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Autor Tema: Funciones procurador  (Leído 1861 veces)

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Desconectado FERRAN500

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Funciones procurador
« en: 23 de Marzo de 2010, 19:00:44 pm »
¿Tiene obligación el procurador de mostrar el escrito de demanda a su cliente antes de presentar el mismo en los Juzgados?

Lo digo porque puede pasar que el cliente sepa más que el abogado y el procurador y no esté del todo de acuerdo con el escrito de interposición.

¿Es posible limitar el apoderamiento?, ¿existe el poder por el cual sea necesaria también la firma del cliente en la demanda?

Todo esto lo pregunto porque hay muchos abogados de oficio que hacen su trabajo de forma pésima y les da igual los intereses de sus clientes.


Desconectado fsalas

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Re: Funciones procurador
« Respuesta #1 en: 23 de Marzo de 2010, 19:31:07 pm »
En principio el cliente puede participar en su defensa, pero la dirección letrada del proceso corresponde al abogado. Es decir, que lo único que puede hacer el cliente con un escrito de demanda (entiendo que te refieres a orden civil) si no está de acuerdo con su abogado es contratar a otro.
Si el cliente piensa que el abogado ha obrado de forma negligente, puede presentar una queja en el colegio de abogados. Afirmar que el cliente sabe más que el abogado es muy aventurado, y si piensa que es así, lo lógico es poner en su conocimiento que le gustaría leer el escrito de demanda antes de su presentación (si se hace de forma educada, estoy seguro de que cualquier abogado accederá gustoso). Cuando a un cliente le designan un abogado de oficio, no hay apoderamiento, por lo que no es posible limitarlo.
Respecto a lo que dices de los abogados de oficio, te diré que hay mucho de mito en lo que se dice (alimentado a menudo por periodistas indocumentados). Te lo digo porque conozco a muchos abogados del turno que trabajan sus asuntos con mucha dedicación (mi mujer es uno de ellos). Ten en cuenta que a menudo los abogados tienen que trabajar con clientes que colaboran poco o nada en su propia defensa (sobre todo en el ámbito penal). De hecho, muchos clientes de oficio vuelven como particulares o recomiendan a otras personas a abogados que les han atendido de oficio.

Desconectado FERRAN500

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Re: Funciones procurador
« Respuesta #2 en: 23 de Marzo de 2010, 20:57:30 pm »
Mucha gracias por la respuesta. Generalizar es un error, pero mi intención no era esa; por supuesto que hay abogados de oficio muy buenos, estoy de acuerdo contigo.

Un saludo.


Desconectado Carin

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Re: Funciones procurador
« Respuesta #3 en: 24 de Marzo de 2010, 08:43:40 am »
Buenos días, por mi trabajo he tenido que tratar con distintos abogados y procuradores, siempre he tenido que exponerles los problemas y entregarles la documentación, pues era la persona que llevaba todo el tema, les he explicado que antes de presentar nada en el juzgado debían pasarme la documentación para que la viera el empresario. Nunca  hubo ningún problema, incluso con el procurador, en muchas ocasiones se han discutido y cambiado cosas. Como bien te comenta Fsalas, el problema es que muchos clientes no se preocupan de nada, pretenden que la defensa se realice con documentaciones que dicen había, o no encuentran o no llevan. Dejan todo en el abogado y allí se apañe, luego si no están de acuerdo montan en colera.
Todos sabemos que al que más le interesa ganar una defensa, es al propio denunciado o denunciante, por lo tanto debe tener claro al contratar al abogado-procurador, que debe exponerle lo que quiere de ellos, y por supuesto colaborar activamente en la entrega de documentación, información y sobre todo en el seguimiento de toda la defensa, porque al fin y al cabo, el cliente tiene normalmente solo ese caso, el abogado y procurador tienen muchos a diario. Se puede tener contacto, interesarse, ayudarles y no agobiarles, al fin y al cabo el beneficio o el perjuicio de tu interés o dejadez, será solo y exclusivamente tuyo. Otra recomendación es realizar contrato con abogado y procurador, donde se exponen todo, normalmente ningún abogado y/o procurador se niega ha hacerlo. Un saludo