Hay una sentencia firme de medidas paterno-filiales y con posterioridad hay un episodio de violencia doméstica en que se adoptan medidas penales (orden de protección) y medidas civiles (suspensión del régimen de visitas). Las medidas civiles tienen una vigencia de 30 días, en este plazo se tiene que ratificar o modificar las medidas civiles. Si no se hace nada ¿siguen vigentes las medidas paterno-filiales y cómo se puede solicitar que se restablezca el régimen de visitas con el hijo al haber una orden de alejamiento por sentencia firme respecto de la expareja?