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Autor Tema: POSIBLE VULNERACIÓN AL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA (A.J.G.)  (Leído 1011 veces)

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Desconectado Legulawi

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En un proceso judicial de Desahucio precario (Juicio Verbal) asistido el demandado por Abogado y Procurador en Justicia Gratuita se termina con sentencia firme y la posterior denegación del derecho a la A.J.G. en su procedimiento juicio verbal de dicho Desahucio.

Después la parte demandante solicitó al juzgado realizar la ejecución y este notifica se inicia ejecución de títulos judiciales (E.T.J.) y Auto para despachar la ejecución.

Sí el Procurador y el Abogado renuncian continuar con su representación y defensa y el juzgado las admitió la cuestión que se plantea es ¿el ciudadano tiene derecho con Justicia Gratuita a poder defenderse en un nuevo procedimiento de E.T.J. y distinto al anterior de Desahucio precario si al mismo tiempo se exige la intervención de Abogado y Procurador en E.T.J.?

Quizás dicho de otro modo, cabría decir que ¿al ejecutado no procde designarle la A.J.G., por haber una desestimación al derecho a la A.J.G. en su anterior prcedimiento de Desahucio?

Haber si existe unanimidad de criterio al respecto pues lo obvio a veces no lo es tanto como parece. Gracias por adelantado a quién responda.


Desconectado Esgrimidor

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Re:POSIBLE VULNERACIÓN AL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA (A.J.G.)
« Respuesta #1 en: 12 de Octubre de 2021, 16:41:36 pm »
Me apunto por aprender. En tu exposición observo que el lenguaje "se enrosca".
A voz de pronto yo creo que si el cliente no reúne las condiciones para la asistencia jurídica gratuita pues no se la otorgarán.
Habría que dilucidar, en cada caso, quién está negando el derecho por no reunir las condiciones para obtenerlo.
Creo que hay algún tipo de juicios que no cubre la AJG , como los contenciosos administrativos.

Desconectado Dikaios

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Re:POSIBLE VULNERACIÓN AL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA (A.J.G.)
« Respuesta #2 en: 12 de Octubre de 2021, 23:05:31 pm »
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Quizás dicho de otro modo, cabría decir que ¿al ejecutado no procde designarle la A.J.G., por haber una desestimación al derecho a la A.J.G. en su anterior prcedimiento de Desahucio?

Buenas noches.

Empezando por el final de tu mensaje.
Que a una persona se le deniegue, o en este caso,* se le revoque* la asistencia jurídica gratuita, en un procedimiento, no
conlleva, que no pueda disfrutar de la misma, en procesos posteriores, claro está sobre distinta materia.

Me explico, la justicia gratuita, se otorga principalmente en base a requisitos económicos, (creo que actualmente, el requisito
es 2 veces el IPREM 2021 o así, no lo recuerdo ahora mismo, y también varia, en función de la unidad familiar).
Pero también se tiene en cuenta* la viabilidad de la pretensión del solicitante*, es decir, aunque inicialmente al solicitante se le
concediese la asistencia gratuita de abogado y procurador en juicio, ambos, pueden desistir de representar a su cliente, si como
en este caso * ven poco recorrido a la pretensión que reclama el demandado*
En este caso, el dueño de la vivienda, aporta seguramente pruebas sustanciales, fiables e irrevocables, que sostienen su
derecho a recuperar dicha vivienda( esa es la pretensión del demandante)
Supuestamente el demandado, no habrá sido capaz de aportar documentación ni hechos, que justifiquen la estancia en dicha
vivienda, de forma gratuita, más allá de lo que marque la voluntad de su legitimo dueño, es decir, el dueño, al igual que estuvo
*un determinado tiempo consintiendo la estancia *del okupa* * , ahora , decide * recuperar su vivienda, y por ende, expulsarlo
de ella*

Resumiendo, el abogado y el procurador, que asisten gratuitamente al demandado, llegan a la conclusión, * que la pretensión del
mismo no es sostenible* , es decir, no tiene posibilidad alguna de ganar el citado juicio
Por ese motivo, pues, renuncian a prestarle asistencia gratuita, en base a la improcedencia de la pretensión del demandado.

Pero como presumiblemente dicho solicitante, si reúne * la condición económica requerida para la asistencia gratuita*,
no hay problema alguno, en que más adelante, * en juicios posteriores que tengan otro objeto, dicho solicitante, la solicite
y se la otorguen, nuevamente.
Eso sí, debe tener muy en cuenta en esos juicios posteriores, * que aquello que vaya a solicitar al tribunal* es decir
* su pretensión,* sea viable ,es decir, mínimamente tenga posibilidades de alcanzar una resolución positiva a sus intereses,
porque si vuelve a ser * inviable * , le puede suceder exactamente lo mismo, que le concedan la justicia gratuita, y
luego a posteriori, el abogado y el procurador, examinando el caso, decidan retirarse del mismo.
Espero haberme explicado bien.

Un saludo. ;)
COGITATIONIS POENAM NEMO PATITUR.

Desconectado Dikaios

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Re:POSIBLE VULNERACIÓN AL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA (A.J.G.)
« Respuesta #3 en: 13 de Octubre de 2021, 01:39:11 am »
Hola de nuevo,  Legulawi.

En mi anterior mensaje, te he contestado de memoria. :D
Puesto que tú debes poseer una información más amplia, sobre el caso en particular, que nos planteas,
te recomiendo que te descargues la  *,Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.* del siguiente enlace:

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Solamente son,  29 hojas, es breve, en comparación con otras leyes, y de su lectura, sacarás respuestas y
conclusiones, a muchas otras dudas que puedas tener sobre el caso que te preocupa, o sobre casos futuros, de la misma índole.

He estado reflexionando, sobre esto otro que comentabas:
* ¿el ciudadano tiene derecho con Justicia Gratuita a poder defenderse en un nuevo procedimiento de E.T.J. *


Leído por segunda vez, le encuentro un nuevo significado.
Parece ser que das a entender, que * el sujeto se quiere DEFENDER de una ejecución judicial*?????????
Creo recordar, que lo que planteas, no es tarea fácil, si la ejecución conllevase una cantidad de dinero, en caso de no
querer abonarlo, podrías oponer * una serie de alegaciones*, pero dichas alegaciones, vienen tasadas por ley, es decir, no
puedes alegar cualquier cosa, si no que tienes que ceñirte exclusivamente a alguna de ellas.
De lo contrario, has de cumplir con la ejecución dictada.

Todo esto es Derecho Procesal, que lo di hace años, y te hablo de memoria, básicamente, :D por lo que a pesar
de querer contestar a tu pregunta con la mejor de mis intenciones, es posible, también, que inconscientemente,
algunos de mis planteamientos no sean los correctos.
Espérate pues, a saber la opinión de algún otro compañer/a , que quizás, tenga una visión diferente del asunto,
o pueda aportar nuevas vías o caminos, para la resolución satisfactoria del mismo.

Un saludo. ;)





COGITATIONIS POENAM NEMO PATITUR.

Desconectado Esgrimidor

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Re:POSIBLE VULNERACIÓN AL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA (A.J.G.)
« Respuesta #4 en: 13 de Octubre de 2021, 16:15:40 pm »
MAGISTRAL !!!!!!!!!