Vamos a ver creo que te estás liando. Voy a partir desde el principio. La "suma divisio" principal del derecho es "Derecho Público y Derecho Privado".
Derecho Público, con carácter general y sin perjuicio de otras peculiaridades, es el que tiene como destinatario al Estado y Administraciones Públicas, es de carácter imperativo para estos destinatarios y tiene como finalidad la satisfacción de los intereses generales.
Derecho Privado, igualmente de forma general el que va dirigido a los particulares, tiene muchos preceptos de caracter dispositivo, y está previsto para satisfacer los intereses particulares principalmente.
Dentro del Público y del Privado como sabrás tenemos órdenes o disciplinas objeto del ordenamiento y de nuestro estudio, dígase, "Civil (D. Privado), Penal (D. Público), Administrativo (D. Público), Mercantil (D. Privado), etc.".
Pues bien, las leyes generales son las que regulan uno de estos órdenes o disciplinas de forma global y ampliamente consideradas. Por ejemplo, sabemos que el Código Civil disciplina el ambito del Derecho Civil, pero no impide que existan Leyes Especiales, por ejemplo la Ley Hipotecaria que regula un sector dentro de esta disciplina. O el Código Penal regula el Derecho Penal, pero tenemos dentro de muchas leyes especiales como la Ley Penal del Menor o La Ley de represión del contrabando y muchísimas otras. El Código de Comercio para el Mercantil, pero hay muchísimas Leyes especiales sobre patentes, sociedades, etc, etc. etc, etc.
De tal forma que leyes especiales serán las que regulan un sector concreto dentro de una de las grandes disciplinas del Derecho.
No le des muchas más vueltas, así de sencillo, fuerte y claro.
Un saludo y suerte en los exámenes.