates como Ad quem, a quien te trata como A quo

Desconectado Gestor Procesal

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #24 en: 05 de Noviembre de 2020, 14:09:13 pm »
Leo el contenido del documento y estoy un poco sorprendido. Entonces, ¿en el examen se permite usar el libro de texto, los apuntes, el Código Civil y demás textos legales, etc...? No doy crédito.

Desconectado RobertMAD

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #25 en: 05 de Noviembre de 2020, 21:20:03 pm »
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Leo el contenido del documento y estoy un poco sorprendido. Entonces, ¿en el examen se permite usar el libro de texto, los apuntes, el Código Civil y demás textos legales, etc...? No doy crédito.

No han dicho eso. En principio era: "En el examen presencial, los únicos materiales autorizados serán el programa de la asignatura y el libro del Prácticum".

Han cambiado la evaluación y ahora es resolver dos casos prácticos. Sin saber más, entiendo que del practicum.

Salvo:

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Se adjunta un documento con un modelo de examen similar al que se pondrá en febrero integrado por dos casos prácticos. En el citado documento constan asimismo las instrucciones del examen de febrero AVEX.  El examen tendrá una duración de 45 minutos.
Nuevo modelo de examen, 2 casos prácticos y 45 minutos para resolverlos

No han dicho que se deje usar código civil, apuntes, libros, etc.

Solo un consejo: para saber resolver casos prácticos es mejor conocer la teoría bien.

Suerte y ánimos.
RobertMAD

Desconectado rutger

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #26 en: 05 de Noviembre de 2020, 21:37:37 pm »
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Leo el contenido del documento y estoy un poco sorprendido. Entonces, ¿en el examen se permite usar el libro de texto, los apuntes, el Código Civil y demás textos legales, etc...? No doy crédito.
En el mensaje de Usía pone "En el citado documento constan asimismo las instrucciones del examen de febrero AVEX".
En ese documento no indican si dejan material o no?. Desconozco el contenido del documento pero por lo que indicas estás sorprendido porque dejan material (intuyo luego que en el documento lo pone), pero por experiencia te puedo decir que cuando lo permiten no es para confiarse. Si el equipo docente de Civil ha cambiado el criterio será por algo. Con el modelo que os ponen de examen ya podéis ver por donde van los tiros y si el tener material contigo es realmente de ayuda porque sin saber la teoría es igual lo que te dejen para 45 minutos y dos casos.
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado RobertMAD

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #27 en: 05 de Noviembre de 2020, 21:41:17 pm »
saludos rutger.

Efectivamente, cuando dejan usar material (libros, códigos...) tiembla.

En este caso por lo dicho, creo que dejan lógicamente el prácticum -y solo el practicum-. Y ya me parece demasiado en Avex que dejen usar papel...
RobertMAD

Desconectado rutger

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #28 en: 05 de Noviembre de 2020, 21:48:27 pm »
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saludos rutger.

Efectivamente, cuando dejan usar material (libros, códigos...) tiembla.

En este caso por lo dicho, creo que dejan lógicamente el prácticum -y solo el practicum-. Y ya me parece demasiado en Avex que dejen usar papel...
Saludos Robert.
Yo en Avex las que conozco que dejen usar papel es porque algo piden para hacer así y luego hay que subirlo a la plataforma, caso de Estadística social por ejemplo, que hay que desarrollar los cálculos en el papel y subirlos porque no es fácil teclear determinadas fórmulas.
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado RobertMAD

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #29 en: 05 de Noviembre de 2020, 21:59:32 pm »
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Saludos Robert.
Yo en Avex las que conozco que dejen usar papel es porque algo piden para hacer así y luego hay que subirlo a la plataforma, caso de Estadística social por ejemplo, que hay que desarrollar los cálculos en el papel y subirlos porque no es fácil teclear determinadas fórmulas.

ya, pero eso en Grado en Derecho no existe, jejejjee, el otro día contestaba en un hilo a alguien que preguntaba si todo en derecho era teclear. Porque desconocen que en otras carreras hay que escribir fórmulas, escanear gráficas... etc. El ombligo del Derecho.

