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Autor Tema: Sentencia del TC sobre alcohólemia  (Leído 2478 veces)

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Desconectado LexLuttor

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Sentencia del TC sobre alcohólemia
« en: 15 de Diciembre de 2006, 08:31:40 am »
Hola estimados compañeros, quisiera saber vuestra opinión sobre la sentencia del TC que ampara a un conductor que dío en un control de alcohólemia un 2,3 de alcohól en sangre, anulando una sentencia del TS que le condenaba a 1 año y 6 meses de retirada de carné por un delito contra la seguridad vial.
Yo por mi parte no la entiendo, creo que alguien por las alturas se había bebido un par de wiskitos cuando dictaron esa sentecia.
Un saludo.


Desconectado scotland

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #1 en: 15 de Diciembre de 2006, 09:01:10 am »
Hola.
Creo que los Magistrados se han limitado a leer textualmente la normativa legal vigente, que si no me equivoco habla de algo así como "conducir bajo la influencia del alcohol". Y la influencia del alcohol en el comportamiento de las personas no es detectable con el aparato que mide dicha sustancia en el aire expirado...
Quizá, para garantía de la seguridad jurídica, el legislador debería haber indicado la expresión "conducir con una tasa de alcohol en sangre de..., o de alcohol en aire expirado de...".
Seguramente habrá opiniones mejor fundamentadas que la mía.
Saludos.

Desconectado shadowmaker

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #2 en: 15 de Diciembre de 2006, 12:25:39 pm »
Efectivamente, Scotland. Los magistrados han aplicado, aquí, una lectura adecuada de la Ley y una interpretación basada en el principio general de la "no extensividad de los efectos desfavorables" (mal dicho, pero "me se" entiende). El problema fundamental es la expresión BAJO LA INFLUENCIA del alcohol. ¿Qué influencia? ¿en qué grado? Si el fin de la norma es disminuir el riesgo de accidente, por fuerza habremos de entender que hablamos de una influencia apreciable que constituya un riesgo para la conducción. También es cierto que, a igualdad de tasa medida por los medios habituales, no todas las personas reaccionan igual.

Como siempre, el problema no es que las normas estén mal interpretadas, sino que hay malos legisladores.

De todas formas mucho cuidado, porque la sentencia afecta únicamente a los efectos penales, no a la sanción administrativa.

Desconectado de peage

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #3 en: 15 de Diciembre de 2006, 13:20:45 pm »
También el TS se ha columpiado entonces en la interpretación/aplicación de la norma, ¿no?
Ultimamente se está viendo cada cosa en este sentido que me crea gran inseguridad jurídica, los jueces y fiscales parecen moldear la ley con una facilidad pasmosa. Me refiero al tema de la eta. Parece que dependiendo del momento o de la persona o de la inclinación política, se puede acudir a una interpretación favorable o no.
Qué pena.
F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #4 en: 15 de Diciembre de 2006, 14:10:47 pm »
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También el TS se ha columpiado entonces en la interpretación/aplicación de la norma, ¿no?

¿Por qué? Si podemos hacer dos -o más- interpretaciones acordes con el texto de una norma sancionadora, lo adecuado en el Ordenamiento español es aplicar aquella que resulta menos gravosa para el enjuiciado. Y en mi opinión es lo que hizo el Tribunal en este caso.

Desconectado LexLuttor

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #5 en: 15 de Diciembre de 2006, 14:13:23 pm »
Primero decir que no he leido la sentencia, la escuche por la radio, pero en cuanto pueda la leeré. Para mi esta claro que la mejor prueba de carga de alcohol en una persona es la realizada por los etilómetros, que esta prueba deba ser, además, completada con otras, como el analisis de sangre, estoy de acuerdo, que la declaración de los agentes debe ser fundamental en cuanto a los signos externos de manifestación de esa "tajada": conducción temeraria, halitosis alcohólica, habla titubeante, etc... para determinar el ilicito penal, también, pero lo que me extraña es que el TS no haya valorado todo esto a la hora de dictar sentencia. No será que existe un pique entre estos dos Tribunales.
De todas formas, una tasa de alcoholemia del 2.3 me parece una burrada y un grave atentado contra la seguridad del trafico, diga la ley lo que diga y deberian no sólo de retirarle el carné, si no de enviarle una temporadita, sino a la sombra, al menos a recibir clases de civismo. (este comentario es debido a mi experiencia personal con borrachos al volante)
En cuanto a lo dicho por de peage estoy totalmente de acuero.
Un saludo

Desconectado scotland

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #6 en: 15 de Diciembre de 2006, 14:29:23 pm »
Hola.
Siento discrepar contigo LexLuttor, los agentes NUNCA deben hacer valoraciones sobre el estado anímico de alguien, en todo caso podrán aportar PRUEBAS OBJETIVAS que determinen ese estado.
En la línea con lo planteado por Shadowmaker creo que el error de la norma (que no de su interpretación) radica en su mala redacción (por falta de técnica, fundamentalmente), puesto que, dejando al margen el caso concreto, la "influencia" que el consumo del alcohol (y si entramos en otros estupefacientes, drogas, etc., ni te cuento...) sobre cada persona en concreto, resulta siempre diferente...
Me reitero en que debe establecerse legislativamente un parámetro objetivo que permita establecer cuando se está cometiendo un ilícito penal...
Saludos.

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #7 en: 15 de Diciembre de 2006, 18:01:26 pm »
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También el TS se ha columpiado entonces en la interpretación/aplicación de la norma, ¿no?

¿Por qué? Si podemos hacer dos -o más- interpretaciones acordes con el texto de una norma sancionadora, lo adecuado en el Ordenamiento español es aplicar aquella que resulta menos gravosa para el enjuiciado. Y en mi opinión es lo que hizo el Tribunal en este caso.

No, si yo critico la del ts que lo condenó. La que lo ha librado es la del tc, ¿no?
De todas maneras habría que tener en cuenta el alto grado de alcoholemia a la hora de las interpretaciones, aunque un desgraciado error formal pueda invalidar esa prueba creo que en una valoración global podría llegar a tenerse en cuenta. En fin.
F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

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Re: Sentencia del TC sobre alcohólemia
« Respuesta #8 en: 15 de Diciembre de 2006, 18:41:01 pm »
Llevas razón, de peage. No me di cuenta de la diferencia de siglas entre TS y TC.