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Autor Tema: Artículo 8.1 de la Constitución  (Leído 23373 veces)

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Desconectado Hugo

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Artículo 8.1 de la Constitución
« en: 24 de Septiembre de 2007, 20:52:44 pm »
El artículo 8.1 CE 1978 dice así:

Artículo 8.

1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.



Debido a la deriva nacionalista que estamos viviendo, a los anuncios de de referendum de independencia, a la saga de reformas estatutarias de marcadamente nacionalista, yo ya no veo tan lejos que alguna CA intente escindirse en unn futuro no demasiado lejano. Algunos políticos catalanes hablaban incluso de fechas concretas-

La pregunta es la siguiente: ?Ante un eventual intento de escisión debería entrar en juego el artículo 8.1 CE?


Para mi la respuesta es: SI





Desconectado azote

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #1 en: 25 de Septiembre de 2007, 08:03:05 am »
Hay que estar loco, pero del todo, para proponer que el ejercito se ponga a masacrar civiles, bombardear a diestro y siniestro, hacer detenciones por motivos de ideologia, juzgar sumariamente y en secreto a esos detenidos, sin abogado o con abogado a "sueldo" del juzgador, pegarles un tiro al amanecer bajo sentencia de muerte o aplicando el paseillo, convirtiéndose así en los dueños y señores del Estado... como ya ha ocurrido en otras ocasiones. Y todo, porque quieran o no quieran ser independientes.

Gente como tu serán los que traigan una segunda guerra civil, nos impongan un pinochet, aplaudan un arrasar a bomba y fuego el Parlamento .... y luego direis que sois los enviados de Dios para justificar, como ha demostrado la historia una y otra vez.

Que los cielos nos pillen confesados! Hay que estar de los nervios para decir tamaña burrada.

Desconectado Hugo

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #2 en: 25 de Septiembre de 2007, 08:24:30 am »
Quién ha propuesto semejante locura?

He dicho que soy favorable a que se aplique el 8.1 CE en el eventual caso de una secesión, dudo que los padres de la Constitución estuvieran pensando en un paisaje tan apocalíptico como el que describes. El que parece que se pone de los nervios con solo nombrar ese artículo eres tú. La función de CUALQUIER ejército (para eso están, no para repartir galletitas) es defender la soberanía y la integridad territorial del Estado

 Y no soy yo el que digo que debe hacer el ejército, lo dice la Constitución Española de 1978. Que para algo está.


Desconectado azote

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #3 en: 25 de Septiembre de 2007, 08:41:55 am »
Ya, y tu interpretas que por defender la integridad del Estado hay que considerar que sea ante los propios españoles que quieran su propio territorio.

Y claro, no planteas una burrada de ese estilo que yo digo, tu pides que vaya el ejército a repartir chuches y darles paseos turísticos en los blindados... Claro, claro..

Todos los que pedís la intervención del ejercito estais deseando ver como se convierte en una policia con amplios poderes, a su discrección, claro, porque así se puede meter en vereda a esos maleantes que cometen el grave delito de... tener ideología!!! eso si, que los meterán en vereda a base de repartos de globos, e intercambios de estampitas de San Apapucio Bendito... Realmente, y bastante harto de ser politicamente correcto, estais deseando un franco, un pinochet o un idi amin dadá que liquide de una vez a esa gentuza que piensa que deben ser una nación distinta, y duespues, puestos a masacrar, volvemos a introducir en el código penal, cual caudillos resucitados, la homosexualidad, el adulterio, el amancebamiento.... y el ejército, siempre presente amenazando: niños,  no seais malos, recordad lo que les ocurrió a los independentistas, riete tu de lo que le pasó a los cátaros, esos malditos blasfemos...

El ejercito, en los cuarteles, o mejor aun, nada de ejercito y de cuarteles, pero como mal menor, nada de enviarlos contra la población civil, por muy secesionista que sea.

Insisto, es una burrada lo que has escrito.

Desconectado Hugo

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #4 en: 25 de Septiembre de 2007, 08:50:10 am »
La verdad es que una cosa saco en claro: tienes sentido del humor, y eso es muy importante.

Desde luego la visón que tengo de esa "eventual y ojála inexistente" intervención no es la de crear Gulags , ni Mattaus, ni Auswitzs (o como se diga) a doquier como quieres hacer ver.