Me alegra leerte en criminología. te sigo.

Aquí no se suben "hojas manuscritas" con fórmulas ni esquemas. Son casos del practicum que se responden en las casillas para responder.

Un fuerte abrazo.
RobertMAD

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #30 en: 05 de Noviembre de 2020, 22:03:34 pm »
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Día 4/11/2020 Mensaje de María Begoña Flores González

Queridos alumnos:

Quiero informaros de que, en el Pleno del Consejo de Gobierno de la UNED celebrado el 27 de octubre de 2020, se aprobó el acuerdo, con carácter excepcional, por el que las pruebas finales de la convocatoria ordinaria de febrero de 2021 se realizarán a través del sistema de evaluación en línea mediante la aplicación Aula Virtual de Examen (AvEx) a consecuancia de las exigencias de distanciamiento social impuestas por la pandemia. Este sistema, junto con el de evaluación continua, garantizan un adecuado seguimiento y evaluación del alumnado de la UNED.

Se adjunta un documento con un modelo de examen similar al que se pondrá en febrero integrado por dos casos prácticos. En el citado documento constan asimismo las instrucciones del examen de febrero AVEX.  El examen tendrá una duración de 45 minutos.

Saludos cordiales y mucho ánimo con el estudio de la asignatura!!!


Nuevo modelo de examen, 2 casos prácticos y 45 minutos para resolverlos

puedes por favor transcribir el contenido del documento y las instrucciones de AvEx con el material permitido si fuera el caso? gracias

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #31 en: 06 de Noviembre de 2020, 05:01:06 am »
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No han dicho que se deje usar código civil, apuntes, libros, etc.

Cómo que no? El documento que han subido con los modelos de casos prácticos lo dice claramente. Transcribo:

“Estas son las instrucciones que serán consignadas en el examen AVEX de febrero:
 
Por favor, responda a los dos casos prácticos planteados de forma concreta, clara y precisa y con una redacción y ortografía correctas. Debe contestar de forma razonada a las preguntas que se le formulen sobre cada caso práctico. Una respuesta positiva o negativa o una afirmación no acompañada del pertinente razonamiento jurídico, no será valorada por el equipo docente.
Con un caso práctico en blanco o mal contestado no es posible aprobar el examen.
No serán valoradas aquellas cuestiones o explicaciones que excedan de lo preguntado en el examen.
Puede ser conveniente la realización de un borrador o esquema previo en papel antes de redactar el texto definitivo.

MATERIAL PERMITIDO: bibliografía básica y complementaria de la asignatura, textos legales en papel y/o PDF y programa de la asignatura. Igualmente están permitidos los apuntes, resúmenes o esquemas.“

Tengo experiencia universitaria previa y ya sé que cuando se deja usar el material de estudio no es buena señal, pero pero me sorprende en un examen pregunten sobre legislación concreta y la dejen tener delante.

Desconectado Usía

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #32 en: 06 de Noviembre de 2020, 08:45:25 am »
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puedes por favor transcribir el contenido del documento y las instrucciones de AvEx con el material permitido si fuera el caso? gracias

Se facilita a los alumnos un modelo de caso práctico similar a los 2 casos que serán planteados en el examen final en línea de la convocatoria de febrero 202.

En el examen será indicado el tema del programa donde se encuadra caso práctico planteado.

Este caso se acompaña de un modelo de respuesta con el propósito de orientar a los alumnos de cara al examen. No obstante, este modelo de respuesta no es obligatorio, tan solo tiene un propósito meramente indicativo. Los alumnos son libres de seguir otra estructura en su respuesta. Lo esencial es que la solución al caso sea razonada y vaya acompañada de la correspondiente fundamentación jurídica.

