Buenas tardes Raulita; voy a tratar de explicarlo de la forma mas sencilla posible a mi entender:
La Cuota Tributaria, es la que aparece en las facturas que recibamos y que emitamos, es decir, el porcentaje que aplicaremos en las facturas, tanto de los servicios realizados como recibidos, se le denominará Cuota Tributaria; esta cuouta sependiendo del producto o servicio viene determinada mediante norma.
Existen tres tipos de cuota tributaria:
1. La cuota íntegra del tributo no será la cantidad que el sujeto pasivo debe pagar a la Administración, sino que se verá reducida por una serie de deducciones y bonificaciones que la Ley establecerá, como:
• Deducción en la vivienda habitual
• Se incentivará actuaciones empresariales
2. La cuota líquida del tributo, será la que obtengamos tras la aplicación de estas deducciones, es decir, es lo que el sujeto pasivo pagará por ese tributo.
3. Una vez calculada la cuota líquida, finalizaremos los cálculos, restando de la cuota líquida, el importe que el sujeto pasivo haya adelantado a la Administración, en concepto de retenciones o pagos a cuenta, llegando así, a la cuota diferencial, que podrá ser positiva, nula o negativa, es decir, a ingresar, nula o a devolver.
Resumiendo, la cuota tributaria, también podría ser el resultado de aplicar el IVA o IRPF, en las facturas que emitimos, por tanto, como norma general implicará la cuota que tendremos que pagar a la Administración.
La Deuda tributaria es la cantidad que el sujeto pasivo debe pagar a la Hacienda Pública. Esta cantidad es el resultado de los ingresos percibidos, desgravaciones fiscales y deducciones de la cuota. Para entender perfectamente este concepto debemos de aclarar otro términos íntimamente ligado que es la cuota diferencial.
Cuota Diferencial: Es la cantidad resultante de restar de la cuota líquida las deducciones y retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.
Resumiendo la deuda Tributaria será la cantidad que se obtiene de deducir de la cuota diferencial las desgravaciones fiscales y deducciones de la cuota. Es la cifra que el sujeto pasivo debe a la Hacienda Pública, incluyendo los impuestos retenidos pagados a cuenta.
Espero haberlo explicado con claridad.
Saludos