Perdonadme, el comunicado de más arriba es del 2016.
El de 2017 es el siguiente:
En líneas generales, podrán matricularse en este nuevo periodo los estudiantes que no lo hayan hecho antes en los estudios a los que quieran acceder, así como aquellos que se matricularon en septiembre de un número determinado de créditos y quieran ahora ampliar la matrícula. Igualmente, podrán matricularse aquellos alumnos que, aunque no cumplan los créditos mínimos que marca la normativa, les reste para concluir su Plan de Estudios sólo dos asignaturas cuatrimestrales o una anual, además del Trabajo Fin de Grado o Máster.
Quedan excluidas de este proceso las asignaturas con prácticas curriculares, las anuales o de primer cuatrimestre y los Trabajos o Proyectos Fin de Grado, salvo excepciones especificadas en la normativa para ambos casos. En cuanto a la matrícula de la asignatura Trabajo Fin de Máster, estará condicionada a la aceptación por parte del Coordinador del Máster correspondiente.
Parece ser que este curso no lo dejaron tan claro como en 2016. Estoy buscando esa normativa, pero no doy con ella por ahora. Sigo buscando a ver.