Estas son las instrucciones que serán consignadas en el examen AVEX de febrero:

Por favor, responda a los dos casos prácticos planteados de forma concreta, clara y precisa y con una redacción y ortografía correctas. Debe contestar de forma razonada a las preguntas que se le formulen sobre cada caso práctico. Una respuesta positiva o negativa o una afirmación no acompañada del pertinente razonamiento jurídico, no será valorada por el equipo docente.
Con un caso práctico en blanco o mal contestado no es posible aprobar el examen.
No serán valoradas aquellas cuestiones o explicaciones que excedan de lo preguntado en el examen.
Puede ser conveniente la realización de un borrador o esquema previo en papel antes de redactar el texto definitivo.
   
MATERIAL PERMITIDO: bibliografía básica y complementaria de la asignatura, textos legales en papel y/o PDF y programa de la asignatura. Igualmente están permitidos los apuntes, resúmenes o esquemas.

No es necesario agotar el espacio tasado concedido para este examen, que responde a una medida estándar prevista para toda la UNED. El equipo docente entiende que sería suficiente aproximadamente con el equivalente a media página de papel para responder a cada caso práctico

MODELO DE SOLUCIÓN DEL CASO PRÁCTICO CAPÍTULO 9 TEMA 6


Verónica está embarazada de 4 meses y desgraciadamente el padre de su hijo José ha fallecido hace una semana en un accidente de coche ¿Cree Ud. que Verónica puede pedir a una pensión de orfandad para su futuro hijo antes de que éste nazca?, ¿Desde cuándo tendría derecho a la misma?


1.   DIAGNÓSTICO DEL PROBLEMA: Se trata de precisar si el nasciturus, (concebido, pero no nacido), tiene derecho a recibir una pensión de orfandad. En consecuencia, el supuesto de hecho planteado se refiere al problema de determinar en qué momento tiene lugar el nacimiento de la personalidad como hecho determinante de la capacidad jurídica o aptitud para ser titular de derechos y obligaciones.
2.   FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA: La respuesta reside en los artículos 29 y 30 del Código civil. De conformidad con el primero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que sean favorables siempre y cuando nazca con vida una vez enteramente desprendido del seno materno. Por tanto, el derecho del nasciturus a recibir una pensión de orfandad está supeditado a su nacimiento regular a tenor del artículo 30 CC En consecuencia habrá que esperar al momento del nacimiento y si tiene lugar con los requisitos del artículo 30 C.C. Si es así, el derecho a cobrar la pensión de orfandad se retrotraerá al momento del nacimiento (alumbramiento o parto).   


MODELO DE SOLUCIÓN DEL CASO PRÁCTICO CAPÍTULO 15 TEMA 9


Luis es natural de Madrid y conoce a Suriñe, natural de Bilbao, en un viaje turístico de esta a Madrid. Tras tres años de noviazgo a distancia, Suriñe se traslada a Madrid y contraen matrimonio, y ahora están esperando un hijo. Dos años después de venir Suriñe a Madrid, la pareja tiene actualmente su residencia en esta localidad, donde ambos están empadronados. Sin embargo, Suriñe, vasca de generaciones, desearía que su futuro hijo tuviera la vecindad civil vasca, ¿es esto posible? Una amiga le ha dicho a Suriñe que si el hijo nace en Madrid será madrileño ¿Cree Ud. que tiene razón? ¿Tiene alguna relevancia que Suriñe y su marido estén empadronados en Madrid? ¿Cambiaría la respuesta si la pareja en vez de residir en Madrid viviera en Nicaragua y allí naciera el hijo de ambos? ¿Y si residieran en Barcelona?

1.   DIAGNOSTICO DEL PROBLEMA: Se trata de precisar que opciones existen cuando nace un hijo de una pareja de tiene distinta vecindad civil. Además, es preciso distinguir entre los conceptos de vecindad civil y vecindad administrativa.

