Hola compañeros, a mí me ha tocado el Departamento d Derecho Político, con las Reformas de la CE. Mi tutora es María Salvador, y en Alf nos ha dejado un esquema sobre cómo hacer el trabajo. Ando absolutamente perdida, yo creía que borrador era sinónimo de esquema; es decir, en ambos casos anotabas unas pinceladas sobre el orden en el que vas a desarrollar el trabajo, con sus apartados y subapartados, y eso sólo en 2 ó 3 páginas. Entonces, si ya la tutora nos redacta un esquema, ¿qué diferencia hay entre ambos? Y x otro lado, ¿cuál debe ser la extensión del borrador? Si con "borrador" se entiende el trabajo ya desarrollado y a la espera de que nos digan qué cambiar, en las fechas en las que estamos y con lo que tengo hecho hasta ahora, puedo empezar a meterme cafeína en vena para poder entregarlo, aunque tampoco tengo clara la fecha de entrega, ya que según la tutora las fechas se corresponden a lo que se refiere en la guía del TFG del Grado en Derecho, y yo ahí no veo fecha alguna...
En fin, pido ayuda urgente a los q tengáis más claro el tema!!!