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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)  (Leído 20063 veces)

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Desconectado Polilla1963

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #160 en: 22 de Enero de 2018, 20:44:13 pm »
1. El Derecho Financiero y Tributario: concepto y contenido
2. Los ingresos públicos
4. El tributo. Concepto y clases
5. Principios constitucionales del Derecho financiero
6. Fuentes del ordenamiento financiero
7. Eficacia e interpretación de las normas financieras
8. El poder financiero. Concepto y límites
9. Hecho imponible y estructura de la obligación tributaria
10. Sujetos tributarios
11. La aplicación de los tributos
12. La gestión tributaria
13. La inspección de los tributos
14. La recaudación de los tributos
15. Infracciones y sanciones tributarias
17. Procedimiento de revisión en materia tributaria

Ese es el Programa de la guia, y ...
a) Primera prueba presencial
Comprende los temas del Programa del 1 al 11 (ambos incluidos).
Por lo tanto entiendo que las preguntas 3, 4 y 5 corresponden a temas que segun la guia corresponden al secundo cuatrimestre, ya que se refieren a inspección, infraccciones y gestión.
Ya me contareis lo que opinais al respecto.


Desconectado cehache

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #161 en: 22 de Enero de 2018, 21:08:28 pm »
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1. Defina impuesto en una sola frase
Art. 2.2.c) LGT: «Son IMPUESTOS los tributos exigidos sin contraprestación, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente
--------------------------------------
2. Atendiendo a las exigencias derivadas del principio de reserva de ley establecido en el art. 31.3 CE ¿Puede una norma reglamentaria establecer el modelo de declaración de un tributo sin contar con la habilitación legal especifica para ello?.
Art. 8 LGT. Reserva de ley tributaria.
Se regularán en todo caso por ley:
a) La delimitación del hecho imponible, del devengo, de la base imponible y liquidable, la fijación del tipo de gravamen y de los demás elementos directamente determinantes de la cuantía de la deuda tributaria, así como el establecimiento de presunciones que no admitan prueba en contrario.

----------------------------------
3. Suponga que una sociedad ha cometido una infracción tributaria. ¿Son sus administradores responsables de la obigación tributaria incumplida por esa sociedad?
Artículo 43 LGT. Responsables subsidiarios.
1. Serán responsables SUBSIDIARIOS de la deuda tributaria las siguientes personas o entidades:
a) Sin perjuicio del párrafo a) del apartado 1 del artículo 42 de esta ley, los administradores de hecho o de derecho de las personas jurídicas que, habiendo éstas cometido infracciones tributarias, no hubiesen realizado los actos necesarios que sean de su incumbencia para el cumplimiento de las obligaciones y deberes tributarios, hubiesen consentido el incumplimiento por quienes de ellos dependan o hubiesen adoptado acuerdos que posibilitasen las infracciones. Su responsabilidad también se extenderá a las sanciones.

--------------------
4. Como consecuencia de unas actuaciones inspectoras relativas a la deducción por donativos practicada por un contribuyente en su declaración de IRPF se practica una liquidación. ¿Puede esta liquidación tener carácter definitivo?
Tema 11.VII.3  del libro: "Cabe concluir, por ello, que sólo las regularizaciones practicadas por la Inspección de los tributos en el procedimiento inspector dan lugar a liquidaciones definitivas; no teniendo nunca carácter definitivo (sino provisional) las regularizaciones y liquidaciones derivadas de cualquier procedimiento (no inspector) de gestión tributaria."
------------------------
5. Generalmente solo cabe la notificación por comparecencia cuando se ha intentado practicar la notificación al menos dos veces en el domicilio fiscal, o en el lugar designado por el interesado si se trata de un procedimiento iniciado a solicitud del mismo. Sin embargo, en ciertos casos es suficiente un solo intento de notificación en estos lugares antes de proceder a la notificación por comparecencia. ¿De que casos se trata?
Art. 112 LGT. Notificación por comparecencia.
1. Cuando no sea posible efectuar la notificación al interesado o a su representante por causas no imputables a la Administración tributaria e intentada al menos 2 veces en el domicilio fiscal, o en el designado por el interesado si se trata de un procedimiento iniciado a solicitud del mismo, se harán constar en el expediente las circunstancias de los intentos de notificación. Será suficiente un solo intento cuando el destinatario conste como desconocido en dicho domicilio o lugar.



¿O sea que la respuesta a la 2, 3 y 4 es "Sí", no?