2.   FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA: el artículo 14.3 párrafo segundo permite que cuando los progenitores tengan distinta vecindad civil, puedan atribuir al hijo la vecindad civil de cualquiera de ellos dentro de los seis meses siguientes al nacimiento del hijo. En caso de que los cónyuges no lleguen a un acuerdo el hijo tendrá la vecindad civil del lugar de nacimiento. Por tanto, si nace en Madrid y los padres no llegan a un acuerdo tendrá la vecindad civil de Derecho Común que es la que corresponde a Madrid. Por otro lado, para nada es relevante donde estén empadronados ambos cónyuges. La vecindad civil y la administrativa son conceptos distintos con efectos jurídicos diversos. Desde una perspectiva civil nos interesa únicamente la segunda

Si el hijo de la pareja nace en Nicaragua y la pareja no opta por atribuir ninguna vecindad civil al hijo, igualmente tendrá la vecindad civil de Derecho Común. Pues en este caso, no existe vecindad civil correspondiente al nacimiento. Y, por último, si el niño naciera en Barcelona y los progenitores no llegasen a un acuerdo, el hijo tendría la vecindad civil catalana.



En fin, 2 casos, 45 min y MATERIAL PERMITIDO: bibliografía básica y complementaria de la asignatura, textos legales en papel y/o PDF y programa de la asignatura. Igualmente están permitidos los apuntes, resúmenes o esquemas.

No os confiéis por el material permitido, estudiad la materia!
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Desconectado RobertMAD

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #33 en: 07 de Noviembre de 2020, 20:01:53 pm »
Entonces, Gestor Procesal, creo que si todo el mundo tenía la información de que se podía usar material como código civil, manuales, prácticum y poco menos que Alexa... el motivo de debate está acabado.

Si metí la pata, mis disculpas. No tengo esta ni otra asignatura. El comentario del otro participante era que se podía usar solamente practicum, y no suelo usar la documental pública para creer a la gente.

Mucha suerte y ánimos.
RobertMAD

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #34 en: 10 de Noviembre de 2020, 18:56:58 pm »
🎧 ⚖️ Derecho Civil I: Las personas jurídicas por Carlos Lasarte Álvarez. (AUDIOCLASE)


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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #35 en: 14 de Diciembre de 2020, 18:45:07 pm »
¿Como os ha salido la PEC?

¿Como afrontáis el examen de Febrero?
@sancheta_
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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #36 en: 04 de Febrero de 2021, 10:21:10 am »
Alguien de la primera semana podría ser tan amable de poner los casos que cayeron?
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Desconectado Cristina11.05

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #37 en: 04 de Febrero de 2021, 10:47:12 am »
¡Claro! :) A mi en mi examen me entraron dos casos, el primero era un caso de una chica de 25 años diagnosticada de esquizofrenia que en un estado violento y ante un intento de atentar contra su persona. Es auxiliada por los servicios de emergencia a petición de sus padres y en contra de la voluntad de la chica. Y preguntaban si los servicios de emergencia habían actuado bien o era necesaria la incapacitación. Y que sucedería si hubiese sido menor.
El segundo caso era sobre el tema de vecindad civil.
Espero haberte ayudado :)

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #38 en: 05 de Febrero de 2021, 12:46:26 pm »
gracias

Desconectado Usía

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Re:Hilo Oficial Civil I: Parte general y Persona (2020 / 2021)
« Respuesta #39 en: 05 de Febrero de 2021, 16:14:00 pm »
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¡Claro! :) A mi en mi examen me entraron dos casos, el primero era un caso de una chica de 25 años diagnosticada de esquizofrenia que en un estado violento y ante un intento de atentar contra su persona. Es auxiliada por los servicios de emergencia a petición de sus padres y en contra de la voluntad de la chica. Y preguntaban si los servicios de emergencia habían actuado bien o era necesaria la incapacitación. Y que sucedería si hubiese sido menor.
El segundo caso era sobre el tema de vecindad civil.
Espero haberte ayudado :)

Mil gracias  ;)
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