Mas bien sería el restablecimiento de la legalidad. Supongo que como se hizo en Irlanda del Norte. Suspender la autonomía, que el ejército controle las calles (sin masacrar civiles), toque de queda, y el que haga el cafre (cokteles molotov, tirar cantos "rodaos" y demás), al talego.




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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #5 en: 25 de Septiembre de 2007, 12:13:03 pm »
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El artículo 8.1 CE 1978 dice así:

Artículo 8.

1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.



Debido a la deriva nacionalista que estamos viviendo, a los anuncios de de referendum de independencia, a la saga de reformas estatutarias de marcadamente nacionalista, yo ya no veo tan lejos que alguna CA intente escindirse en unn futuro no demasiado lejano. Algunos políticos catalanes hablaban incluso de fechas concretas-

La pregunta es la siguiente: ?Ante un eventual intento de escisión debería entrar en juego el artículo 8.1 CE?


Para mi la respuesta es: SI




       ¡ Hombre de dios! que mojigato y pusilamine me ha salido usted. Ante esta "hecatombe nacional", hay que establecerla ley marcial y no se olvide usted de recuperar la santa inquisición. ¡ Se van a enterar estos rojos, separatistas,masones e infieles.

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #6 en: 25 de Septiembre de 2007, 12:16:49 pm »
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El artículo 8.1 CE 1978 dice así:

Artículo 8.

1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.


Debido a la deriva nacionalista que estamos viviendo, a los anuncios de de referendum de independencia, a la saga de reformas estatutarias de marcadamente nacionalista, yo ya no veo tan lejos que alguna CA intente escindirse en un futuro no demasiado lejano. Algunos políticos catalanes hablaban incluso de fechas concretas-

La pregunta es la siguiente: ?Ante un eventual intento de escisión debería entrar en juego el artículo 8.1 CE?


Para mi la respuesta es: SI

Para mí la respuesta es NO.  En ese artículo se habla de la "integridad territorial", sí, pero esa integridad puede ser entendida frente a agresiones exteriores. Por otro lado, dentro de la "deriva nacionalista que estamos viendo", que tampoco es una deriva, ni yo estoy viendo, sino más bien la expresión de unos deseos por parte de algunos sectores, porque la realidad de la realidad habría que verla. En todo caso, en el hipotético caso de que hubiese tal "deriva nacionalista", lo que habría que plantearse es si tal deriva se produce o producirá en el marco constitucional. Es decir: con una reforma de la Constitución que la permitiese, etc.  Después de todo, si has estudiado Derecho Internacional Público, habrás visto que hay tratados sobre sucesiones de Estados, igual que hay países que se han dividido (te recuerdo el caso de Noruega; de Checoslovaquia; etc.)

De modo que no.  Las fuerzas armadas en su sitio. El poder civil debe tener total primacía, y las fuerzas armadas están al servicio de la sociedad.  Todo lo demás no son más que delirios de grandeza, soberbia impropia de personas a las que la sociedad ha confiado el dominio de las armas.

En cuanto al restablecimiento de la legalidad... pones el ejemplo de Irlanda del Norte... en fin.  ¿Sabes que hay legalidades no demasiado legales? ¿Sabes cómo machacaban, y discriminaban, los protestantes a los católicos allí?
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #7 en: 25 de Septiembre de 2007, 12:57:26 pm »
Artículo 97 CE
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.


Por lo tanto el Ejército deberá acatar las órdenes que reciba del Gobierno, dada la función que le asigna la CE. No se trata de un poder autónomo y no puede autoproclamarse defensor de la Constitución y el Estado.

Desconectado Hugo

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #8 en: 25 de Septiembre de 2007, 13:10:55 pm »
Evidentemente no abogo por un golpe militar. Estoy hablando de una intervención aprobada por el Gobierno, logicamente.

Para mi la intregridad es la integridad. Da igual de donde venga la amenaza. Si existe una reforma constitucional, y en ese marco se produce la secesión, entonces ya estamos en otro escenario. Yo hablo tal y como están las cosas hoy día.

Drop, para que exista una sucesión de Estados tiene que haber un Tratado Internacional en el que ambas partes sean signatarias del Convenio. Si noy hay acuerdo...