Desconectado alehooop

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #162 en: 22 de Enero de 2018, 22:01:18 pm »
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1. El Derecho Financiero y Tributario: concepto y contenido
2. Los ingresos públicos
4. El tributo. Concepto y clases
5. Principios constitucionales del Derecho financiero
6. Fuentes del ordenamiento financiero
7. Eficacia e interpretación de las normas financieras
8. El poder financiero. Concepto y límites
9. Hecho imponible y estructura de la obligación tributaria
10. Sujetos tributarios
11. La aplicación de los tributos
12. La gestión tributaria
13. La inspección de los tributos
14. La recaudación de los tributos
15. Infracciones y sanciones tributarias
17. Procedimiento de revisión en materia tributaria

Ese es el Programa de la guia, y ...
a) Primera prueba presencial
Comprende los temas del Programa del 1 al 11 (ambos incluidos).
Por lo tanto entiendo que las preguntas 3, 4 y 5 corresponden a temas que segun la guia corresponden al secundo cuatrimestre, ya que se refieren a inspección, infraccciones y gestión.
Ya me contareis lo que opinais al respecto.


 con el tema 11 puedes contestar a la pregunta cinco..habla de las notificaciones, y tb la 4, habla de la inspección, poco, pero habla, son los últimos epigrafes, aunq yo la 4 respondi con lo que hablaba sobre la inspección en otros temas, creo que el 7 decía algo... e hice encaje de bolillos
a la 3 la puedes contestar con el tema 10

Desconectado Polilla1963

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #163 en: 22 de Enero de 2018, 22:09:45 pm »
Muchas Gracias Alehooop, me los has dejado claro.
He metido bien la pata.

Desconectado caosasuna

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #164 en: 22 de Enero de 2018, 22:15:40 pm »
Es que el año pasado era ligeramente diferente. Este año queda así:
a) 1ª prueba presencial
Temas del 1 al 11 incluido.
Los temas de Deuda Pública (tema 3) y Derecho Presupuestario (19 a 23) NO serán objeto de examen en la prueba presencial pero sí pueden serlo de la Prueba de Evaluación Continua.
Duración 1 hora 30 minutos y constará de 5 preguntas cortas.

b) 2ª prueba presencial
Comprende los temas 12 a 18 (ambos incluidos).
Los temas relativos al Delito fiscal Pública (Lección 16) y Recurso contencioso-administrativo (Lección 18) NO serán objeto de examen en la prueba presencial pero sí pueden serlo de la PEC.
Duración 1 hora 30 minutos y constará de 5 preguntas cortas.

-----------------------------------------------------------------
     Programa Oficial Curso 2017-2018
Lección 1. DERECHO FINANCIERO: CONCEPTO Y CONTENIDO
Concepto y contenido del Derecho Financiero.
La autonomía del Derecho Financiero.
Concepto y contenido del Derecho Tributario.

Lección 2. INGRESOS PÚBLICOS.
Los ingresos públicos: concepto y caracteres
Clasificación de ingresos públicos
prestaciones patrimoniales de carácter público.

Lección 4. TRIBUTO. CONCEPTO Y CLASES
El tributo.
El impuesto.
La tasa.
Las contribuciones especiales.
Los tributos parafiscales

Lección 5. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO
El valor normativo de los principios constitucionales.
principio de generalidad.
principio de igualdad
principios de progresividad y no confiscatoriedad
principio de capacidad económica.
principios de eficiencia y economía en el gasto público
principio de reserva de ley.

Lección 6. FUENTES DEL ORDENAMIENTO FINANCIERO
Introducción
Tratados Internacionales.
Ley de Presupuestos.
Decreto-Ley.
Decreto Legislativo.
Potestad legislativa de las CCAA.
Reglamento.
La potestad reglamentaria de las Comunidades Autónomas
Las disposiciones interpretativas y otras disposiciones administrativas.
El Derecho supletorio de las normas financieras.
La costumbre y el precedente administrativo.
Principios generales del Derecho.
La jurisprudencia.
La codificación del ordenamiento financiero.

Lección 7. EFICACIA E INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS FINANCIERAS
Naturaleza jurídica de las normas financieras
Ámbito espacial de aplicación.
Ámbito temporal de aplicación.
La retroactividad de las normas financieras.
La interpretación de las normas financieras.
La analogía en el Derecho Financiero.
El fraude de la ley tributaria (o "conflicto en la aplicación de las normas tributarias").
La consulta tributaria.
Información y asistencia al contribuyente en el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Lección 8. PODER FINANCIERO
El poder financiero: concepto y evolución histórica.
Límites del poder financiero.
Distribución funcional del poder financiero.
La ordenación constitucional del poder financiero en España.
El poder financiero del Estado.
El poder financiero de las Comunidades Autónomas.
El poder financiero de los Entes Locales.
Las facultades financieras de los Entes Corporativos.

