Primero decir que no he leido la sentencia, la escuche por la radio, pero en cuanto pueda la leeré. Para mi esta claro que la mejor prueba de carga de alcohol en una persona es la realizada por los etilómetros, que esta prueba deba ser, además, completada con otras, como el analisis de sangre, estoy de acuerdo, que la declaración de los agentes debe ser fundamental en cuanto a los signos externos de manifestación de esa "tajada": conducción temeraria, halitosis alcohólica, habla titubeante, etc... para determinar el ilicito penal, también, pero lo que me extraña es que el TS no haya valorado todo esto a la hora de dictar sentencia. No será que existe un pique entre estos dos Tribunales.
De todas formas, una tasa de alcoholemia del 2.3 me parece una burrada y un grave atentado contra la seguridad del trafico, diga la ley lo que diga y deberian no sólo de retirarle el carné, si no de enviarle una temporadita, sino a la sombra, al menos a recibir clases de civismo. (este comentario es debido a mi experiencia personal con borrachos al volante)
En cuanto a lo dicho por de peage estoy totalmente de acuero.
Un saludo