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #9 en: 25 de Septiembre de 2007, 13:31:43 pm »
   Estimable Hugo, no tengas preocupación por lo que ocurre con la idea de España debido a el voluntarioso presidente que carece de otras cualidades imprescindibles como son el sentido de la responsabilidad. Decirte que a los nacionalistas catalanes no les interesa ni les interesará nunca independizarse del resto, ya que es éste el que le garantiza su progreso y desarrollo, en contra de lo que propugnan muchos demagogos de calidad barata, que curiosamente son nacionalistas o amigos eventuales de éstos por el propio interes de controlar un poder central hoy en día denostado. Por otro lado, los nacionalistas vascos tienen aún menos probabilidades de escisión, ya que son menos habilidosos que los anteriores y además arrastrán el dolor de muchos ciudadanos españoles provocado por los "chicos de la gasolina", según la incosciencia de muchos nacionalistas "demócratas vascos"(Arzalluz). Por último decirte que es el resto de España el que tiene que la última decisión sobre tan importante cuestión siempre y cuando se respete la carta magna, algo que creo que se hará porque las sensibilidades sobre este problema están incandescentes, y a los políticos es algo que no le interesa para asegurarse los beneficios del poder. Un cordial saludo Hugo.

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #10 en: 25 de Septiembre de 2007, 13:51:28 pm »
Y en último caso sería mas factible recurrir al artículo 155 CE

Desconectado Drop

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #11 en: 25 de Septiembre de 2007, 15:32:12 pm »
Aunque es cierto que algunos políticos se definen como independentistas, dudo que ni Cataluña ni el País Vasco se independicen nunca.  Y, de hacerlo, me figuro que se haría con medios pacíficos, en un estado de perfecto y completo diálogo.  Eso sí, la independencia total de cualquier territorio tendría un coste económico. Dudo, sin embargo, repito, que se lleguen a independizar nunca: son demasiados los intereses económicos en juego, son demasiado estrechas las relaciones entre la gente.

En ese sentido, la mejor manera de luchar contra las tensiones independentistas es promover el diálogo y el conocimiento mutuo: fomentar, por ejemplo, un equivalente al programa Erasmus de la UE no estaría nada mal. Promover el turismo entre las comunidades y regiones diversas.
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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #12 en: 25 de Septiembre de 2007, 15:42:20 pm »
Yo ante tal panorama político, siempre me hago la misma pregunta:
¿Por qué no se hace un referéndum "nacional" sobre si se quiere o no la independencia de tales terrritorios?
Luego ya pasaría al art. 8 de la CE.
Saludos

Desconectado Mirella

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #13 en: 25 de Septiembre de 2007, 23:40:17 pm »
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Sobre el articulo 8, estado de sitio y generales bocazas
"quotquot El único símbolo de superioridad que conozco es la bondad. "quotquot

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #14 en: 26 de Septiembre de 2007, 17:39:24 pm »
Ufff... Hugo, lo que dices, mucho se acerca a la manera de pensar de un etarra... ¿No ves que lo que dices valida lo que piensan esos terroristas? Ellos también creen que "la intregridad es la integridad." Y también les "da igual de donde venga la amenaza." Por último... también piensan así "tal y como están las cosas hoy día".

Suerte que en Cataluña nuestros políticos serán inolvidables por haber sido los únicos capaces de erradicar un grupo terrorista como el de Terra Lliure. Si me permites, que suerte que no seas catalán  ::)
No por mucho madrugar, amanece más temprano.

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #15 en: 26 de Septiembre de 2007, 18:02:30 pm »
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He dicho que soy favorable a que se aplique el 8.1 CE en el eventual caso de una secesión, dudo que los padres de la Constitución estuvieran pensando en un paisaje tan apocalíptico como el que describes. El que parece que se pone de los nervios con solo nombrar ese artículo eres tú. La función de CUALQUIER ejército (para eso están, no para repartir galletitas) es defender la soberanía y la integridad territorial del Estado

 Y no soy yo el que digo que debe hacer el ejército, lo dice la Constitución Española de 1978. Que para algo está.