Lección 9. HECHO IMPONIBLE Y ESTRUCTURA DE LA RELACIÓN TRIBUTARIA
Configuración jurídica del tributo.
La obligación tributaria principal.
El hecho imponible.
El devengo del tributo.
Elementos de cuantificación de la obligación tributaria principal
La exención tributaria.
La anticipación del tributo: retenciones, ingreso a cuenta y pago fraccionado.
La repercusión del tributo

Lección 10. SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
a)   Sujeto activo del tributo
Obligados tributarios y sujetos pasivos.
Solidaridad de los obligados tributarios.
El responsable del tributo.
La sucesión en el tributo.
El domicilio en el Derecho Tributario.
La representación en el Derecho Tributario

Lección 11. APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS
Aplicación de los tributos. Delimitación y ámbito.
Administraciones Tributarias
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Los obligados tributarios en los procedimientos de aplicación de los tributos.
Procedimientos tributarios.
Normas comunes e institutos generales de los procedimientos tributarios.
Liquidación tributaria.
Notificaciones tributarias.
La prueba.
--------------------------2º parcial------------------------------
Lección 12. GESTIÓN TRIBUTARIA
Actos de gestión tributaria de los particulares
Declaraciones tributarias
Autoliquidaciones
Comunicaciones de datos
Declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones complementarias
Denuncia pública
Funciones de gestión tributaria
Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos.
Procedimiento de liquidación tributaria iniciado mediante declaración.
Procedimiento de verificación de datos.
Procedimiento de comprobación limitada.
Procedimiento de comprobación de valores.

Lección 13. INSPECCIÓN DE TRIBUTOS
Introducción.
Las funciones inspectoras de comprobación e investigación.
Funciones inspectoras de obtención de información.
Otras funciones de la Inspección.
Procedimiento de inspección tributaria.
Documentación de las actuaciones inspectoras.
Las actas de inspección. Clases.
Recursos y reclamaciones contra las liquidaciones resultantes de las actas de inspección.
Aspectos procedimentales de la estimación indirecta y del conflicto en la aplicación de la norma tributaria. (Remisión).

Lección 14. RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Introducción
La función recaudatoria.
El ingreso del tributo mediante el pago voluntario.
Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
El interés de demora tributario
Los recargos de prórroga (o recargos por pago extemporáneo sin requerimiento previo)
Las garantías tributarias.
Las medidas cautelares.
El procedimiento de apremio.
La prescripción.
Otras formas de extinción del tributo

Lección 15. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
Principios de la potestad sancionadora en materia tributaria
Sujetos responsables de las infracciones y sanciones tributarias..
Concepto y clases de infracciones tributarias.
Las sanciones tributarias.
El procedimiento sancionador.
Extinción de infracciones y sanciones tributarias
Infracciones de contrabando.

Lección 17. PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA
La revisión en vía administrativa. Marco normativo.
Procedimientos especiales de revisión
El recurso de reposición.
La reclamación económico-administrativa.
La revisión en los tributos locales.

Desconectado alehooop

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #165 en: 22 de Enero de 2018, 22:25:17 pm »
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Muchas Gracias Alehooop, me los has dejado claro.
He metido bien la pata.

de nada  :)

Desconectado caosasuna

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #166 en: 22 de Enero de 2018, 22:30:23 pm »
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entiendo que las preguntas 3, 4 y 5 corresponden a temas que segun la guia corresponden al secundo cuatrimestre, ya que se refieren a inspección, infraccciones y gestión. Ya me contareis lo que opinais al respecto.
Son todas del primer cuatrimestre (hasta el tema 11 inclusive).
- La pregunta 3 se contesta con el epígrafe 10.IV.3 del libro:
"En cuanto a la responsabilidad subsidiaria, se prevén diversos supuestos en el art. 43.1 LGT. La letra a) declara responsables subsidiarios a los administradores de hecho o de derecho de las sociedades y entidades jurídicas que incurran en infracciones tributarias, siempre que por omisión de sus deberes, por culpa in vigilando o por adoptar los acuerdos que las hicieran posibles, dieran lugar a ellas. Extendiéndose la responsabilidad a las sanciones, lo que confirma el art. 182.2 LGT. Pero dado que el art. 179.2.c) LGT excluye de la responsabilidad por infracción derivada de decisiones colectivas a quien no hubiera asistido a la reunión o hubiera salvado su voto, también será aplicable esta eximente a los administradores que hubieran tenido esas conductas".
- La pregunta 4 se contesta con el epígrafe 11.VII.3 del libro:
"Cabe concluir, por ello, que sólo las regularizaciones practicadas por la Inspección de los tributos en el procedimiento inspector dan lugar a liquidaciones definitivas; no teniendo nunca carácter definitivo (sino provisional) las regularizaciones y liquidaciones derivadas de cualquier procedimiento (no inspector) de gestión tributaria."
- La pregunta 5 se contesta con el epígrafe 11.VIII del libro:
"Ante las dificultades existentes en determinados supuestos para practicar la notificación por los cauces ordinarios… se prevé la notificación por comparecencia, en los términos del art. 112 LGT, pues «la ausencia en el domicilio del interesado de persona alguna que se haga cargo de la notificación no puede frustrar la actividad administrativa» (STS de 28 octubre 2004, FJ 5°). De ahí se deriva que cuando no sea posible efectuar la notificación al obligado tributario o a su representante por causas no imputables a la Admin e intentada al menos 2 veces en el domicilio fiscal, (o en el designado por el interesado, si es un procedimiento iniciado a solicitud del mismo)… se harán constar en el expediente las circunstancias de los intentos de notificación. Será suficiente 1 solo intento cuando el destinatario conste como desconocido en dicho domicilio o lugar."
Mucha suerte y ánimo.

