Pues yo (ya casi sin tiempo) la 1ª pregunta del caso he contestado que me parecía bien argumentado y fundamentada la medida por la reincidencia y por haber puesto en valor la defensa de la vida y la integridad de las víctimas. Pero que eso de "automáticamente" no, porque se tenía que dar audiencia previa al "acusado". He pensado el caso en la vida real: un sujeto que ha roto por dos veces la medida cautelar de alejamiento, y que en base a esa reincidencia, Y SIN HABERLE DADO OPCIÓN A DEFENDERSE, el juez de instrucción como le parece que va a volver a romper la medida cautelar (aunque todavía no lo ha hecho), por si acaso, prisión provisional. Digo yo que se le tendrá que dar al sujeto la opción de defenderse antes de decirle: te meto en la cárcel porque no has hecho nada todavía, pero como ya lo has hecho dos veces, pues para que no haya una tercera.
La 2ª igual me he liado un poco. Pero he contestado que la fundamentación tampoco me parecía mala (si lo que hacía era corroborar la primera). Pero que la AP tenía que haber tenido en cuenta que el Juez de instrucción no concedió audiencia previa al acusado para defenderse, y en base a eso no podía ratificar la primera sentencia. Que debido a ese "fallo", tenía que haberla impugnado.