Pues lo primero que tienes que hacer es solicitar la homologación de tus estudios; y cuando te lo hayan homologado, te dirán a que asignaturas te tienes que presentar para homologar, que además, dependerá de la Universidad en la que te presentes para homologarla. Sé d euna chica argentina que la homologó pero por otra universidad, y le llevó 2 años.
Aquí te paso info que sale en la guí de derecho d enuestra uni.
Te paso dos enlaces MUY UTILES:
Aquí encontrarás información general bastante útil: No puedes ver los enlaces.
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LoginAquí encontrarás el TEMARIO detallado: No puedes ver los enlaces.
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LoginY aquí te pego lo que sale en la guía:
Prueba de aptitud para la homologación de títulos extranjeros de nivel
superior
Está regulado en la Orden ECI/1519/2006 de 11 de mayo por la que se establecen
los criterios generales para la determinación y realización de los requisitos formativos
complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros de educación
superior.
Las formas para subsanar las carencias formativas son las siguientes:
a) Superación de una prueba de aptitud.
b) Realización de un período de prácticas.
c) Realización de un proyecto o trabajo
d) Asistencia a cursos tutelados.
La elección de la Universidad para subsanar estas carencias es libre para el estudiante.
El único requisito exigido es que la Universidad elegida tenga implantado totalmente
el título español a que se refiere la homologación.
En las credenciales de homologación figura la forma o formas a través de las
cuales se puede realizar los requisitos. La opción corresponde al estudiante, no obstante
deberá compatibilizarse dicha opción elegida con la que tenga establecida la
Facultad/Escuela en la titulación correspondiente.
El estudiante se dirigirá a la Secretaría de la Facultad/Escuela en la que desee
matricularse con la credencial de homologación en solicitud de matricula de la Prueba
y la forma en que desea realizar los requisitos siguiendo las normas establecidas en la
Orden ministerial para cada una de ellas.
Los precios públicos a abonar en la solicitud de servicios académicos para superar
estos requisitos formativos serán los que figuren en la Orden que dicte el MIC (Ministerio de Ciencia e Innovación) de precios por la prestación de Servicios
Académicos en la UNED, para el curso 2008-2009.
Las convocatorias a que da derecho cada matrícula son las dos correspondientes
a cada curso académico.
Los requisitos formativos complementarios deberán superarse en el plazo de
cuatro años contados desde la notificación de la resolución. En caso contrario, la homologación
condicionada perderá su eficacia sin perjuicio de que, a partir de ese momento,
el interesado pueda solicitar la convalidación por estudios parciales.
Los expedientes de homologación de títulos extranjeros de educación superior
iniciados con anterioridad a esta Orden tendrán también hasta un total de cuatro años
a contar desde la notificación de la resolución para superar los requisitos formativos, y
conforme establece el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre por el que se establece
la ordenación académica de la enseñanzas oficiales en su Disposición adicional
séptima y octava.
La realización de las Pruebas podrá hacerse en los Centros Asociados y dentro
de la semana de exámenes de Junio y Septiembre que se establezca en el Calendario
Académico para el curso 2008-2009. No obstante se recomienda confirmar estos
extremos en la Secretaría de la Facultad.
Convalidación parcial de estudios extranjeros
Cuando el Ministerio de Educación deniega la homologación, el alumno puede solicitar
en la Facultad una convalidación parcial. Obtenida la convalidación de al menos una
asignatura troncal/obligatoria podrá realizar la solicitud de matrícula. La convalidación incluye
todos los estudios y exámenes previos al ingreso en la Facultad (Decreto 1976/1969,
de 24 de julio, BOE, 15 de agosto) y sólo tendrá validez una vez matriculado en ella.
Para la solicitar la convalidación parcial de estudios, ver pág. 145 «Consultas
administrativas»
Prueba de aptitud para la homologación de títulos extranjeros de nivel superior
Está regulado en la Orden ECI/1519/2006 de 11 de mayo por la que se establecen
los criterios generales para la determinación y realización de los requisitos formativos
complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros de educación
superior.
Las formas para subsanar las carencias formativas son las siguientes:
a) Superación de una prueba de aptitud.
b) Realización de un período de prácticas.
c) Realización de un proyecto o trabajo
d) Asistencia a cursos tutelados.
La elección de la Universidad para subsanar estas carencias es libre para el estudiante.
El único requisito exigido es que la Universidad elegida tenga implantado totalmente
el título español a que se refiere la homologación.
En las credenciales de homologación figura la forma o formas a través de las
cuales se puede realizar los requisitos. La opción corresponde al estudiante, no obstante
deberá compatibilizarse dicha opción elegida con la que tenga establecida la
Facultad/Escuela en la titulación correspondiente.
El estudiante se dirigirá a la Secretaría de la Facultad/Escuela en la que desee
matricularse con la credencial de homologación en solicitud de matricula de la Prueba
y la forma en que desea realizar los requisitos siguiendo las normas establecidas en la
Orden ministerial para cada una de ellas.
Los precios públicos a abonar en la solicitud de servicios académicos para superar
estos requisitos formativos serán los que figuren en la Orden que dicte el MIC
(Ministerio de Ciencia e Innovación) de precios por la prestación de Servicios
Académicos en la UNED, para el curso 2008-2009.
Las convocatorias a que da derecho cada matrícula son las dos correspondientes
a cada curso académico.
Los requisitos formativos complementarios deberán superarse en el plazo de
cuatro años contado desde la notificación de la resolución. En caso contrario, la homologación
condicionada perderá su eficacia sin perjuicio de que, a partir de ese momento,
el interesado pueda solicitar la convalidación por estudios parciales.
Los expedientes de homologación de títulos extranjeros de educación superior
iniciados con anterioridad a esta Orden tendrán también hasta un total de cuatro años
a contar desde la notificación de la resolución para superar los requisitos formativos, y
conforme establece el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre por el que se establece
la ordenación académica de la enseñanzas oficiales en su Disposición adicional
séptima y octava.
La realización de las Pruebas podrá hacerse en los Centros Asociados y dentro
de la semana de exámenes de Junio y Septiembre que se establezca en el Calendario
Académico para el curso 2008-2009. No obstante se recomienda confirmar estos
extremos en la Secretaría de la Facultad.[/left]