Desconectado cehache

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #167 en: 23 de Enero de 2018, 12:48:43 pm »
¿Entonces la respuesta a las preguntas 2, 3 y 4 es "Sí"?

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #168 en: 23 de Enero de 2018, 17:47:05 pm »
Para mí las preguntas en alguna de ellas para contestarlas o entenderlas bien se debía tener algún conocimiento previo de los procedimientos. (2 parte) Además añadiría en las respuestas que se han dado aquí,  que también se da por notificado en una sola vez en el caso del IBI.

Desconectado mnorbertof

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #169 en: 23 de Enero de 2018, 18:10:35 pm »
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¿Entonces la respuesta a las preguntas 2, 3 y 4 es "Sí"?


 Yo más bien diría que son No ( se necesita una Ley para hacer reglamento de un impuesto).  SI ( por lo ya comentado por los compañeros). No ( ya está en fase de inspección y y es provisional ya que con posterioridad puede ir a fases sancionadoras e incluso recurridas por el causante y modificarse la cuentia y pasando está a ser definitiva)

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #170 en: 26 de Enero de 2018, 15:24:12 pm »
Buenas,

1. El profesor acaba de colgar las respuestas del examen de la 1a semana en Alf.

2. Alguien sabe la fecha de realización de la segunda Pec, por favor? No localizo por ninguna parte.

Gracias


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Stammler

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #171 en: 26 de Enero de 2018, 17:36:47 pm »
La dos y la cuatro sería que NO, la tres sería que SÍ. Yo lo deduzco así. :-\

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #172 en: 26 de Enero de 2018, 17:54:18 pm »
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La dos y la cuatro sería que NO, la tres sería que SÍ. Yo lo deduzco así. :-\
La dos sería que sí. Que examen más rebuscado, por lo menos a mi me lo parece. Una para septiembre.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #173 en: 26 de Enero de 2018, 20:48:24 pm »
yo no soy capaz de encontrar las respuestas del profesor en la plataforma alf..que dice,,que la 2 y 3 es que si y la 4 que no?

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #174 en: 26 de Enero de 2018, 22:44:20 pm »
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yo no soy capaz de encontrar las respuestas del profesor en la plataforma alf..que dice,,que la 2 y 3 es que si y la 4 que no?

Hola, en Alf, foro, consultas generales, Isidoro Martín Degano.

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Un saludo
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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #175 en: 26 de Enero de 2018, 22:46:26 pm »
Buenas noches,

Alguien sabe la fecha de la pec del 2o cuatrimestre por favor?

Gracias
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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #176 en: 27 de Enero de 2018, 01:02:22 am »
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Hola, en Alf, foro, consultas generales, Isidoro Martín Degano.

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Un saludo

muuuchas gracias!  :)

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #177 en: 30 de Enero de 2018, 11:42:47 am »
Hola, qué responderíais a esto?
Puede el aprovechamiento espacial del dominio público dar lugar al pago de un precio público?
Gracias

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #178 en: 30 de Enero de 2018, 18:33:53 pm »
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Hola, qué responderíais a esto?
Puede el aprovechamiento espacial del dominio público dar lugar al pago de un precio público?
Gracias
Creo que la respuesta es no, anoser que se de tambien ese servicio por lo privado. pero no me hagas mucho caso.

Desconectado Jpaz

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I primer parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #179 en: 30 de Enero de 2018, 19:33:25 pm »
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Hola, qué responderíais a esto?
Puede el aprovechamiento espacial del dominio público dar lugar al pago de un precio público?
Gracias
Con el planteamiento  de "Saber" me surgen dudas, no lo había pensado desde ese punto de vista.La posibilidad que el sector privado haga aprovechamiento de dominio público
 Yo contestaría: No, el aprovechamiento del dominio público es característica de las tasas. El precio público es consecuencia de la prestación de servicios o la realización de actividades, cuando su solicitud es voluntaria o el servicio es también prestado por sector privado