EL artículo 8 de las Fuerzas Armadas es absolutamente lógico. La misión de las FAS es defender el Estado, su soberanía y su integridad territorial. Así es en todos los países del mundo. Si esa no fuese su misión, las FAS no dejarían de ser otra cosa que un ejército de mercenarios a las órdenes de quien les paga para cualquier misión sin importar su naturaleza, sus principios, ó su legalidad.
Hasta ahí de acuerdo. Ahora bien hablar de que ha llegado el momento de aplicar el artículo 8 es otra cuestión. La propia naturaleza de las FAS implica que está para hacer frente a amenazas de caracter armado. No importa si se trata de potencias extranjeras ó grupos insurgentes pero en todo caso amenazas contra la soberanía, integridad ...etc de caracter armado. El hecho de que un grupo de manifestantes quemen efigies del rey ó la bandera de España no es una agresión armada, tampoco lo es el que un cargo público incumpla la ley proponiendo referendum ilegales ó negándose a acatar sentencias de los tribunales de justicia. Ese tipo de amenazas al Estado tiene otras soluciones. Hay en España un gobierno, una justicia y unas FCSE capaces de poder con todo eso, sin molestar a la población y sin provocar un conflicto donde no lo hay. Que no se quiera hacer es otro asunto. Que el gobierno ceda a los separatistas por razones políticas es otra cuestión. Pero el Estado tiene recursos para hacer cumplir las leyes sin matar mosquitos a cañonazos.
 
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Mas bien sería el restablecimiento de la legalidad. Supongo que como se hizo en Irlanda del Norte. Suspender la autonomía, que el ejército controle las calles (sin masacrar civiles), toque de queda, y el que haga el cafre (cokteles molotov, tirar cantos "rodaos" y demás), al talego.

La legalidad está establecida. Si no se cumple es por que no se quiere exigir su cumplimiento. Si las FAS ocupan las calles lo que vamos a conseguir es que muchas personas se crean la idea de que su país está ocupado como falazmente afirman los separatistas. Si alguien está deseando que se establezca toque de queda es ETA, ERC y todos los que sueñan con ver España rota en mil pedazos.

Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado Mirella

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #16 en: 26 de Septiembre de 2007, 18:24:47 pm »
El gobierno ha cedido tanto que eta ha conseguido lo que se proponía con la negociación, no pulpo?
"quotquot El único símbolo de superioridad que conozco es la bondad. "quotquot

Desconectado Hugo

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #17 en: 26 de Septiembre de 2007, 20:11:19 pm »
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He dicho que soy favorable a que se aplique el 8.1 CE en el eventual caso de una secesión

Pulpo, me refiero que se debería aplicar el art.8 si alguna CA se escinde. Claro que ahora no es el momento. Hablo del hipotético caso en el que se declare un referendum (ilegal, como no puede ser de otro modo) y luego se declaren independientes. Cosa que veo lejana, aunque creo que la viviré.


Un saludo.


Desconectado de peage

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #18 en: 26 de Septiembre de 2007, 20:24:53 pm »
Lo que si es verdad es que, pase lo que pase, tiene razón el que ha puesto que la decisión será del Gobierno. Y no veo a ningún gobierno dando ese paso, como creo que también dijo alguien.
Creo que Pulpo ha hecho un análisis perfecto en otro hilo.
Saludos.
F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

Desconectado pulpo

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Re: Artículo 8.1 de la Constitución
« Respuesta #19 en: 27 de Septiembre de 2007, 08:07:59 am »
Los nacionalistas saben bien que quien primero use la fuerza ha perdido la partida ya que quedará en evidencia ante la sociedad y ante el mundo. Como desde un Estado centralista ó autonómico estable es imposible separarse sin usarla, han ido configurando un Estado confederal. Cuando las CCAA de PV y Cataluña tengan casi todas las competencias (casi todo el poder) para separarse de España bastará una simple declaración. Y será el otro el que tenga que usar la fuerza para impedirlo. Si no se hubiese recorrido este camino desde la transición sólo sería posible la independencia mediante la insurreción armada, algo perdido de antemano y que dejaría en evidencia a los propios separatistas.
Por eso si queremos evitar que España se rompa, la única manera de impedirlo es manteniendo algunos resortes de poder estatal en Cataluña y el PV. Quedan ya muy pocos, pero aún algunos como la justicia que obliga a todos por igual.
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